Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución N° 0081-2019/SDCINDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-02) Cautivo Padilla, Nadia Flor; Sánchez Povis, Lucio AndrésEn el presente informe jurídico se analiza la problemática sobre si los servicios veterinarios que son brindados por Veterinarias Municipales configuran desarrollo de actividad empresarial del Estado y si, de ser el caso, cumple con los requisitos que la norma constitucional establece para ello. Para ello, se precisará en el caso materia de la resolución N° 0081-2019/SDC-INDECOPI, la cual pretende determinar los criterios para definir los supuestos de actividad empresarial en materia de servicios veterinarios. Siendo el caso que, la discusión se centrará en la línea divisoria entre aquello que configura actividad empresarial y aquello que no, desde la perspectiva de los servicios veterinarios y su relación con la salud. En esa línea, el presente informe hará una revisión de la normativa, la doctrina y, especialmente, de la jurisprudencia tanto de la autoridad administrativa como del supremo intérprete de la Constitución. Adicionalmente, otra arista de la discusión se centrará en las funciones que son asignadas por la normativa a los gobiernos locales y, específicamente, a la Municipalidad Distrital denunciada en el presente caso, a fin de determinar si contaba con las facultades para brindar los servicios veterinarios materia de imputación. En ese sentido, si bien la resolución materia de análisis resulta acertada en determinados aspectos, el presente informe planteará algunas críticas sobre los temas a abordar.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución N° 0278-2017/SDC-INDECOPI, relativa a la denuncia de la ESPAC, MASTER y AVIATUR contra la Escuela de Aviación Civil de la Fuerza Aérea del Perú, por actos de competencia desleal en la modalidad de violación de normas por infracción al artículo 60 de la Constitución(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-01) Bravo Colan, Estrellita Maylin; Francia Acuña, Laura IsabelLa actividad empresarial del Estado ha sido materia de posiciones divididas debido al carácter subsidiario que incorpora la Constitución de 1993 en su artículo 60. El caso objeto de estudio se enfoca en la discusión que se desata cuando el Estado desarrolla actividades con fines aparentemente sociales o en ejercicio de su poder público. La intención principal es analizar si la actividad denunciada en sede administrativa que consta del servicio de formación de pilotos y de personal civil aeronáutico brindado por la Escuela de Aviación Civil de la Fuerza Aérea del Perú, constituye una intervención del Estado en el mercado mediante el desarrollo de actividad empresarial, y la verificación de si la misma configura un acto de competencia desleal bajo modalidad de violación de normas por infracción al numeral 14.3 del artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal. La postura adoptada concluye que la actividad en cuestionamiento infringe los parámetros constitucionales definidos en el artículo 60 y la consecuente infracción a la norma imputada. Su estudio se estructura en instrumentos normativos que se analizan en orden jerárquico, partiendo del texto fundamental para en una segunda parte recurrir al antecedente normativo en materia del derecho de la competencia como los Decretos Leyes Nos 25868 y 26122, el Decreto Supremo N° 034-2001-PCM y la norma de represión actual; por último, un tercer grupo comprende normas relacionadas con el servicio militar y la actividad denunciada, como el Decreto Legislativo N° 1139, su Reglamento, la Ley N° 29248, Ley del Servicio Militar, y la Resolución N° 135-2006-MTC/12, principalmente.Ítem Texto completo enlazado La implementación de un programa de compliance laboral en las empresas públicas, para la identificación y reducción de los riesgos financieros. Estudio aplicado en la empresa nacional de la Coca ENACO S.A. (Periodo 2012- 2022)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-06-10) Escobar Vera, Lizsetty Alexsandra; Mejia Mejia, Claudia VanessaEl presente trabajo, analiza la problemática de las empresas públicas y en específico el de la Empresa Nacional de la Coca - ENACO S.A., respecto al incumplimiento de la normativa laboral en los 10 últimos años, y las consecuencias económicas que esto conlleva, generando así riesgos financieros legales laborales que han venido afectando la economía de la empresa, la misma que se ha visto reflejada en los estados financieros durante dicho periodo. Esto, aunado a la deficiente administración ya sea por i) factores políticos al estar dirigidas por el ejecutivo, ii) factores legales, al ser sometidas al marco regulatorio engorrosos comunes a las entidades públicas, o iii) factor humano, al determinar los cargos de confianza y de dirección sin meritocracia, y que no siempre están alineados a los objetivos y finalidades que la empresa y el país necesita, es por ello que tampoco asumen costos o ineficiencias directas por sus acciones. Es en este contexto, que consideramos necesaria la implementación de un sistema para la gestión de riesgos financieros denominado “compliance” o programa de cumplimiento en materia laboral que permitirá mitigar, prevenir y gestionar los riesgos financieros legales laborales, pero además afianzar las buenas prácticas empresariales reduciendo o eliminando los perjuicios económicos derivados de incumplimiento normativo laboral y fortaleciendo la reputación de las empresas públicas, al haber demostrado ser una herramienta de autorregulación eficiente y eficaz frente al incumplimiento normativo, permitiendo también, que se pueda evitar accionar por responsabilidad civil, administrativa y penal contra los funcionarios y directivos.Ítem Texto completo enlazado Empresas mineras estatales peruanas en el periodo 2021 – 2026: factores a tomarse en cuenta para mitigar la incertidumbre que trae consigo su intervención en la actividad económica(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-11-28) Yupanqui Bonilla, José Fernando; Dammert Lira, Alfredo Juan CarlosEn el contexto actual existe la posibilidad latente de que el gobierno peruano, en un futuro próximo, pueda crear y asumir la administración de alguna empresa minera ubicada en el territorio nacional. Durante los últimos años existen diversos intentos por parte de miembros del ejecutivo y legislativo que buscan este involucramiento en la economía por parte del estado. Es por esta razón que se realiza este trabajo de investigación con el objetivo de que la opinión pública cuente con un estudio que le permita anteceder las consecuencias positivas y negativas que se generarían con la modificación del rol del estado en la economía nacional por medio de un involucramiento mayor en la minería. Para el análisis se estudia las consecuencias del involucramiento del gobierno peruano desde la década de 1970 hasta mediados de la década de 1990 en la administración de diversas empresas mineras que fueron nacionalizadas durante el gobierno del general Velazco Alvarado. Asimismo, se analizan los casos de empresas estatales en países de la región como Chile con CODELCO, Bolivia con COMIBOL y Ecuador con ENAMI EP. Como resultados del estudio se permite tener una aproximación de solución para la problemática acerca de las consecuencias negativas que conllevaría al involucramiento del estado peruano en la actividad minera a partir del año 2021. Este estudio presenta a través de un modo comparativo el rol de las empresas estatales en la región en la actividad minera y a través de la reciente historia y experiencia de estas, se pueden sacar conclusiones acerca de las decisiones que se deberían tomar en diferentes aspectos con el objetivo de minimizar los riesgos y en caso se concrete tener una empresa estatal minera peruana que pueda generar un ingreso positivo a la economía nacional. Existen otras posibilidades de que el estado pueda involucrarse en el sector minero, a través, por ejemplo, de las acciones que tomaron en el pasado el Banco Minero del Perú. En el estudio presente se analiza dos caminos de involucramiento del estado en la actividad minera. Sin embargo, para que estas opciones sean viables deberá analizarse la institucionalidad y autonomía que pueda tener este nuevo Banco Minero para que no se repitan los errores del pasado. Las acciones que se tomarían a través de esta institución se encontrarían orientadas a la pequeña minería, que tendrían una repercusión social mayor en las zonas de influencia. La bibliografía nos permite conocer la historia del desempeño del estado peruano al involucrarse en la actividad minera, esta historia de más de 15 años concluye que en el Perú se tuvo una experiencia negativa debido a diversas causas, siendo las principales, la poca independencia de la empresa estatal respecto al estado, la mala contratación del directorio y en consecuencia la deficiente designación de personal capacitado principalmente en los puestos de mayor rango de la organización, excesivos gastos administrativos debido a la desmedida e innecesaria contratación de personal, falta de inversión en nuevas tecnologías de la época que hubieran permitido la reducción de costos en las operaciones mineras y por último la falta de definición de objetivos principales debido a que en estas empresas se encontraron en constante conflicto los objetivos sociales y económicos que se deberían cumplir.Ítem Texto completo enlazado Respecto a la actividad empresarial del Estado: ¿Cuándo nos encontramos en un supuesto de competencia desleal?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-18) Taboada Gutiérrez, Brenda Jimena; Ledesma Orbegozo, Wendy RocíoEl presente artículo académico analizaremos la actividad empresarial del Estado teniendo como base los artículos 58, 59 y 60 de la Constitución Política del Perú (CPP) y de forma conjunta el artículo 14.3 de la Ley de Represión de Competencia Desleal (LRCD), logrando definir cual es el rol del Estado en la economía social de mercado amparado por los principios de subsidiariedad y solidaridad. Así, demarcaremos cuales son los supuestos en los que el Estado puede intervenir como agente económico y sus requisitos diferenciándolos de los supuestos de Ius imperium, deber del Estado y actividades consideradas asistenciales. Finalmente, analizaremos casos claves y determinantes que nos han permitido delimitar los supuestos en los que estamos o no frente a actividad empresarial y cuando nos encontraríamos ante competencia desleal. Estos casos son los siguiente: El de la pollería el Rancho, el caso del Instituto Peruano del Deporte (IPD) y finalmente el caso de las veterinarias municipales. Concluiremos así señalando que el Estado solo mediante ley expresa, de forma subsidiaria y cuando verse sobre alto interés público o manifiesta conveniencia nacional, puede desarrollar actividad empresarial. El principio de subsidiaridad es un principio que implica que el Estado solo interviene cuando los intereses generales no pueden ser satisfechos por los privados, esta puede ser vertical u horizontal. Las tres formas en las cuales el Estado puede intervenir en la economía sin calificar como actividad empresarial son las actividades Ius imperium, deber del Estado y actividades consideradas asistenciales.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución N° 2549-2010/SC1-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-16) Abanto Caycho, Leslie Fiorella; Francia Acuña, Laura IsabelEn el marco de la Constitución de 1993, el cambio de rol del Estado en la economía peruana, y la promulgación de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, fue el punto de partida Para que el Indecopi empezara a analizar una situación excepcional en el mercado: la actividad empresarial del Estado. La presente resolución administrativa es una muestra de la diversidad de pronunciamientos que ha tenido la Sala de Defensa de la Competencia al determinar la existencia de una infracción al artículo 14.3 de la normativa especial, en concordancia con el artículo 60 de la Constitución. Producto de ello, el organismo regulador de la competencia planteó una metodología de análisis propia de estos casos, la cual se aplica al caso específico de Clínica Santa Teresa contra el Hospital Cayetano Heredia, y que, posteriormente será establecida mediante el precedente vinculante de Universidad Nacional del Altiplano – Puno contra Pollería El Rancho II. Al respecto, el presente Informe tiene como finalidad determinar si lo resuelto por la Sala en la Resolución N° 2549-2010/SC1-INDECOPI se condice con las condiciones establecidas en la Carta Magna para dicha intervención estatal, lo cual nos permitirá concluir que el servicio médico prestado por el Hospital Cayetano Heredia consistió en una actividad empresarial ilícita al no encontrarse autorizado por una ley expresa.Ítem Texto completo enlazado Mecanismos de aseguramiento de la integridad ética en una empresa pública peruana. Caso Servicio de Agua Potable y Alcantarillado (SEDAPAL)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-15) Feliciano Huerta, Fiorella Catalina; Velásquez Salazar, Germán AdolfoEl objetivo central de la tesis es proponer la implementación de mecanismos de aseguramiento ético en Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL). Para ello se utiliza la metodología “Integrity Management Toolbox” de la Caja de Herramientas de Water Integrity Network donde de acuerdo a principios de Integridad y evaluando la organización a través de un conjunto de criterios, se identifican los riesgos y herramientas que ayudarán a mitigar los impactos. Se ha realizado una comparación de las metodologías acá señaladas y se ha seleccionado la Caja de Herramientas, la cual es metódica ya que cuenta con un proceso secuencial, deductivo y probatorio. De esta forma, se busca potenciar los actuales procesos de transparencia que ya cuenta SEDAPAL. Incorporar en las organizaciones mecanismos de aseguramiento ético toma relevancia en los últimos años en contextos complejos donde aparecen escándalos de corrupción. La investigación contiene una aproximación teórica de los fundamentos que guían la gestión de la integridad. Por ejemplo, de la teoría organizacional decantan los procesos que conducen a las organizaciones a incorporar prácticas de control de gestión como los mecanismos en anticorrupción. De acuerdo a Alvarado (2019), las decisiones dentro del comportamiento alcanzan “una visión de la estructura y del funcionamiento” (p. 152) de la misma. Esto nos muestra también cómo se relacionan “los motivos personales y los objetivos que orientan a la organización” (Alvarado, 2019, p. 154), cómo se involucran y alinean internamente. Asimismo, la investigación relata políticas anticorrupción a nivel global con organizaciones como la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC), Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD), Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), International Monetary Fund (IMF), Oficina Federal Anticorrupción (BAK, por sus siglas en alemán), Banco Interamericano de Desarrollo (BID), las cuáles marcan la pauta en cuanto a las reglas y prácticas que hay que tener en consideración al momento de introducir mecanismos de gestión en anticorrupción. En cuanto a las políticas a nivel regional, se puede identificar la aplicación de la Caja de Herramientas a otros contextos también latinoamericanos como Honduras, la cual enseña a tener en consideración una diversidad de riesgos e instrumentos que pueden ser factibles de aplicación a contextos como el peruano. Finalmente, a nivel local se tiene el marco normativo nacional, las normativas del FONAFE y de la SIP, así como la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción; las cuales indican las restricciones y posibilidades de la labor de la lucha contra la corrupción en el país y, por último, estas deben estar de acuerdo al reglamento interno en SEDAPAL también. A continuación, se realizó una evaluación de las siguientes 8 metodologías: Content Analysis of Annual Reports for Corporate Strategy and Risks (1984); Fortune’s Most Admired Corporations (1987); Kinder, Lydenberg, Domini (KLD) (1989); Multidimensional Ethics Scale (MES) (1990); Ethical Climate Index (ECI) (Arnaud, 2010) (citados en Cahn, 2014); Modelo de Gestión de Cambio (Kotter & Cohen, 2012); Aquarating (BID, 2008) y Water Integrity Network IM Toolbox o Caja de Herramientas [CdH] (WIN, CEWAS y SIWI, 2016). Esta evaluación ha supuesto enfoques cuestionadores sobre qué tipo de mecanismos son los más adecuados para SEDAPAL, en qué medida puede funcionar y cuáles son los elementos claves que pueden potenciar las medidas con las que se cuentan actualmente. En general, se observa que la metodología presente actualmente de Aquarating del BID facilita un control y gestión de la integridad. Al respecto, se ha determinado que la metodología que colabora en una dimensión más específica en temas de transparencia, propicia la participación y la cual cuenta con todo un soporte por medio de workshops y de expertos de Water Integrity Network es la Caja de Herramientas o IM Toolbox. Entre las ventajas se encuentran: cuenta con un análisis multidimensional, es teóricamente lógica, indica cómo las múltiples dimensiones deberían ser sopesadas, indica un sentido y propósito de cambio o mejora organizacional, es objetiva, orienta en la evaluación y monitoreo de los riesgos de integridad, SEDAPAL tiene como referencia a esta metodología, es flexible y adaptable, existe una participación del personal monitoreado por expertos, se tiene una consideración estratégica organizacional; trabaja con brechas, prioridades e indicadores netamente sobre integridad y se realiza una preparación y adaptación de la organización para una efectiva aplicación de la herramienta.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente No. 154-2008/CCD(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-04) Saavedra Valdivia, Eduard Yermain; Falla Jara, Gilberto AlejandroEn los últimos años, el INDECOPI ha conocido y se ha pronunciado, de oficio o por denuncia de parte, sobre las actividades empresariales desarrolladas por determinadas Entidades del Estado. Debido a que muchas de estas, usando los recursos económicos del Estado y la infraestructura pública, entran a competir en un determinado mercado y afectan la libre competencia. De ahí se deriva la relevancia de analizar este tipo de casos. De acuerdo al modelo económico adoptado por la Constitución de 1993 (economía social de mercado), se determinó que la libre competencia es el mejor sistema económico para el Perú, pero admite la intervención del Estado en determinados supuestos. El artículo 60 de la Constitución Política del Perú de 1993 reguló los requisitos para que las Entidades del Estado puedan intervenir en un mercado (estos requisitos son autorización por ley expresa, la actividad tiene que ser subsidiaria y ser una actividad de interés público). Con la entrada en vigencia del Decreto Legislativo No. 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal (en adelante, “Ley de Competencia Desleal”), la actividad empresarial de Estado sin cumplir con los requisitos dispuestos por el artículo 60 de la Constitución de 1993 es sancionada. El Estado no puede utilizar infraestructura pública para realizar actividad empresarial, sin que medie un procedimiento transparente y se cumpla con lo dispuesto por la Constitución. Lo contrario significaría afectar el proceso competitivo y usar de forma ilegal los recursos del Estado. El presente Informe tiene como finalidad analizar si el INEN cumple con los requisitos para poder intervenir dentro del mercado, ello de acuerdo al procedimiento establecido por el INDECOPI para analizar este tipo de casos. Además, verificaremos las condiciones en que se prestan los servicios brindados por el INEN a las personas. Mi conclusión, luego de haber analizado a detalle este caso, es que el INEN no posee (i) una ley que autorice la actividad empresarial, y (ii) que el INDECOPI no ha analizado y determinado el mercado relevante de forma adecuada, lo cual genera cambios sustanciales en el análisis de subsidiariedad. Además, no se puede hacer diferenciaciones en las prestaciones de salud, lo cual origina que el servicio se brinde de forma inequitativa. Es por ello que concluyo que el INEN no se encuentra autorizado para realizar actividad empresarial.Ítem Texto completo enlazado La transformación de la actuación del estado en la actividad de transporte aéreo de pasajeros(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-06-04) Chumpen Amaro, Lizandro; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoEl servicio de transporte aéreo de pasajeros en el Perú constituye una actividad de interés general que requiere una especial promoción del Estado. En su momento, la creación de la empresa estatal Tans (1963-2006) significó la preocupación del Estado por promover el acceso al mencionado servicio; sin embargo, tiempo después, la referida empresa fue disuelta y liquidada, entre otros motivos, por operar vuelos comerciales satisfechos por oferta privada. El fin de la empresa estatal Tans se debió principalmente a que, según el régimen económico previsto en la Constitución del Perú (1993), el Estado no puede realizar actividad empresarial donde existe participación del sector privado. Teniendo en cuenta ello, la actuación del Estado peruano en los últimos años ha estado dirigida a la realización de vuelos de acción cívica y a la implementación de un programa de fomento para la prestación del servicio de transporte aéreo en zonas alejadas del país. El presente trabajo identifica una actuación estatal referida a la realización de vuelos de acción cívica a zonas donde existe participación del sector privado, hecho que configura una transformación del rol del Estado. Por tal motivo, se propone el rol subsidiario del Estado como garantía del desarrollo de la actividad bajo estudio y se recomienda la modificación de la ley que autoriza la realización de vuelos de acción cívica en el Perú.Ítem Texto completo enlazado ¿Subsidiariedad o solidaridad? Analizando los límites impuestos a la actividad empresarial del estado en la prestación de servicios públicos sociales y dotación de infraestructura pública.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Ugarte Carmelino, Ameth; Moscol Salinas, Alejandro MartínEl presente trabajo de investigación busca analizar y evidenciar la incompleta e incorrecta regulación que el ordenamiento peruano le ha brindado a la actividad empresarial del Estado. Para dicho fin, se parte de un análisis antropológico acerca del nacimiento del concepto católico de ‘‘subsidiariedad’’, buscando así informar al lector que la subsidiariedad es un concepto social y humanista antes económico. Posteriormente, se analiza el tratamiento legal que brinda INDECOPI a dicho principio a través de conocidas resoluciones. Finalmente, se propone un debate en torno a la incorrecta regulación que se ha establecido para controlar la actividad del Estado a través de los actos de violación de normas. Efectuado al anterior análisis, se concluye que, en nuestro ordenamiento, la interpretación de la subsidiariedad ha sido entendida únicamente desde su faz económica, obviándose constantemente el principio de solidaridad y la actividad prestacional del Estado en los sectores en los cuales la Constitución demanda al Estado un actuar prioritario.