El régimen jurídico de las Convenciones de Perú y Chile de 1993

dc.contributor.authorVidal Ramírez, Fernando
dc.date.accessioned2017-09-25T21:16:23Z
dc.date.available2017-09-25T21:16:23Z
dc.date.issued1994es_ES
dc.description.abstractPor el Tratado de 1929 los territorios de Tacna y Arica quedaron divididos, resolviéndose de manera definitiva la situación de Arica, que quedó desmembrada del territorio nacional y bajo la soberanía del Estado chileno, quedando privada Tacna del que había sido su puerto natural. Por ello, el artículo quinto del Tratado estableció que «para el serviio del Perú, el Gobierno de Chile construirá a su costo, dentro de los mil quinientos se-senta y cinco metros de la Bahía de Arica, un malecón de atraque para vapores de calado, un edificio para la agencia aduanera peruana y una estación terminal para el ferrocarril a Tacna, establecimientos y zonas donde el comercio de tránsito del Perú gozará de la inde-pendencia propia del más amplio puerto libre». Por la misma razón, el artículo segundo del Protocolo Complementario precisó que las facilidades de puerto «consistirán en el más absoluto libre tránsito»es_ES
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.doihttps://doi.org/10.18800/agenda.199401.002
dc.identifier.urihttp://revistas.pucp.edu.pe/index.php/agendainternacional/article/view/7117/7317es_ES
dc.language.isospa
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editoriales_ES
dc.publisher.countryPE
dc.relation.ispartofurn:issn:2311-5718
dc.relation.ispartofurn:issn:1027-6750
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0*
dc.sourceAgenda Internacional; Vol. 1, Núm. 1 (1994)es_ES
dc.subjectPolítica Mundiales_ES
dc.subjectConvención de Limaes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.09.01
dc.titleEl régimen jurídico de las Convenciones de Perú y Chile de 1993es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.type.otherArtículo

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