El régimen jurídico de las Convenciones de Perú y Chile de 1993

No hay miniatura disponible

Fecha

1994

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial

Resumen

Por el Tratado de 1929 los territorios de Tacna y Arica quedaron divididos, resolviéndose de manera definitiva la situación de Arica, que quedó desmembrada del territorio nacional y bajo la soberanía del Estado chileno, quedando privada Tacna del que había sido su puerto natural. Por ello, el artículo quinto del Tratado estableció que «para el serviio del Perú, el Gobierno de Chile construirá a su costo, dentro de los mil quinientos se-senta y cinco metros de la Bahía de Arica, un malecón de atraque para vapores de calado, un edificio para la agencia aduanera peruana y una estación terminal para el ferrocarril a Tacna, establecimientos y zonas donde el comercio de tránsito del Perú gozará de la inde-pendencia propia del más amplio puerto libre». Por la misma razón, el artículo segundo del Protocolo Complementario precisó que las facilidades de puerto «consistirán en el más absoluto libre tránsito»

Descripción

Palabras clave

Política Mundial, Convención de Lima

Citación

item.page.endorsement

item.page.review

item.page.supplemented

item.page.referenced

Licencia Creative Commons

Excepto se indique lo contrario, la licencia de este artículo se describe como info:eu-repo/semantics/openAccess