Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la sentencia ICC-01/05-01/08 A: Una sentencia con sabor a impunidad: la Sala de Apelaciones y las implicaciones del estándar (re)interpretativo del artículo 28 en los conflictos armados contemporáneos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-05) Poma Romero, Gabriela Alessandra; Reyes Menéndez, ValeriaEste presente trabajo titulado Una sentencia con sabor a impunidad: La Sala de Apelaciones y las implicaciones del estándar (re)interpretativo del art. 28 en los conflictos armados contemporáneos analiza la absolución de Jean-Pierre Bemba Gombo por la Sala de Apelaciones de la Corte Penal Internacional (CPI) y sus implicaciones en la interpretación del art. 28 del Estatuto de Roma. Bemba, líder del Movimiento por la Liberación del Congo (MLC), fue inicialmente condenado en 2016 por crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad cometidos por sus tropas en la República Centroafricana (RCA) entre 2002 y 2003. Sin embargo, en 2018, la Sala de Apelaciones de la CPI revocó esta condena, lo que generó un debate significativo sobre la jurisprudencia de la CPI y la interpretación de la responsabilidad de mando. El documento, se centra en cómo la Sala de Apelaciones introdujo una nueva distinción entre "control efectivo" y "control remoto", también reemplazó el concepto de "medidas necesarias y razonables" por el de "proporcionales, viables y discrecionales", todo ello podría hacer que el precepto de responsabilidad de mando sea inaplicable en muchos conflictos armados contemporáneos, fomentando así la impunidad. Finalmente, se concluye que la reinterpretación del art. 28 puede establecer un peligroso precedente que favorece la impunidad sistémica en los conflictos armados. El desconocimiento de los enfrentamientos armados contemporáneos por parte de la justicia penal internacional perpetúa la comisión de crímenes graves sin consecuencias legales, socavando la salvaguardia de las víctimas y justicia que requieren.Ítem Texto completo enlazado La responsabilidad autónoma de un partido político a través del injusto típico de conducta antidemocrática. ¿La declaración de ilegalidad por conducta antidemocrática es una expresión de culpabilidad autónoma del partido politico?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-11-13) Neyra Bustamante, Enrique Armando; Rojas Rodríguez, Héctor FidelEl presente trabajo pretende demostrar que en nuestro ordenamiento jurídico se prevé una figura especial de responsabilidad penal autónoma de los partidos políticos prevista en la Ley 28094, norma de aparente carácter administrativo pero que, dentro de su articulado (artículo 14°), considera que el partido político puede cometer auténticos injustos denominados “conductas antidemocráticas”, que, de comprobarse la culpabilidad del ente colectivo, conllevan a una declaración de ilegalidad, todo ello en el contexto de la responsabilidad autónoma del partido político. Mediante el recurso al desarrollo teórico del funcionalismo penal, a lo largo de esta tesis se busca fundamentar que el injusto antidemocrático tiene como base cardinal la creación de ilícitos penales propios del partido político, así se recurre a la identificación del rol del partido político como ciudadano, y a la declaración de ilegalidad como infidelidad al derecho (culpabilidad del ente colectivo), siendo esa contradicción a la norma, una fórmula que no puede conllevar un tratamiento distinto que el punitivo, conforme lo regula el precepto del articulo 14° de la Ley 28094.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Casación 661-2016-PIURA, proceso seguido contra los funcionarios de la Municipalidad de Castilla(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-03) Robles Vila, Grecia Guadalupe; Valcárcel Angulo, Mariella LenkizaEl presente informe jurídico tiene por finalidad realizar un análisis y dar respuesta a los problemas jurídicos identificados en la Casación N° 661-2016-PIURA. La Casación, permite abordar temas relevantes sobre los elementos típicos y la configuración del delito de colusión; así, se espera que el presente informe sea un aporte relevante a la doctrina. El informe aborda tres problemáticas. Primero, se cuestiona al patrimonio estatal como bien jurídico penalmente relevante para el delito de colusión. Por otro lado, se pone en tela de juicio el alcance de la responsabilidad penal en el delito de colusión que ha establecido la Corte en sus pronunciamientos. Finalmente, como problema jurídico complementario, se aborda si la pericia contable ha sido el medio idóneo para probar defraudación patrimonial en el caso concreto. Tras el análisis jurídico correspondiente, basado en doctrina y jurisprudencia actual, se ha llegado a las siguientes conclusiones: (i) el patrimonio estatal es el objeto del delito de colusión y la imparcialidad en las contrataciones con el Estado es el bien jurídico protegido por este, sin embargo, en su modalidad agravada nos encontramos ante un tipo pluriofensivo; (ii) ningún argumento dogmático estima la exclusión de responsabilidad penal de participes en el delito de colusión por no desprenderse del texto normativo del tipo penal, por tanto no son correctos los argumentos utilizados por la Corte para absolver a diversos funcionarios públicos; (iii) existen otros medios probatorios igual de idóneos que la pericia contable que habrían permitido agotar mayores estándares de identificación de perjuicio patrimonial.Ítem Texto completo enlazado La formalización minera integral como límite a la protección penal ambiental: Especial referencia a las eximentes de la responsabilidad penal en el delito de minería ilegal(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-23) Solis Vásquez, Martha María; Dávila Ordoñez, Jimpson JesúsEsta investigación pretende demostrar como la continua ampliación de los beneficios penales a favor de los mineros informales constituyen un límite a la protección penal ambiental. En ese sentido, abordamos algunos temas vinculados con la titularidad de los minerales, así como todo lo referido al programa de formalización minera y las exenciones penales a su favor. En este último asunto, analizamos a qué categoría del delito pertenece la exención penal vinculada con el programa de formalización minera, determinamos sus beneficios, y tomamos una posición al respecto. Finalmente, desarrollamos los efectos legales, ambientales y económicos de continuar con este programa del Estado. Para finalmente, concluir que efectivamente seguir ampliando los beneficios penales a favor de los mineros informales en virtud de este programa, atenta contra el medio ambiente. En tal sentido, se recomienda, evaluar su eficacia y su continuidad, si queremos cuidar un bien mayor: la estabilidad del ecosistema.Ítem Texto completo enlazado La imposibilidad de la imputación penal al extraneus contratista en el delito de negociación incompatible(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-21) Jara Enriquez, Eloisa; Quispe Meza, Daniel SimónLos delitos contra la administración pública son delitos que han significado un gran reto para las teorías del caso postuladas por el Ministerio Púbico, debido a que, el estándar probatorio de estos delitos es elevado ya que suelen ser actuaciones que se realizan en la clandestinidad. Sin embargo, es problemático también identificar correctamente el título de participación en estos delitos, en virtud a la complejidad en la se desarrolla la contratación estatal, más difícil es todavía, para el Ministerio Público demostrar que el extraneus contratista en el delito de negociación incompatible debería de ser responsable penalmente, no solo porque es difícil demostrar su responsabilidad en grado de certeza, sino porque de la estructura típica de este delito no se desprende responsabilidad penal para este ajeno a la administración pública. Este escenario se torna más oscuro aún cuando, ni si quiera, la Corte Suprema tiene una línea jurisprudencial sobre la participación del extraneus en este delito. Es por ello que, a partir de este trabajo, se trata de demostrar por qué no es posible que se impute responsabilidad al penal del contratista, siendo que concluimos que pese a la negociación incompatible sea un delito de infracción de deber, ello no es suficiente para atribuir responsabilidad penal a aquel contratista que se encuentre vinculado con la administración pública, más aún, cuando existen otros delitos como el de colusión o cohecho que sí permiten la participación necesaria entre le funcionario público y contratista.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre el recurso de nulidad N°615-2015(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-15) Pariona Vega, Juan Ignacio; Torres Pachas, David RicardoEl presente informe jurídico se origina ante la decisión de la Corte Suprema de absolver al expresidente Alberto Fujimori del delito de peculado por considerar que la Constitución no le otorga vínculo funcional especial con los recursos públicos del Servicio de Inteligencia Nacional. La Corte también considera a este delito como uno de infracción del deber institucional al que solo se le debe aplicar la teoría del autor único que no diferencia autores de partícipes mediante un criterio material, sino bajo el criterio de la infracción del deber institucional. La investigación busca determinar si el artículo 118 inciso 17 de la Constitución puede otorgar al presidente de la república vinculación funcional con los caudales públicos y si la teoría de los delitos de infracción de deberes institucional es aplicable en el sistema penal peruano, con los efectos que ello conlleva para la interpretación del delito de peculado y de las instituciones dogmático-penales de la autoría y participación. Para elaborar el trabajo nos basamos en las teorías de los delitos especiales desarrolladas por Claus Roxin, Günter Jakobs y Bernd Schünemann y en las investigaciones y jurisprudencia relativas al delito de peculado. Para ello, empleamos un método de investigación documental y dogmática. Los resultados del informe señalan que las teorías de infracción del deber de Roxin y Jakobs no son adecuadas para nuestro ordenamiento penal y que el artículo 118 inciso 17 de la Constitución si otorga la vinculación funcional requerida por el tipo de peculado. La conclusión para el caso concreto es que la Corte debió haber condenado a Alberto Fujimori como coautor del delito de peculado.Ítem Texto completo enlazado Los criterios de imputación objetiva en el delito de peculado: Análisis del R.N. N° 2124-2018-LIMA(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-15) Suárez Fachin, Norma Dalia; Torres Pachas, David RicardoEl objeto principal del presente trabajo es analizar los criterios de exclusión de la teoría de imputación objetiva a partir del razonamiento jurídico efectuado por la Corte Suprema de Justicia en el Recurso de Nulidad N° 2124-2018-LIMA, abarcando el proceso penal seguido en contra de personal militar del Ejército del Perú por delito de peculado por apropiación, donde se habrían coordinado y ejecutado una serie de actuaciones con el objeto de apropiarse reiterada y sistemáticamente del combustible asignado a dos dependencias militares durante el año 2006. La Corte Suprema condenó a los altos mandos por incumplir sus deberes de control y supervisión, pese a contar con una posición de garante; mientras que, al personal subalterno los absolvió por mantener competencias limitadas y adoptar conductas neutrales en el curso delictivo. La metodología utilizada para el desarrollo del presente trabajo consistió en la búsqueda, revisión y análisis de legislación y jurisprudencia nacionales, así como de doctrina nacional y extranjera respecto de las posturas doctrinarias sobre los criterios de imputación objetiva más representativos. Luego del análisis del Recurso de Nulidad, se concluye que fue adecuada la decisión de no aplicar los criterios de exclusión de principio de confianza y prohibición de regreso a los oficiales de mayor jerarquía; por el contrario, en la decisión de excluir de responsabilidad penal a los subalternos, no se habría considerado los presupuestos de aplicación de las categorías prohibición de regreso y conductas neutrales, conforme a los planteamientos de imputación objetiva que se han adoptado para los fines del presente informe, que niegan la prohibición de regreso para quienes ostentan una posición de garante de protección.Ítem Texto completo enlazado Resolución N° 1, del Expediente N° 00243 -2017-88-5001-JR-PE-01(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-19) Vigo Urpeque, Rober Alonso; Grandez Castro, Pedro PaulinoLa presente investigación es un breve análisis sobre la aplicación del artículo 97° del código penal en el marco de un proceso cautelar seguido dentro de la Resolución N° 1, del Expediente N° 00243 -2017-88-5001-JR-PE-01. Al respecto el citado dispositivo normativo ofrece una interesante aproximación al derecho a la reparación y la efectividad de las resoluciones judiciales, ofreciendo una aplicación similar a la acción pauliana del código civil. En dicho contexto esta investigación aborda la relación del derecho a la reparación, la presunción de inocencia, estándares probatorios y el derecho de motivación de las resoluciones judiciales. En dicho sentido, a través del análisis de la Resolución N° 1 se ha pretendido pretendemos aportar de alguna manera al adecuado entendimiento de las pretensiones civiles en sede penal, su correcta aplicación dentro de la tutela cautelar y como el derecho de inocencia requiere que se superen ciertos estándares probatorios mínimos con el objeto de no dejar en estado de indefensión a los particulares, o hacerlos soportar cargas que resulten arbitrariasÍtem Texto completo enlazado Criterios para la determinación de responsabilidad penal para casos de intervención plural de funcionarios en los delitos de peculado y malversación(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-11) Barrenechea Sanchez, Anhelo Samir; Chanjan Documet, Rafael HernandoLos delitos de peculado y de malversación, son delitos que requieren una calidad especial en el sujeto activo, así se hace referencia a que debe existir una relación funcional del servidor público con los bienes implicados. No obstante, en la práctica no nos vamos a encontrar siempre con un solo funcionario relacionado con los bienes públicos, sino que en ocasiones serán dos o más los funcionarios relacionados. Estos casos especiales, pueden ser considerados entonces como supuestos de correlaciónfuncional y merecen un análisis particular a efectos de poder determinar las variaciones que pueden surgir al momento de atribuir responsabilidad penal. Es por ello que el presente artículo tiene por finalidad identificar las dinámicas de corelación funcional que pueden operar en los delitos de peculado y malversación y evidenciar algunos aspectos que pueden surgir en el ámbito de la autoría y participación. Para ello, el artículo parte por mencionar cuál es la regulación actual que tienen los delitos de peculado y malversación en nuestro ordenamiento jurídico, asimismo, expone las teorías más empleadas que buscan explicar la naturaleza de estos delitos. Posteriormente, plantea aquellos supuestos de co-relación funcional que pueden surgir tanto desde un plano horizontal como vertical, para finalmente resolver problemas de determinación de responsabilidad penal, así como de autoría y participación. Cabe mencionar que las respuestas a estos distintos problemas varían también en caso se traten de modalidades comisivas u omisivas. Finalmente, se llega a considerar que los problemas mayores problemas surgen en el ámbito de las omisiones, y la atribución de responsabilidad al funcionario omitente, debe aceptar ciertos matices. Es decir, no debe pensarse desde un plano dual, en sentido de que, si el funcionario es o no responsable, sino que puede existir una tercera vía en la que el resultado lesivo le sea imputado, aunque de manera atenuada.Ítem Texto completo enlazado La anomalía psíquica como causal de inimputabilidad(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-26) Vásquez Baiocchi, Amable María Eugenia; Caro John, José AntonioEl presente trabajo aborda la cuestión de la anomalía psíquica como causal de inimputabilidad penal, según lo establecido por el artículo 20 del Código Penal peruano. Al respecto, se ha identificado la necesidad de conocer cómo se encuentra actualmente regulada la anomalía psíquica en la legislación nacional, y cómo se interpretan los alcances de la misma, a partir de la doctrina penal y haciendo uso de los aportes de la neurociencia. Así, se desarrolla primero el concepto de imputabilidad penal a través de las diversas teorías de los fines de la pena, pasando por el enfoque de las medidas de seguridad y la regulación actual de la semi-imputabilidad y la imputabilidad restringida. A partir de ello, se pasa a la estructuración de lo que deberá entenderse como inimputabilidad penal. A continuación, se desarrolla la naturaleza jurídica de la anomalía psíquica, haciendo a su vez uso del conocimiento ofrecido por la psiquiatría para comparar los términos con aquel conocimiento ampliamente aceptado por la doctrina penal respecto a los tipos de anomalías psíquicas existentes. Finalmente, el presente trabajo reconoce la necesidad que tiene el Derecho penal de hacer uso de otras disciplinas como lo son, principalmente, la neurociencia y la psiquiatría, a fin de comprender a cabalidad la inimputabilidad penal y sus causales; en el mismo sentido, determina que el análisis de la concurrencia de una de ellas deberá realizarse en cada caso concreto, no siendo posible ni necesario establecer de antemano un listado de anomalías psíquicas a ser consideradas en sí mismas como indicadoras de inimputabilidad penal.