Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución No. 2304-2023- SUNARP-TR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-01) Bertoli Miró Quesada, Marcelo Fernando; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoSe ha aprobado en el Perú un paquete normativo compuesto por el Decreto Legislativo 1427 y sus normas conexas, cuyo propósito es principalmente de transparencia fiscal y prevención del lavado de activos, pero cuyos efectos y ámbito de aplicación son casi enteramente registrales, pues ordena la inscripción de la extinción de personas jurídicas que muestran un largo periodo de inactividad, en aplicación de una presunción iuris tantum. Mediante el presente informe se analiza la Resolución No. 2304-2023-SUNARPTR, en la que el Tribunal Registral se pronuncia a favor de la posibilidad de revertir en sede registral una extinción que se inscribió en virtud del cumplimiento de los supuestos de hecho planteados en el Decreto Legislativo 1427 y sus normas conexas. Se sostiene en este texto que, a partir de jurisprudencia como esta, lo que se regula en las normas citadas no es propiamente una extinción, sino una disolución, más allá del nomen. Asimismo, se explicará el carácter asistemático de esta regulación y se alcanzarán pautas para su correcto entendimiento y posicionamiento en el ordenamiento jurídico. El presente informe considera tanto las instituciones jurídicas involucradas como la realidad práctica de la aplicación de esta norma en los Registros Públicos, a partir de entrevista directa con operadores involucrados.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución No. 2324-2023- SUNARP-TR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-30) Bardales Mendoza, Ivana Maria Elizabeth; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoSe analiza la Resolución No. 2324 –2023–SUNARP–TR a fin de poner a consideración la necesidad de modificar el artículo 124 del Reglamento del Registro de Predios, pues puede generar contingencias al momento de la inscripción de la transferencia de bienes producto de una escisión. La doctrina registral reconoce que se debe realizar una calificación íntegra del título archivado que da mérito a la inscripción de la escisión; sin embargo, dado que en la Resolución a analizar nos encontramos ante un supuesto excepcional, no se identifica plenamente el origen, desde la visión de la candidata, del problema. Por ello, se analiza la contradicción en los artículos del Reglamento de Sociedades, así como se analizan consideraciones que se aplicaron por el Tribunal Registral, mediante precedentes de observancia obligatoria, así como resoluciones que versan sobre la materia, tanto a nivel societario como inmobiliario, para resolver el presente caso. Asimismo, se profundiza en la naturaleza del acto societario, en este caso, la escisión, a fin de proporcionar luces a los lectores de la propuesta de modificación, siempre dentro del margen de la legalidad y la seguridad jurídica.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución N° 585-2006- SUNARP-TR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-22) Lara Tello, Lucero Andrea; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoDurante la vida de una sociedad, ésta puede realizar diversos actos que considere necesarios para su mejor y adecuado desarrollo. Uno de estos actos es el de reorganización societaria, pudiendo ser de fusión, escisión, reorganización simple, transformación, entre otros. En el desarrollo del presente informe, nos centraremos específicamente en la figura de la escisión, abordando los tipos de esta figura para aterrizar en el análisis de la escisión parcial. Dentro de este análisis, la pregunta principal que trataremos de resolver es la referente a cuál es la afectación que tiene el desarrollo de una escisión parcial en la sociedad escindida, más específicamente, si es que la sociedad escindida se encuentra obligada a reducir su capital social; y de ser así, si dicha reducción deberá guardar equivalencia con el valor del bloque patrimonial escindido. Con la finalidad de dar respuesta a esta interrogante, hemos decidido segmentar nuestro análisis en tres instituciones del derecho que se presentan en el caso en concreto, las cuales son: la escisión; la modificación parcial de estatuto, en su variación de reducción de capital; y, la constitución de una sociedad anónima. Finalmente, haremos uso de la normativa peruana aplicable y doctrina nacional que verse sobre las instituciones antes señaladas; de igual manera, presentaremos una pequeña comparación entre nuestra normativa societaria y otras de la región latinoamericana que nos permitirá evaluar el tratamiento que se tiene a dichas figuras.Ítem Texto completo enlazado Desalientos de la participación de una nueva sociedad en una escisión(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-10) Zevallos Tarazona, William Andrés; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoLa legislación peruana permite que en la escisión puedan participar sociedades existentes y nuevas; sin embargo, en su mayoría, se realizan con sociedades existentes. Debido a ello, el presente trabajo busca que analizar la escisión como tipo de reorganización societaria en el sistema jurídico peruano y reflexionar sobre las posibles razones por las que no se da la participación de nuevas sociedades en la escisión. El trabajo concluye revelando que la legislación no responde a las necesidades de la escisión como tipo de reorganización societaria y presenta posibles alternativas de solución.Ítem Texto completo enlazado ¿Es posible que una sociedad pueda convertirse en una sociedad unipersonal sobrevenida si pierde la pluralidad de socios y así superar la figura de irregularidad?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-26) Mori Cruz, Daily Ximena; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoEl presente informe desarrollará un análisis de la sociedad unipersonal, a través de la doctrina nacional, comparada y también las legislaciones extranjeras. Además, se analizará el desarrollo de esta figura en el Anteproyecto de la Ley General de Sociedades publicada en el año 2018 para así poder llegar a la conclusión de que si esta figura representa un beneficio u obstáculo para nuestra legislación. Por otro lado, se tomará en consideración los efectos que generaría para las sociedades que incurran en alguna causal de irregularidad, precisando el supuesto de pérdida de pluralidad de socios y las consecuencias que actualmente regula la Ley General de Sociedades y la posible solución que desarrolla el Anteproyecto. Por último, brindará un enfoque de lo que actualmente sucede en las sociedades que incurren en irregularidad, tomando como base la pluralidad de socios, y la posible solución que se podría tomar si se optara por la regulación de la sociedad unipersonal.Ítem Texto completo enlazado La Disolución Automática de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada Contemplada en el Artículo 34° del Decreto Ley N°21621(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-18) Mullisaca Ramos, Luz Mery; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoEn el presente trabajo se aborda lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto Ley N° 21621, estableciéndose que la sanción de disolución automática por falta de inscripción oportuna del “traslado” del derecho del titular por sucesión, es una medida desproporcionada, y constituye una problemática actual, que se ha venido incrementando con la llegada de la COVID 19. Situaciones excepcionales como esta, nos llevan a plantearnos posibles soluciones que bien podrían aplicárseles. Partimos de la idea de que, si los sucesores vienen realizando actos relacionados a la empresa e incluso ya cuentan con una declaratoria de herederos inscrita en el Registro de Sucesiones Intestadas, la falta de inscripción dentro de un plazo tan irracional en el Registro de Personas Jurídicas, no debe dar lugar a la disolución automática de la empresa. Este problema será analizado desde los métodos de interpretación jurídica, como el de la integración de la norma por analogía; así como la importancia de trascender la literalidad de la norma, y de lo regulado en el artículo 660° de nuestro Código Civil, ya que, con la transmisión sucesoria los bienes, derechos y obligaciones de una persona se transmiten automáticamente desde el momento de la muerte. Concluimos que las propuestas planteadas resultan ser pertinentes para contrarrestar el problema planteado.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución N° 1644-2010-SUNARP-TR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-10) Delgado Marín, Melina Isabella; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoEn la actualidad, el Tribunal Registral ha tenido la práctica de inscribir, en los Registros Públicos, actos que no están contemplados en la Ley o en Reglamentos respectivos. El presente informe versa sobre el análisis efectuado por el Tribunal Registral, en la Resolución N° 1644-2010-SUNARP-TR-L, para la inscripción en el Registro de Sociedades del reconocimiento de una sociedad constituida en el extranjero. Concretamente, se analiza si este acto está contemplado en nuestra normativa como un acto inscribible. asimismo, ante qué sistema nos encontramos con respecto a los actos que pueden ser inscritos en el Registro. Finalmente, se analiza si la calificación efectuada por el Tribunal Registral en la Resolución ha sido adecuada. En el Registro de Sociedades no se ha regulado al mismo como un acto inscribible; mientras que este acto si ha sido considerado en el Registro de Personas Jurídicas. En este sentido, uno de los argumentos del Tribunal Registral ha consistido en que es posible aplicar por analogía las reglas de un reglamento a otro; sin embargo, sostenemos que ello no es posible, pues no es una facultad reconocida para el Tribunal Registral. Adicionalmente a ello, no se debe perder de vista que nuestro sistema se rige por uno de numerus clausus en relación a los actos pasibles de inscripción en el Registro. Por último, concluimos que el Tribunal Registral no realizó una debida calificación del acto, dado que, como parte del contenido de legalidad en el proceso de calificación, debe evaluarse si el acto es inscribible.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la inscripción de transferencia de participación cuando la sociedad se encuentra en causal de disolución de pleno derecho, con ocasión de la resolución N° 934-2016-SUNARP-TR-L del Tribunal Registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-09) Mori Cruz, Daily Ximena; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoEl presente informe jurídico busca desarrollar un análisis de lo que se refiere la Ley General de Sociedades con relación a la causal de disolución en una sociedad, así como también la formalidad que propone para la transferencia de participaciones en la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada. Es preciso mencionar que esta forma societaria tiene naturaleza mixta y en cuanto a características llega a ser muy similar a la Sociedad Anónima Cerrada; no obstante, cuenta con formalidades que definitivamente perjudican su libre tránsito y genera transacciones innecesarias, tales como que la transferencia de participaciones deba inscribirse en el Registro. Asimismo, la justificación de dicho informe será que en la actualidad la Ley General de Sociedades presenta problemas en la forma que regula a la disolución de una sociedad, generando conflicto entre la forma literal de este concepto y la de pleno derecho, situación que trataremos de identificar y revertir.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución No 1928-2011-SUNARP-TR-L (Disolución de sucursal de Sociedad Extranjera)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-08) Hu Huang, Steven; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoEl presente informe tiene como objetivo realizar un análisis jurídico registral y societario –bajo la legislación actual– de la Resolución N° 1928-2011-SUNARP-TR-L, en que el Tribunal Registral resolvió ordenar la inscripción de la extinción de una sucursal de sociedad constituida en el extranjero, cuya sociedad matriz se había extinguido previamente. Esto generó una situación que no se encontraba amparada bajo la normativa societaria y registral aplicable. En tal sentido, el Tribunal Registral argumentó la existencia de una imposibilidad jurídica por parte de la sucursal para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 402 de la Ley General de Sociedades, lo cual generaba un vacío del derecho que debería resolverse aplicando los principios generales del derecho, mediante la integración jurídica. La resolución materia de análisis adquiere relevancia en tanto representa una realidad innegable para nuestro ordenamiento jurídico, en que nuevas situaciones empresariales superan la realidad o los supuestos regulados por la normativa vigente, debido al avance de la dinámica comercial. Al respecto, concluimos que la decisión del Tribunal Registral fue la acertada, pero que careció de un desarrollo jurídico suficiente que pueda dar a conocer su razonamiento y de esta manera evitar argumentos que puedan dar a entender una extralimitación del tribunal en su decisión. Por último, recibe importancia, puesto que abarcaremos diferentes aspectos del Derecho tales como el derecho societario, registral, mercantil y la teoría general del derecho para resolver la presente situación.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución Nº 459-2009-SUNARP-TR-A(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-26) Wong Cao, Claudia Xiaoching; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoEn el caso de la Resolución Nº 459-2009-SUNARP-TR-A se presenta una solicitud de inscripción de cancelación por caducidad de una hipoteca que fue constituida a favor de una entidad del sistema financiero. Esta solicitud se presenta al amparo del artículo 3 de la Ley N° 26639, siendo que habían transcurrido más de 10 años desde su inscripción. El registrador de la SUNARP procede a tachar el título de dicha solicitud, argumentando que al encontrarse vigente el artículo 172 de la Ley N° 26702, el plazo de caducidad no se aplica para las entidades del sistema financiero. Asimismo, desde la fecha en que se constituyó la garantía hasta ese momento, se habían llevado a cabo dos procedimientos de fusión por absorción, que involucraban a la sociedad titular de la garantía. A partir de ello, se pretende determinar si la hipoteca se transmitió mediante las reorganizaciones societarias y la manera en que se aplican las normas sobre caducidad de hipoteca a las entidades del sistema financiero. El tema de la caducidad de la hipoteca ha sido materia de debate desde hace muchos años atrás, sin embargo, los problemas planteados en el presente informe revisten de importancia, siendo que la discusión se encuentra vigente en las diversas resoluciones del Tribunal Registral sobre la materia. Asimismo, muchas veces se añaden figuras de otras áreas del derecho, como la reorganización societaria que vuelven más complejo el objetivo de determinar los supuestos de aplicación de dichas normas. Por último, la postura que se sostiene en el presente informe se encuentra de acuerdo con el criterio de interpretación establecido en la Resolución materia de análisis. Sin embargo, es pertinente analizar a detalle el razonamiento que sigue el Tribunal Registral, a fin de desarrollar y complementar materias de fondo, sobre todo societarias, que pueden ser abordadas con mayor detenimiento.