La teoría de los actos unilaterales de los estados

dc.contributor.authorNovak Talavera, Fabián
dc.date.accessioned2017-09-25T21:17:23Z
dc.date.available2017-09-25T21:17:23Z
dc.date.issued1994es_ES
dc.description.abstractHoy en día sigue vigente la afirmación según la cual se señala al Estado como el principal sujeto de Derecho Internacional. Aún cuando el Estado ha perdido la exclusivi-dad que, como sujeto único en la esfera jurídico internacional, tuviera hasta comienzos del presente siglo, nadie duda de su claro protagonismo. Los Estados, como sujetos plenos de Derecho Internacional, poseen capacidad jurídi-ca para producir actos jurídicos internacionales. Dichos actos pueden ser, básicamente, de dos tipos: unilaterales y multilaterales. Los primeros -pese al precario desarrollo que han merecido por parte de la doctrina-han cobrado una importancia cada vez mayor en el Derecho Internacional, no sólo porque colaboran en su desarrollo, sino porque se plantea la posibilidad de que ellos constituyan una verdadera fuente del Derecho de Gentes.es_ES
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.doihttps://doi.org/10.18800/agenda.199401.010
dc.identifier.urihttp://revistas.pucp.edu.pe/index.php/agendainternacional/article/view/7125/7325es_ES
dc.language.isospa
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editoriales_ES
dc.publisher.countryPE
dc.relation.ispartofurn:issn:2311-5718
dc.relation.ispartofurn:issn:1027-6750
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0*
dc.sourceAgenda Internacional; Vol. 1, Núm. 1 (1994)es_ES
dc.subjectDerecho Internacional Públicoes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.09.01
dc.titleLa teoría de los actos unilaterales de los estadoses_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.type.otherArtículo

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