El delito de explotación sexual en el ordenamiento jurídico peruano: apuntes para su comprensión y abordaje desde la relación entre dignidad, libertad sexual y enfoque de género
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V Congreso Jurídico Internacional sobre formas contemporáneas de esclavitud: veinte años después del Protocolo de PalermoAbstract
El delito de explotación sexual constituye una forma de explotación humana, regulada como tipo autónomo en el Código Penal peruano. El objeto de la norma es sancionar las situaciones en que se cosifica a una persona sexualmente a fin de obtener de ella provecho económico o de otra índole. El impacto que el delito tiene en la realidad es particularmente importante si se toma en cuenta que el grueso de casos denunciados en el Perú como trata de personas con fines de explotación sexual son supuestos en los que tal finalidad ha sido consumada, así como que dichos casos representan más del 50 % de las denuncias por explotación humana. En ese contexto, las mujeres son el grupo más afectado por el fenómeno, situación que requiere prestar especial cuidado respecto de la aplicación de estereotipos de género que las revictimizan y discriminan. Así mismo, para la sanción de estos casos es fundamental entender el alcance de los bienes jurídicos libertad sexual y dignidad con el fin de comprender que la capacidad de consentir sexualmente —que en el Perú se obtiene a los 14 años— no debiera ser obstáculo para acreditar la afectación a la dignidad, que reposa en una situación de asimetría de poder utilizada contra la víctima para mercantilizarla o aplicar sobre ella atributos de la propiedad.
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