Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Factores que contribuyeron al logro de los resultados del Contrato de Administración de la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca en el periodo 2007 - 2018(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-10-07) Ale Sánchez, Isabel Margarita; Poma Bonifaz, Delmy Doris; Torres Hidalgo, CarlosEl Contrato de Administración de la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca – RNSAB ubicado entre los departamentos de Arequipa y Moquegua objeto de estudio de la investigación; en el marco del mecanismo de cogestión entre el Estado y la sociedad civil encarga al Centro de Estudios y Promoción del Desarrollo - DESCO la ejecución de este Contrato de Administración - CA. La investigación tuvo por objetivo identificar los factores que contribuyeron al logro de los resultados del Contrato de Administración en el periodo 2007- 2018 analizando el modelo de gestión, enfoques, estrategias de intervención, logros, valoración de los actores y formular una propuesta aplicativa. Se implementó una metodología mixta, cuantitativa y cualitativa aplicando entrevistas semi estructuradas, grupo focal, revisión documentaria y encuesta. Los resultados mostraron que, si bien los factores relacionados al mecanismo de gestión, enfoques y estrategias de intervención contribuyeron al logro de las metas programáticas y presupuestales en ambos quinquenios, se identificaron algunos hallazgos en la valoración de la población respecto a la implementación del Contrato de Administración. El mecanismo de cogestión entre DESCO y SERNANP cumplió con su propósito en los dos quinquenios estudiados lo que da cuenta que es posible implementar experiencias de cambio desde la mirada de la gerencia social a nivel público - privada, no obstante, este mecanismo requiere ser evaluado de manera continua considerando las características y necesidades de cada territorio. Finalmente, la tesis aporta una propuesta para la mejora de la gestión del Contrato de Administración - CA de la RNSAB promoviendo su replicabilidad en otras Áreas Naturales Protegidas -ANP con Contratos de Administración.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución Nº 1990-2013-TC-S1 de fecha 10 de setiembre de 2013, emitida por el Tribunal de Contrataciones del Estado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-13) Rafaele Paucar, Laura Ximena; Guzmán Napurì, ChristianEl presente informe jurídico analiza la Resolución N° 1990-2013-TC-S1, acto administrativo que deja sin efecto la Resolución N° 1737-2013-TC-S1, siendo que la resolución carece de los requisitos de validez al evidenciarse contradicción en la motivación y vulneración a la finalidad publica, en medida que se quebranta los artículo 61, 62 y 73 de la Constitución Política del Perú de 1993, que salvaguardan la Libertad de Contratación y Libertad de Competencia en los procesos de adjudicación que requieren recursos públicos del Estado. Así, como vamos a evidencia que se transgrede el principio de legalidad, conducta procedimental e imparcialidad contemplados en la Ley de procedimiento Administrativo General vigente.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución Nº 46 Laudo Arbitral - Arbitraje Ad Hoc seguido entre OBRASCÓN HUARTE LAIN S.A. y PROVÍAS NACIONAL(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-12) Erausquin Herrada, María José; Guzmán Napurí, ChristianEn este informe jurídico se aborda un problema principal y tres problemas secundarios relacionados con la Resolución Nº 46 Laudo Arbitral - Arbitraje Ad Hoc seguido entre OBRASCÓN HUARTE LAIN S.A. y PROVÍAS. NACIONAL. El problema principal radica en la posible alteración de la ruta crítica de la obra. Se concluye que sí existe un impacto en la ruta crítica, contrario a lo que señala el Tribunal Arbitral. El primer problema secundario sobre el impacto de la ruta crítica por el comportamiento de un tercero ajeno al contrato de obra, se determina que sí es posible, toda vez que el retraso en la aprobación del Presupuesto Adicional Nº 10 incurrido por la Contraloría General de la República constituye una causa que no es atribuible al contratista. El segundo problema secundario se refiere a partir de qué momento se puede ejecutar un presupuesto adicional que excede el 15% del monto contractual. Se establece que la aprobación se da a partir de la emisión de la resolución por parte de la Contraloría General de la República, que dispone la aprobación del presupuesto adicional solicitado por la entidad contratante. El tercer problema secundario analiza si el contratista debe solicitar la ampliación de plazo por un adicional de obra sin la autorización de la Contraloría General de la República. Se concluye que no es posible, ya que, sin dicha aprobación, no se puede ejecutar el adicional ni obligar al contratista a solicitar la ampliación de plazo.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución N° 5 del Expediente N° 00215-2023-0- 1817-SP-CO-02(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-09) Ocrospoma Ramírez, Steffany Cristel; Martínez Villacorta, Diego RenatoEl desarrollo del presente informe se sustenta en los aspectos jurídicos más relevantes en torno a la Resolución N° 5 del Expediente N° 00215-2023-0-1817- SP-CO-02, que resuelve anular parcialmente el laudo arbitral del 21 de febrero de 2023. En dicho arbitraje se discutió la aplicación de "penalidades por mora" y "otras penalidades" bajo la Ley N° 29230. Posteriormente, luego de haber abordado los aspectos relevantes sobre las penalidades contractuales, se procederá a examinar la facultad del Poder Judicial para anular laudos arbitrales por motivación insuficiente. Para ello se debe tener en cuenta si bien no es posible aplicar el estándar de motivación judicial a los arbitrajes, los árbitros deben sustentar sus decisiones en aspectos fácticos y jurídicos del caso concreto a fin de no vulnerar el derecho a la debida motivación que asiste a las partes. Aunado a ello, se tiene que en el Caso Arbitral N° 0267-2022-CCL el tribunal arbitral ha evaluado con coherencia la forma en la que se debe sancionar el incumplimiento del supervisor al no haber entregado los informes respectivos en el plazo contractualmente establecido, para ello sustenta su decisión en la fórmula prevista en las bases integradas del contrato. Sin embargo, pese a está prohibido expresamente que el Poder Judicial se pronuncie sobre el fondo de la controversia, en el caso particular se evidencia que se ha solicitado la precisión respecto al monto de referencia, lo cual estaría afectando la irrevisabilidad del laudo.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre el caso arbitral recaído en el Laudo N° 382-2022-CEAR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-08) Campos Trejo, Paolo Jesús; Wong Abad, Julio MartínEl Laudo Arbitral del Caso N° 382-2022-CEAR involucra una disputa entre el Consorcio Kaysun - Alldocube (el demandante), compuesto por dos empresas chinas, y la Unidad Ejecutora 120: Programa Nacional de Dotación de Materiales Educativos, adscrita al Ministerio de Educación del Perú (la demandada). La controversia surge en el marco de un contrato suscrito conforme a la Ley de Contrataciones del Estado para la adquisición de bienes en el marco del programa “Aprendo en Casa”. La controversia se centra en la capacidad de la Entidad para anular una conformidad contractual previamente emitida y llevar a cabo una reexaminación contractual basada en normas administrativas, culminando en la resolución del contrato. La Entidad argumenta que tiene la facultad administrativa de emitir y anular conformidades, apoyándose en la Ley del Procedimiento Administrativo General, lo que le permite aplicar una "verificación posterior" a la ejecución del contrato. En contraste, el Contratista sostiene que, una vez emitida la conformidad, la Entidad no puede declararla nula mediante un acto administrativo debido a la competencia exclusiva de la jurisdicción arbitral para pronunciarse sobre la controversia. Según el Contratista, cualquier intento de dejar sin efecto la conformidad debía ser presentado como una pretensión ante un Tribunal Arbitral. El Tribunal Arbitral se dividió en su decisión, emitiendo un laudo por mayoría y con un voto en minoría que se caracteriza por un diferente razonamiento relacionado a las pretensiones presentadas por las partes. Las discrepancias entre los árbitros incluyen aspectos competenciales, como si el Tribunal puede declarar la nulidad de un acto administrativo o solo su ineficacia. Además, se cuestiona si la jurisdicción arbitral es competente para declarar la nulidad de un acto administrativo, o si esta competencia recae en la jurisdicción contenciosoadministrativa del Poder Judicial. Esta división refleja la complejidad del caso y las dificultades en la interpretación de las normas aplicables.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre el caso arbitral N°0265-2017-CCL de fecha 22 de julio del 2019(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-07) Cárdenas Olivera, Oscar Omar; Martín Tirado, Richard JamesEl presente informe jurídico se fundamenta en el caso arbitral N°0265-2017- CLL de fecha 22 de julio de 2019 en el que se detalla el incumplimiento de la obligación esencial de entrega oportuna de terrenos de Provías Nacional que generó un desequilibrio contractual y requirió, por lo tanto, una modificación contractual. Este caso evidencia la importancia de cumplir oportunamente los tiempos de entrega de los acordado por la entidad pública para mantener el equilibrio económico financiero del contrato y las ampliaciones de plazo como medio para restaurar dicho equilibrio. La presente investigación, por tanto, se centrará en estudiar las obligaciones de los contratos administrativos, el equilibrio contractual y las causales de modificación contractual y las ampliaciones de plazo como alternativa para mantener el equilibrio económico del contrato administrativo. Tras este proceso, se plantea que existió incumplimiento de la entrega oportuna de terrenos, incumpliendo con una obligación esencial para la ejecución del contrato que llevaría a requerir una modificación contractual para mantener el equilibrio contractual por lo que, las ampliaciones de plazo eran necesarias. El caso en mención, se analiza utilizando el Decreto Legislativo N° 1057 Ley de Arbitraje, la Ley de Contrataciones del Estado, la Ley de Procedimiento Administrativo general, opiniones del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado y textos doctrinarios pertinentes.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la resolución del Recurso de Casación N°1379-2017/Nacional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-05) Jeri Contreras, Rosana Ximena; Torres Pachas, David RicardoEl caso gira entorno a las diversas irregularidades que se produjeron en la ejecución de una obra en su etapa de liquidación y resolución contractual. En donde se presume que habría existido una concertación entre los funcionarios del Gobierno Regional de Tumbes y los representantes de la persona jurídica A&J Inversiones S.A.C con la finalidad de perjudicar el patrimonio del Estado. Tal concertación, se habría materializado en virtud de una conciliación arbitral en la que intervino un tribunal arbitral integrado por tres árbitros, quienes emitieron finalmente un laudo arbitral favoreciendo a la empresa contratista con pagos injustificados.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre el Laudo Arbitral de fecha 1 de diciembre de 2015 recaído en el Caso Arbitral N° 2728- 2013-CCL(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-31) Castillo Santillana, Nicol Brigith; Martin Tirado, Richard JamesEl presente trabajo versa sobre las consecuencias de la entrega tardía de terrenos a favor del Contratista en el marco de la Obra Pública para el Mejoramiento de la Av. Néstor Gambetta en el Callao y cómo dicha situación puede causar la ruptura del equilibrio económico financiero del Contrato (EEC). El referido escenario, comúnmente recurrente en la contratación pública, fue el caso del Gobierno Regional del Callao y el Consorcio Nueva Gambetta, razón por la cual este último acudió a la vía arbitral para reclamar las distintas ampliaciones de plazo negadas por la Entidad, costos directos y mayores gastos generales variables. Ante ello, el Tribunal Arbitral mediante Laudo recaído en el Caso Arbitral N° 2728-2013-CCL resolvió a favor de las pretensiones planteadas por el Contratista, a excepción de los Costos Directos, sobre los cuales realizó descuentos. Sobre la base de lo anterior, se analizará qué tipo de obligación constituye la entrega de terrenos que permita asumir una postura sobre dichos reclamos y determinar si efectivamente, el Contratista sufrió una ruptura de la ecuación financiera del Contrato que no se reestableció en la vía arbitral. Se verificarán también las condiciones que deben concurrir en el EEC. Finalmente, se brindarán unas breves conclusiones a los problemas jurídicos planteados.Ítem Texto completo enlazado Optimización del RNP y otras medidas de simplificación con enfoque en el proveedor para enfrentar la alta prevalencia de procedimientos de selección declarados desiertos en el caso peruano (2016-2021)(Pontificia Universidad Católica del Perú., 2024-05-14) Flores Milla, Lizet Celice; Castillo Peralta, Carlos Serafín; Ramos Morales, Leonidas LucasEl presente trabajo de investigación se centra en abordar las ineficiencias presentes en el ámbito de la contratación pública, un tema crítico debido al mandato constitucional que obliga a las entidades del Estado a contratar con terceros para proveerse de bienes, servicios y obras necesarios para el cumplimiento de sus funciones y fines. En ese contexto, se ha identificado como problema público la alta prevalencia de procedimientos de selección para la contratación de bienes y servicios declarados desiertos en el caso peruano entre los años 2016 y 2021, a razón que se ha constatado un incremento progresivo en el porcentaje de desiertos, pasando de un 17% a un 26% durante el periodo analizado. Además, al comparar estos resultados con países como Chile, Uruguay, República Dominicana y España, se evidencia que la magnitud del problema es significativamente mayor en nuestro país. Para afrontar este problema, a pesar de la multiplicidad de causas que lo pueden generar y la imposibilidad de atribuir exclusivamente este hecho a una sola causa, se ha determinado que las “dificultades que enfrentan los proveedores que intervienen en los procesos de contratación pública de bienes y servicios” son una de las causas cruciales que impactarían directamente en el problema. Consecuentemente, se ha propuesto una solución que busca mitigar estas dificultades que experimentan los proveedores, la cual consta de tres componentes: i) optimización del RNP y otras mejoras en las herramientas informáticas, ii) elaboración de un nuevo modelo de “bases amigables” y iii) creación del Programa Nacional “MYPE Oferta Ganadora”. Además, el análisis de deseabilidad, factibilidad y viabilidad de la solución demostró que la propuesta reúne todas las condiciones para ser implementada con éxito.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de relevancia jurídica n°007-2009, e-2076, procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Consorcio Vial del Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-02-08) Iparraguire Cama, Claudio Augusto; Gamio Aita, Pedro FernandoEl presente Informe de Relevancia Jurídica se analiza los principales problemas sobre Derecho Administrativo, Concesiones y Arbitraje acerca de la controversia surgida a raíz del procedimiento administrativo sancionador iniciado por OSITRAN contra el Concesionario COVIPERU, a propósito del Contrato suscrito entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la sociedad Concesionaria COVIPERU. Los problemas surgen de una interpretación errada por parte de OSITRAN del Contrato de Concesión, así como de contradicciones respecto a determinar el alcance de las obligaciones por parte de la empresa. A partir de ello, se determinará si la interpretación efectuada por OSITRAN es correcta teniendo en cuenta los hechos y fundamentos presentados por las partes para imponer sanción a COVIPERU. Asimismo, se analizará si es que la Resolución que deniega la solicitud de suspensión del procedimiento administrativo sancionador cumple con el requisito de la motivación y si la aplicación de las normas invocadas es pertinente. De igual manera, se analizará si es que el artículo 64 es pertinente de aplicación para dilucidar si la suspensión del procedimiento sancionador, frente al proceso arbitral es conforme a derecho. Para ello, se utilizará doctrinas propias del Derecho Administrativo, Constitucional y Arbitral, así como de las Concesiones. Así, en el presente informe se concluirá que la interpretación efectuada por OSITRAN carece de sustento normativo, dado que su actuación no se condice con los Informes emitidos. De igual forma, la resolución que deniega la solicitud de suspensión incurre en una motivación insuficiente, toda vez que inaplica una norma importante y no desarrolla en lo absoluta la norma invocada.