Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Sentencia Casatoria N°. 662- 2018/Ayacucho(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-07) Del Rio Nuñez, Nicole; Valcárcel Angulo, Mariella LenkizaEl presente informe jurídico busca esclarecer la naturaleza del objeto del tipo penal de peculado. Actualmente, los denominados delitos de corrupción de funcionarios han cobrado relevancia en la coyuntura nacional, siendo el peculado uno de los de mayor incidencia. En la jurisprudencia, durante mucho tiempo no fue materia de controversia la cualidad de los caudales o efectos en los cuales recae la acción material del ilícito de peculado. Se asumía que dichos bienes debían ser públicos en tanto se está ante un delito contra la administración pública; de allí que, si el bien era privado, el argumento de la mayoría de la defensa de los acusados hacía referencia a la atipicidad de la conducta. No obstante, es a raíz de la Sentencia Casatoria N°. 662-2018/Ayacucho donde se establece que no solo los bienes de naturaleza pública encajan en el delito de peculado, estos también pueden ser de origen privado, para ello se hizo uso del Acuerdo Plenario N°: 1-2010/CJ-116. A pesar que, dicho razonamiento es válido, en el presente caso no debió ser aplicado. Nuestra Corte Suprema pasó por inadvertido la figura de donación como una modalidad de transferencia de propiedad, de haberla considerado, no hubiera sido necesario delimitar si se estaba ante un bien público o privado. Con la figura legal de donación se debió entender que el bien que puede ser de origen privado, una vez donado, pierde tal cualidad y se convierte en público.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución N° 3827-2022- SUNARP-TR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-09) Villalón Orellana, Rosa Mariela; Jiménez Murillo, Félix RobertoEl presente informe centra su análisis en los argumentos jurídicos que adoptó el Tribunal Registral en la Resolución N° 3827-2022-SUNARP-TR a efectos de admitir la procedencia de una prescripción adquisitiva de dominio tramitada en sede notarial respecto de un bien de dominio público hidráulico, específicamente, respecto de una faja marginal colindante con una torrentera ubicada en la provincia de Arequipa. El Tribunal Registral resolvió revocar la observación formulada en primera instancia registral, argumentando que, sin perjuicio de que la faja marginal constituye un bien de dominio público hidráulico, mediante el plano del inmueble objeto de prescripción –visado por la Municipalidad Provincial de Arequipa– se ha acreditado la inexistencia de afectación al recurso hídrico. En ese sentido, en el presente informe se realiza un análisis de los fundamentos adoptados por el Tribunal Registral en la Resolución N° 3827-2022-SUNARP-TR con relación a la acreditación de la inexistencia de afectación a los recursos hídricos en virtud de planos visados por los gobiernos locales. De igual modo, se realiza un análisis de la condición del bien objeto de prescripción, a efectos de determinar si el Tribunal Registral tenía la obligación de formular una nueva observación al título.Ítem Texto completo enlazado La regulación de la expropiación para obras de infraestructura pública: una aproximación desde la teoría de la elección pública(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-17) Almonacid Tacza, John Max; Montes Tapia, Karina RocíoEn las dos últimas décadas se aprobaron diversas reformas legislativas para facilitar la expropiación de terrenos destinados al desarrollo de proyectos de infraestructura pública; lo cual ha formado parte del esfuerzo del Estado peruano para atraer la inversión privada con la finalidad de ampliar la provisión de servicios públicos. Sin embargo, y pese a las reformas legales ocurridas durante este periodo, la actual regulación de la expropiación sigue siendo considerada como inadecuada o insuficiente para lograr que el Estado cumpla oportunamente sus obligaciones contractuales relacionadas con la entrega de terrenos para la construcción de infraestructura pública; al mismo tiempo, esta regulación también es cuestionada debido a que vulneraría algunas garantías constitucionales de la propiedad. La inadecuada regulación de la expropiación tiene efectos negativos en la seguridad jurídica que necesitan las personas y las empresas para tomar decisiones de inversión respecto a bienes inmuebles –las cuales generalmente son costosas y de largo plazo–, sin el riesgo de que su patrimonio sea afectado por la imposición de limitaciones excesivas o por su transferencia forzosa mediante procedimientos arbitrarios y que no garantizan un pago apropiado por la propiedad expropiada. Por ello, esta investigación analiza los problemas de la regulación de la expropiación desde la perspectiva de los aspectos institucionales y el proceso a través del cual el Estado adopta decisiones en esta materia. Este análisis se realiza aplicando la perspectiva del análisis económico, concretamente desde la teoría de la elección pública. En ese sentido, esta investigación postula que las decisiones que adopta el Estado en materia de expropiación son el producto de un proceso en el cual participan distintos agentes con diferentes objetivos. Por lo tanto, las debilidades de la estructura institucional en la cual se desenvuelve dicho proceso podrían explicar el porqué de la aprobación de diversas reformas de baja calidad, poca coherencia y limitada duración.Ítem Texto completo enlazado Prescripción adquisitiva de bienes estatales de dominio privado : enfoque hacia la defensa de la propiedad estatal(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-27) Sanchez Morales, Elizabeth Cristina; Lama More, Hector EnriqueDurante los últimos años, las invasiones han dejado de ser un problema de formalización de la propiedad para convertirse en un fenómeno social con relevancia jurídica, que afecta no sólo bienes de particulares sino también bienes del Estado, en específico bienes de dominio privado, que lejos de tener un régimen especial de propiedad que los regule y proteja, a la luz de su singular naturaleza y finalidad, vienen siendo materia de litis en procesos de prescripción adquisitiva de dominio, en los que se revelan problemas de posesión, inscripción registral, defensa judicial y extrajudicial y evidentemente de una carente política social de vivienda, que en conjunto forman parte del universo que la Ley 29168 pretende resolver. En ese sentido, podemos presentar dos justificaciones para la realización del presente trabajo: la primera, consiste en fomentar la adquisición de terrenos estatales de dominio privado a través de los mecanismos previstos por ley, evitando el uso de la vía judicial como canal de regularización de las invasiones; y la segunda, reside en desincentivar la invasión y el tráfico ilegal de terrenos, a través del tratamiento adecuado de la propiedad estatal frente a la prescripción adquisitiva, resulta entonces razonable postular si acaso ¿el tratamiento adecuado de la propiedad estatal y la coherencia normativa entre las disposiciones que integran el ordenamiento jurídico, respecto a los bienes estatales, constituyen la solución frente a la prescripción adquisitiva de los bienes estatales de dominio privado? y consecuentemente, contribuyen a la defensa del régimen jurídico de la propiedad estatal, en aras de evitar que, particulares se apropien indebidamente de bienes que pertenecen a todos, sin dejar de lado los problemas que subyacen en el tema y que en conjunto forman parte del universo que abordaremos en el presente trabajo.Ítem Texto completo enlazado Fortalezas y debilidades del procedimiento de saneamiento de los bienes estatales (predio-inmueble)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-05-10) Sanchez Sanchez, Karina Massiel; Jiménez Murillo, Félix RobertoEn el presente artículo jurídico se analizan las fortalezas y debilidades que presenta el nuevo procedimiento especial de saneamiento físico legal de los bienes estatales: predio e inmueble, regulados en el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. N° 008-2021-VIVIENDA y su vinculación con lo dispuesto en el D. Leg. N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento y su reglamento, los cuales resultan relevantes para la calificación registral, como etapa final del saneamiento estatal. Entre las conclusiones adoptadas se pueden citar: Con la dación del D. Leg. N° 1439 y su reglamento, ha variado la concepción de bien inmueble, ya que para el ámbito estatal existe una distinción entre “predio”, entendido como el terreno e “inmueble”, que es el predio edificado, lo cual trajo consigo la creación de un nuevo sistema, Sistema Nacional de Abastecimiento, que a través de su ente rector (Dirección General de Abastecimiento-DGA), tiene por finalidad proveer de inmuebles a las entidades estatales de inmuebles para el mejor desarrollo de sus funciones, fiscalizar los actos de adquisición y velar por su buen uso, excluyendo esas funciones de la competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN. El Sistema Nacional de Abastecimiento no cuenta con regulación propia respecto del saneamiento de los inmuebles estatales; sin embargo, ello no le impide ejercer las competencias que de acuerdo a ley le corresponde, además siendo el inmueble parte integrante del predio, para el saneamiento solo del bien edificado las entidades estatales tendrían que tener inmatriculados sus predios. La vinculación del certificado de búsqueda catastral con el título con el cual se solicita la calificación del acto de saneamiento físico legal contiene una eficacia relativa, ya que la base grafica registral no refleja el total de predios inscritos.Ítem Texto completo enlazado Principales características del saneamiento físico legal en el marco del Sistema Nacional de Bienes Estatales y del Sistema Nacional de Abastecimiento(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Perez Reategui, Claudia Mercedes; Jiménez Murillo, Félix RobertoEl presente trabajo pretende presentar las principales características del procedimiento de saneamiento físico legal de bienes estatales, a la luz de las reglas del Sistema Nacional de Bienes Estatales y del Sistema Nacional de Abastecimiento. Profundizaremos sobre las implicancias teóricas y prácticas que supone la creación de un nuevo sistema administrativo, la distinción entre “predios” e “inmuebles” y cómo ello influye en el saneamiento físico legal. Para ello, realizaremos un análisis predominantemente normativo de las leyes, reglamentos y directivas que regulan ambos sistemas, así como de las disposiciones que definen el saneamiento. Complementariamente, nos referiremos a otras entidades que realizan actos de saneamiento físico legal para entender los alcances de este concepto. Asimismo, identificaremos los elementos relevantes que las entidades públicas deberán tener en cuenta para la elaboración de los documentos administrativos que contengan actos de saneamiento, los que serán sometidos a calificación registral, a fin de lograr el objetivo principal del procedimiento: que los registros públicos reflejen la situación física y jurídica actual del predio o inmueble por medio de la inscripción. Nuestra investigación encontró que la distinción entre predios e inmuebles obedece a propósitos operativos, lo que produce contradicciones teóricas en la aplicación del procedimiento de saneamiento; es decir, demostraremos que las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales, que deberían regir solo para predios, terminan aplicándose a inmuebles, a pesar de pertenecer al Sistema Nacional de Abastecimiento, lo que puede causar problemas de interpretación y aplicación a futuro.