Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución N°109-2023-OEFA/TFA-SE emitida en el marco del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Nexa Resources Atacocha S.A.A.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-31) Cabrejos Caballero, María Teresa; Aldana Durán, Martha InésEl informe detalla un procedimiento administrativo sancionador iniciado por el OEFA contra Minera Nexa Resources Atacocha S.A.A por no cumplir con los plazos de cierre según el Plan de Cierre de Minas vigente durante la supervisión, a pesar de que posteriormente se extendieron esos plazos mediante una modificación del plan antes del inicio del procedimiento. Las normas pertinentes incluyen regulaciones sobre el cierre de minas y el derecho administrativo. Según el análisis jurídico realizado, a pesar de ampliar la vida útil de la unidad minera mediante la modificación del Estudio de Impacto Ambiental, la referencia explícita en este sobre la aplicación del Plan de Cierre de Minas vigente durante la supervisión generó la exigibilidad de cumplir con este durante dicha etapa. Sin embargo, al inicio del procedimiento sancionador, el OEFA disponía de un Plan de Cierre de Minas modificado que hacía inexigible la ejecución de las actividades de cierre en el plazo establecido por el plan vigente durante la supervisión. En este contexto, en base a la cooperación entre las entidades competentes en materia ambiental, la modificación del Plan de Cierre de Minas antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador no debió aprobarse respecto de los componentes cuestionados por el OEFA durante la supervisión. Pese a ello, dado que la modificación del Plan de Cierre de Minas fue aprobada antes del inicio del procedimiento administrativo sancionador, el OEFA debió aplicar el Principio de Retroactividad Benigna, considerando que este actúa como una norma complementaria de tipo administrativo en blanco.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución del Tribunal de Fiscalización Ambiental Sala Especializada en Minerı́a N° 005-2015-OEFA/TFASEM(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-06-04) Ticlia Huerta, Fiorella Isabel; Aldana Durán, Martha InésEn el presente informe se abordan y desarrollan los principales aspectos jurídicos relacionados a la Resolución N° 005-2015-OEFA/TFA-SEM. En este sentido, se aborda el tema del principio de prevención sobre la seguridad jurídica que deben tener las empresas en el Perú. Además, se abordará el tema de la retribución que la autoridad fiscalizadora puede desarrollar en sus resoluciones en aras de evitar los vacíos legales y que las empresas puedan evadir sus obligaciones. En tal sentido en el presente informe se desarrolla los principios pertinentes con los que se deben trabajar para lograr un equilibrio entre la fiscalización y la actividad económica. Asimismo, se concluye en que debe existir normativa pertinente con la cual se indique que las obligaciones de los titulares mineros deben estar incluidas en sus instrumentos de gestión ambiental. Además, se concluye en que el OEFA puede brindar una mejor cadena de valor en sus resoluciones. Finalmente, también se precisan recomendaciones pertinentes para que se genere un mejor funcionamiento en nuestra legislación.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre Resolución N.° 28 de fecha 27 de febrero de 2019, expedida por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-08) Carbajal Montes, Katherine Lisett; Aldana Durán, Martha InésEl presente informe es un análisis procesal y de fondo respecto de la Resolución n.° 28 de fecha 27 de febrero de 2019, expedida por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Madre Dios. Dicha resolución declaró la nulidad de una serie de actos administrativos expedidos en favor de terceros, relacionados a concesiones mineras, licencias de uso de agua y predios agrícolas, ubicados dentro de la tierra de la Comunidad Nativa Tres Islas. En primer lugar, en el ámbito procesal, se analiza si el proceso de amparo es la vía idónea para solicitar y declarar la nulidad de los actos administrativos otorgados en favor de terceros ajenos a la comunidad indígena. Asimismo, se aborda el derecho a la consulta previa y si constituye fundamento para declarar la nulidad de las concesiones mineras, licencias de uso de agua y predios agrícolas. Se considera que, en la presente controversia, el proceso de amparo no es la vía idónea para analizar la nulidad de los actos administrativos objeto de la demanda y que esta, a su vez, debió ser declarada improcedente. Adicionalmente, en cuanto al fondo, sí se está de acuerdo con el fallo, en el extremo de declarar la nulidad de los actos administrativos que dieron origen a las concesiones mineras y las licencias de uso de agua; mas no así los actos relacionados a la adjudicación de predios agrícolas.Ítem Texto completo enlazado Resolución N° 015-2019-OEFA/TFA-SE, conflicto entre el cumplimiento de las reglas procedimentales y el derecho a gozar de un medio ambiente adecuado y equilibrado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-03) Angulo Santos, Ana Lucía Franca; Aldana Durán, Martha InésLa no sanción por las infracciones graves a la flora y fauna que se materializa con la declaración de nulidad colocó en situación de indefensión a la protección del medio ambiente. La creación de este desincentivo ambiental de evitar castigar conductas sancionables tiene, en este caso, una alta relevancia al generarse un daño gravoso al medio ambiente como es un derrame de hidrocarburos que tuvo como consecuencia la afectación a los recursos naturales, los cuales son utilizados como medio alimenticio para la población aledaña a los derrames de Imaza y Morona, así como la vulneración a su derecho a la salud. En ese sentido, lo lesivo, en este caso, fue declarar la nulidad de las infracciones ambientales probadas que tuvo como consecuencia la impunidad de los daños ambientales; sin tener en consideración que el TFA pudo optar por ejercer su función jurisdiccional y, resolver en función de los hechos y medios probatorios concernientes al caso. Por tanto, en el caso materia de análisis, debió prevalecer la protección al derecho al medio ambiente, por encima de los aspectos procedimentales; en razón de que, la finalidad del sistema de justicia ambiental debe ser contar con una fiscalización efectiva y razonable, que promueva la restauración ambiental, potencialmente disuasiva, que tampoco implique la parcialidad y la confiscatoriedad.Ítem Texto completo enlazado La razonabilidad de las medidas administrativas en materia ambiental: Un análisis de la Resolución del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA Nº 010- 2020-OEFA/TFA-SE en relación al caso de Las Bambas y el Corredor Vial Minero Apurímac-Cusco(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-01) Sáenz Mori, Gabriela Emilia; Aldana Durán, Martha InésA partir de la evaluación de calidad ambiental realizada en el 2019 por el OEFA, detectó excesos en los Estándares de Calidad Ambiental-ECA de los cuerpos receptores de Aire y Ruido en el Corredor Vial minero Apurímac-Cusco en la provincia de Chumbivilcas, los cuales fueron atribuidos a la actividad de transporte de minerales de la empresa Las Bambas. Al respecto, se sostiene que el requerimiento de Modificación de la Evaluación de Impacto Ambiental dictado mediante Resolución del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA Nº 010- 2020-OEFA/TFA-SE plantea una problemática en relación a (i) las garantías procesales del administrado, que son conexas a los principios de razonabilidad, legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica; (ii) así como al respeto del derecho constitucional a gozar de un medio ambiente sano y equilibrado y por consiguiente, el derecho a la salud de las poblaciones colindantes con el Corredor Vial en Chumbivilcas. La facultad otorgada a la autoridad de fiscalización ambiental de requerir la Modificación de Evaluación de Impacto Ambiental resulta muy eficaz para la prevención de impactos negativos ambientales ocasionados por proyectos en marcha. No obstante, es de suma importancia las medidas administrativas respondan al criterio de razonabilidad y no terminen siendo onerosas e innecesarias y que finalmente terminen perjudicando a un administrado que desarrolla su actividad económica en cumplimiento de sus obligaciones y compromisos ambientales. En otras palabras, OEFA como autoridad de fiscalización ambiental debe lograr, mediante el dictado de medidas, garantizar un equilibrio entre la actividad minera y la protección ambiental.Ítem Texto completo enlazado La certificación ambiental en los contratos de préstamos bancarios como práctica de buen Gobierno Corporativo para promover las finanzas para la acción climática(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-30) Domínguez Torres, Yaneth Ximena; Aldana Durán, Martha InésEl cambio climático contribuye a la creación de los riesgos financieros relacionados con el clima, cuya gestión y mitigación ha justificado el desarrollo de las finanzas para la acción climática. El papel del sector financiero bancario, y del sector financiero en general, resulta ser clave en este tipo de finanzas, debido a la liquidez que otorgan a sus clientes empresariales para facilitar el desarrollo de actividades o proyectos económicos sostenibles. Sin embargo, la no exigencia de los bancos a sus clientes de contar con la certificación ambiental como requisito previo para el otorgamiento del préstamo, no contribuye a que se promuevan actividades económicas a favor del clima. Frente a ello, se plantea como hipótesis la aprobación de los estudios ambientales en los contratos de préstamos bancarios como práctica de buen gobierno corporativo para promover las finanzas para la acción climática. Analizando los casos de BBVA respecto a Cálidda, el Banco Mundial respecto a los pequeños productores de café de Chiapas y La Bolsa Social respecto a Sepiia, en los cuales la sostenibilidad está presente, pero no se considera la presentación de la certificación ambiental por parte de la autoridad administrativa correspondiente como requisito previo para acceder al préstamo. En definitiva, la aprobación de la certificación ambiental en los contratos de préstamos bancarios es posible como una práctica de buen Gobierno Corporativo, debido al carácter autorregulatorio que presentan en parte, este tipo de prácticas lo cual, sugiere la posibilidad de incluirla de forma voluntaria permitiendo así, beneficiar los intereses de los stakeholders.Ítem Texto completo enlazado Decreto Legislativo 1500 y la regulación de la participación ciudadana en el sector ambiente(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-24) Mendoza Graza, Fiorella Isabel; Aldana Durán, Martha InésEn el presente trabajo académico, se realizará un análisis sobre el Decreto Legislativo Nº 1500 y su impacto en la regulación sobre participación ciudadana en el sector ambiente. Como resultado de la investigación realizada, se plateará la necesidad de adaptar el referido Decreto Legislativo a la regulación actual vigente. Lo cual conlleva también a identificar la importancia de actualizar los Reglamentos de Participación Ciudadana relacionados al sector ambiente, para poder regular los mecanismos virtuales de participación ciudadana. Como parte del análisis, se concluirá que así como ha cambiado el contexto en relación a la Emergencia Sanitaria y el Estado Nacional de Emergencia, se han modificado los fundamentos del Decreto Legislativo Nº 1500. Por lo tanto, es necesario analizar cuales son los efectos de la modificación de sus fundamentos. Teniendo en consideración que si bien la virtualidad ha implicado una gran oportunidad para la participación ciudadana, existen factores sobre la presencialidad que no pueden ser reemplazados, a razón de las características del Perú, como falta de acceso a energía o medios virtuales por parte de la población. Para sustentar las conclusiones planteadas en el presente trabajo, se realizará un estudio del marco normativo sobre la participación ciudadana en el sector ambiente, y cómo impactó la vigencia del Decreto Legislativo Nº 1500 en dicho marco normativo. De igual forma, se tomará en cuenta los informes de Defensoría del Pueblo para identificar cómo ha impactado la implementación de mecanismos virtuales en la población.Ítem Texto completo enlazado Análisis de los impactos del Acuerdo de Escazú en la regulación nacional sobre justicia ambiental(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-24) Villanueva Caceres, Gabriela Alejandra; Aldana Durán, Martha InésEl Acuerdo de Escazú constituye un hito ambiental para América Latina y el Caribe. Su objetivo es asegurar el derecho al acceso a la información, participación ciudadana y la justicia en asuntos ambientales. Aunque el Perú suscribió dicho acuerdo, terminó rechazando su ratificación. Uno de los principales argumentos fue la falta de innovación de este tratado, puesto que su contenido ya se encontraría regulado en la legislación nacional. Ante la duda del contenido de las disposiciones de dicho acuerdo, es necesario corroborar los impactos reales, que puede generar en la legislación nacional. De esa manera, se puede determinar la necesidad de contar con dicha ratificación. Uno de los aspectos regulados en el acuerdo es la justicia ambiental. Esta busca que toda persona que sufre impactos ambientales desproporciónales cuente con las herramientas necesarias para reparar los daños sufridos. Considerando que la justicia ambiental es uno de los pilares, este trabajo tiene como objetivo analizar la legislación nacional con relación a la justicia ambiental, a fin de determinar cómo dicho acuerdo podría beneficiar o fortalecerlo. Como resultado, se podrá observar que la regulación actual es una de las más avanzadas de la región. Incorpora gran cantidad de las disposiciones del Acuerdo de Escazú. Además, pueden alcanzarse las exigencias del tratado a través de instrumentos infralegales. En ese sentido, la ratificación del Acuerdo de Escazú, en materia de justicia ambiental, responde a intereses políticos, más que a vacíos o falta de protección de la justicia ambiental.Ítem Texto completo enlazado Actividades mineras con impactos transfronterizos: el caso de la Mina Pucamarca en la región fronteriza entre el Perú y Chile en el marco de los instrumentos de gestión ambiental y el derecho ambiental internacional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-27) De las Casas Díaz, César Augusto; Aldana Durán, Martha InésEl incremento de las actividades mineras en el Perú y el mundo se ha producido de modo acelerado en las últimas décadas, como resultado de la dinámica de la economía mundial y el surgimiento de nuevos actores económicos globales como China. Esas actividades se han extendido hasta las líneas de frontera, siendo motivo de preocupación por los eventuales riesgos que dichas operaciones implican y por los impactos y daños que podrían tener en el bienestar de las personas y el ambiente en el territorio del otro país. Por ese motivo, hacemos un análisis de la decisión adoptada en el caso entre Costa Rica y Nicaragua por la Corte Internacional de Justicia y la Opinión Consultiva emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos a pedido de Colombia, a la luz de cuyos criterios analizamos el caso del proyecto minero Pucamarca y la necesidad de ampliar el alcance de los instrumentos de gestión ambiental a las actividades de frontera e impactos en el territorio del otro país.Ítem Texto completo enlazado La Regulación de la Potestad Supervisora de las Entidades de Fiscalización Ambiental a cargo del OEFA: Avances y Desafíos a Nivel de los Gobiernos Regionales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-27) Cárdenas Cabrera, Elizabeth Esther; Aldana Durán, Martha InésEn el presente trabajo se analizarán los Informes de Supervisión elaborados por las ODES de Tumbes, Arequipa, Huancavelica y Loreto, teniendo como objetivo general, verificar el desempeño de las funciones de fiscalización ambiental al Gobierno Regional de Tumbes, Arequipa, Huancavelica y Loreto, desarrolladas a través de la Dirección Regional de Producción, Dirección Regional de Energía y Minas , Dirección Regional de Salud , Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. Y ello se logrará cumpliendo el objetivo específico que es verificar la ejecución del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Planefa) del año 2021 y 2022 de los Gobiernos Regionales de Tumbes, Arequipa, Loreto y Huancavelica. Para de esta manera determinar cuales son los avances y desafíos a nivel de los Gobiernos Regionales.