Agenda Internacional
URI permanente para esta comunidadhttp://54.81.141.168/handle/123456789/174837
ISSN: 1027-6750
e-ISSN: 2311-5718
Agenda Internacional es la revista académica del Instituto de Estudios Internacionales (IDEI) de la PUCP que, desde su origen en 1994, tiene como objetivo brindar un aporte multidisciplinario sobre los principales aspectos de la realidad internacional. En tal sentido, son bienvenidas contribuciones desde el mundo del derecho, la ciencia política, las relaciones internacionales, la economía, la historia y otras ramas del conocimiento siempre que brinden un aporte desde una perspectiva internacional. Desde 2005 la revista se publica con una periodicidad anual.
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Ítem Texto completo enlazado El ámbito de aplicación del derecho internacional humanitario : desarrollos recientes(Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial, 2006) Sánchez Patrón, José ManuelEl Tribunal Internacional de Justicia señaló, en su opinión consultiva sobre la licitud de la amenaza o el empleo de armas nucleares de 8 de julio de 1996, que: [ ... ]el «derecho de La Haya» [ ... ]fija los derechos y deberes de los beligerantes en la conducta de las operaciones y limita la elección de los medios de guerra contra el enemi-go en los conflictos armados internacionales. [ ... ] el «derecho de Ginebra» [ ... ] protege las víctimas de la guerra y salvaguarda a los miembros de las fuerzas armadas que se en-cuentran fuera de combate así como a las personas que no participan en las hostilidades. (Pues bien) estas dos ramas del derecho aplicable en los conflictos armados han desarrollado relaciones tan estrechas que se considera que han constituido gradualmente un solo sistema complejo, que se llama hoy en día derecho internacional humanitario. 1 A partir de esta constatación, la doctrina jurídica define [ ... ] el derecho internacional humanitario (como) el cuerpo de normas internaciona-les, de origen convencional o consuetudinario, específicamente destinado a ser aplicado en los conflictos armados, internacionales o no internacionales, y que limita, por razones humanitarias, el derecho de las Partes en conflicto a elegir libremente los métodos y los medios utilizados en la guerra, o que protege a las personas y a los bienes afectados, o que pueden estar afectados, por el conflicto (armado).Ítem Texto completo enlazado Alcances de la Segunda Conferencia de Examen de la Convención de las Naciones Unidas de 1980 sobre ciertas armas convencionales(Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial, 2002) Loye, DominiqueDesde la antigüedad se ha planteado la necesidad de establecer limitaciones a los tipos de armas empleadas en las hostilidades. Por ejemplo, en los códigos de guerra antiguos se prohibían los medios y métodos, considerados como bárbaros e inhumanos. Estos códigos constituyen los antecedentes de las normas de Derecho Internacional Humanitario que reglamentan, hoy en día, la legitimidad del uso de ciertas armas en el marco de los conflictos armados. Es así que, actualmente, es posible identificar tratados internacionales que establecen limitaciones concretas a los medios y métodos de conducción de las hostilidades. Uno de tales tratados es, particularmente, la Convención sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados1 (en adelante, CAC), la misma que, adoptada el 10 de octubre de 1980, entró en vigor el2 de diciembre de 1983. La reglamentan el uso de ciertas armas convencionales.Ítem Texto completo enlazado Contribución del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) al proceso de creación de la Corte Penal Internacional(Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial, 2003) Valladares, Gabriel PabloEl establecimiento de un tribunal penal intemacional como el previsto en el Estatuto de Roma adoptado el 17 de julio de 1998 es un anhelo de la comunidad interna-cional desde hace mucho tiempo.Ítem Texto completo enlazado Algunos apuntes sobre la aplicación del derecho internacional humanitario en la guerra en Iraq(Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial, 2003) Salmón Gárate, ElizabethConscientes del drama que la humanidad acababa de sufrir durante la Segunda Guerra Mundial, los Estados optaron por algo que parece tan contradictorio corno útil. Por un lado, prohibieron el uso o amenaza del uso de la fuerza (y eso proscribía cualquier posibilidad de guerra entre Estados respetuosos del derecho internacional); y, al mismo tiempo (aunque con antecedentes más lejanos en el tiempo), el 12 de agosto de 1949, plasmaron un cuerpo de normas que regula lo que ocurre en un conflicto armado (incluidos los que no revisten carácter internacional) y que denominaron derecho internacional humanitario. Este derecho, aceptado por Iraq, Estados Unidos y Reino Unido1 desde la década de los cincuenta, es uno de emergencia y no permite ni prohibe los conflictos armados, sino que, frente a su desencadenamiento (que podría resultar lícito o ilícito), se aboca asépticamente al fin de humanizarlos y limitar sus efectos a lo estrictamente necesano.Ítem Texto completo enlazado Opinión Consultiva del 9 de julio de 2004 sobre las consecuencias legales de la construcción de un muro en el territorio ocupado de Palestina(Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial, 2004) Loayza Tamayo, CarolinaNo contiene resumenÍtem Texto completo enlazado Las posibilidades de internacionalización del conflicto colombiano y sus consecuencias(Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial, 1999) Soberón Garrido, RicardoCrecientemente la comunidad internacional viene adoptando una nueva modalidad de intervención para encarar aquellos conflictos de naturaleza interna pero que cuentan con suficientes elementos para perturbar la paz regional, cuando no la estabilidad mundial. La prolongada crisis de Kosovo y la criticada respuesta militar de la OTAN y sus consecuencias para los Balcanes, son el mejor de los ejemplos sobre los múltiples problemas que todavía encara este nuevo paradigma del Derecho Internacional en general y del Derecho Internacional Humanitario en particular, ad portas del siglo XXI. La denominada intervención humanitaria, o las también llamadas operaciones de búsqueda de la paz comienzan a ocupar la atención y los presupuestos nacionales de las potencias occidentales y de la Organización de las Naciones Unidas en reemplazo de lo que hasta la fecha se conocían -durante el periodo de la Guerra Fria-como las tradicionales operaciones de mantenimiento de la paz entre dos paises en conflicto que hubieran llegado a un cese al fuego (tal fue el caso del conflicto entre Israel-Egipto e India-Paquistán en la década de los 70).Ítem Texto completo enlazado La protección de las inversiones extranjeras en conflictos armados y situaciones de emergencia(Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial, 2007) Pastor Palomar, AntonioEl tema que se presenta pretende examinar la relación entre dos elementos del Derecho Internacional de las Inversiones que nos conducen al contenido y los objetivos del De-recho Internacional Humanitario. De un lado, determinados climas de inversión -el conflicto armado u otras situaciones excepcionales o de emergencia nacional, revolu-ción, disturbio, tensiones internas-; todos ellos explícitamente regulados en tratados internacionales e interpretados por la jurisprudencia internacional. De otro lado, un objetivo general: la protección y la seguridad jurídica de la inversión extranjera.Ítem Texto completo enlazado El derecho de los conflictos armados no internacionales : una visión introductoria(Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial, 2000) Hernández Campos, AugustoLa importancia objetiva del estudio del régimen legal aplicable a los conflictos internos emerge de la preponderancia casi total de los conflictos internos en las guerras del mundo posterior a la Guerra Fría y la urgente necesidad de una satisfactoria regulación respectiva. Aquí analizaremos el papel que tiene el Derecho Internacional moderno en los conflic-tos armados internos para regularlos. Para cumplir tal fin estudiaremos diversos elementos angulares constitutivos de esta disciplina jurídica. Comenzaremos por una necesaria definición de términos y conceptos, se-guiremos con la noción de esta rama ius internacionalista, así como los principios relevantes que guían a este conjunto de normas. También revisaremos las nociones del estado de belige-rancia y de las hostilidades, para así poder examinar su campo de aplicación, otorgándole relevancia a la aplicación ratione materiae.Ítem Texto completo enlazado La privatización de la violencia y la responsabilidad penal individual de agentes no-estatales por crímenes de lesa humanidad : una apreciación crítica del sistema interamericano(Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial, 1994) Ramacciotti de Cubas, BeatrizEste ensayo intenta una aproximación al problema de la violencia como principal amenaza a la vigencia de los derechos humanos en la sociedad actual. Es tan vasto el espectro que involucra el estudio de este tema, tan complejo y grave, que no existe la pretensión de sentar aquí una teoría o planteamiento acabado. Estas inevitables limitaciones, sin embargo, no nos impiden abordar el análisis e intentar un acercamiento a la cuestión, enfocándola fundamentalmente en una de sus múltiples aristas: las violaciones a los derechos humanos provenientes del terrorismo como crimen organizado, como crimen de «lesa humanidad», que demanda, de manera urgente, una respuesta jurídica y mecanismos concre-tos de prevención y sanción.