Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

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    El juez legislador en el IX Pleno Jurisdiccional Supremo Laboral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-27) García Núñez, Enrique Iván; Paredes Palacios, Paul Gonzalo
    El presente trabajo intenta revisar el contenido del IX Pleno Jurisdiccional Supremo Laboral desde una visión crítica. Así revisaremos cómo los jueces que participaron en esta reunión se extralimitaron de sus funciones creando reglas o normas para los trabajadores restringiendo su derecho a la tutela jurisdiccional efectiva.
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    La inclusión del estrés laboral al listado de enfermedades profesionales
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-27) Fuentes Coronado, Irma Fiorella; Ojeda Quiroz, César David
    La normativa laboral peruana en materia de seguridad y salud en el trabajo ha regulado y reconoce, la existencia de agentes psicosociales, así, estos agentes deben ser evaluados y prevenidos por los empleadores, evitando que los trabajadores se encuentren expuestos a dichos agentes y estos generen algún daño en su salud mental. Así pues, estos daños que alteran la psiquis de los trabajadores pueden repercutir de forma negativa en su salud no solo mental si no también física. Dichos efectos negativos pueden acarrear en diagnósticos relacionados al estrés crónico, depresión, ansiedad y afecciones de origen cardiovascular, musculoesqueléticos y neurológicas. Entre los factores de riesgo psicosocial más comunes se encuentran, el exceso de trabajo, la inseguridad laboral, el hostigamiento sexual y el mobbing, sumado a esto, los efectos derivados de la aparición de la COVID-19, los cuales han repercutido de forma perjudicial principalmente a los trabajadores de la salud, los cuales se han visto expuesto por casi dos años a sus efectos. Estos factores pueden llevar a un aumento del estrés laboral y a un mayor riesgo de enfermedades asociadas a la salud mental de los trabajadores. En ese sentido, la finalidad es analizar si la legislación peruana, protege a los trabajadores frente a los efectos adversos de naturaleza psicosocial, vinculados a la salud mental. Como consecuencia de ello, el presente trabajo busca analizar los beneficios de incluir el estrés de origen laboral, dentro del listado de enfermedades profesionales.
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    El derecho al descanso como factor de prevención ante accidentes de trabajo en perjuicio de maquinistas textiles bajo jornadas en turnos rotativos
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-27) Carbajal Meléndez, Max Royer; Osorio Velarde, Ccantu Stefany
    El sustento principal para abordar esta investigación versa sobre el impacto que pueda generar sobre los maquinistas textiles, actividad laboral calificada como de alto riesgo, la indebida aplicación del derecho al descanso, sobre todo en la ejecución de jornadas laborales en turnos rotativos. Este contexto puede generar mayores contingencias y riesgos ante posibles accidentes de trabajo, así como el padecimiento a la salud mental y/o física de los prestadores de servicios, debido a los cambios periódicos y radicales entre los turnos a trabajar (sea de diurno a nocturno, o viceversa). Asimismo, de manera dogmática e interdisciplinaria, la problemática analizada (en el sentido del tiempo de trabajo y de descanso) se enmarca en una relevancia social y académica, en tanto que concebir al derecho al descanso como factor de prevención ante situaciones laborales calificadas de alto riesgo, engloba el análisis de diversos aspectos que ameritan cambios sustanciales por parte del Estado. En ese sentido, el objetivo central es reconocer y visibilizar que la tenue regulación aplicada para las turnos rotativos dista de preocuparse por limitar situaciones que pueden generar impactos negativos en la salud y la seguridad de los trabajadores, aunado a no señalar ningún elemento determinante frente a la prevención y protección ante actividades económicas con altos índices de accidentes laborales. Reconocer la posibilidad de implementar propuestas de cambio es un escalón determinante para reformular una modalidad de trabajo acorde con la productividad, debiéndose enlazar con los principios que rigen a la seguridad y salud en el trabajo.
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    “Por más que quiera”: Las dificultades para el adecuado tratamiento de información médica de trabajadores
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-19) Rodriguez Bernal, Gemma María Lourdes; Galicia Vidal, Saulo Roberto
    El tratamiento de información médica en el ámbito laboral es una materia poco investigada estrechamente vinculada al ejercicio de los derechos fundamentales a trabajar en un entorno seguro y saludable, a la intimidad y a la protección de información sensible. Más aún, se han identificado ciertas incongruencias entre las disposiciones normativas de seguridad y salud en el trabajo y de protección de datos personales que obstaculizan el adecuado tratamiento de esta información médica de trabajadores a cargo del empleador. El presente artículo académico realiza una investigación explicativa que identifica -en las intrincadas disposiciones normativas y en la ausencia de un diálogo entre las ramas jurídicas involucradas- las principales dificultades para un comprobado estado actual de afectación a derechos fundamentales por la ausencia de una fórmula jurídica certera para el adecuado tratamiento de información médica de trabajadores.
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    La inobservancia de los derechos laborales de los artistas, en específico el descuido en el derecho a la Seguridad y Salud en el Trabajo en el caso de los intérpretes y ejecutantes
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Rázuri Vargas, César Augusto; Lengua Apolaya, César Augusto
    Los músicos son un grupo que, históricamente, se han visto relegados por el propio Estado, tanto en lo que respecta a la generación de empleo como a la conservación del mismo. Ello ha desembocado en que, entre otros derechos, el correspondiente a la Seguridad y Salud en el Trabajo haya sido pasado por alto en reiteradas ocasiones, especialmente para el caso de los intérpretes y ejecutantes. En ese sentido, el presente trabajo busca abordar, primero, un planteamiento teórico sobre lo que el régimen laboral de los artistas, de modo que el lector cuente con los fundamentos suficientes para comprender el contexto en el que se encuentran. Luego, nos adentramos a lo que es la materia pertinente, verificar si es que existe, tanto en la norma positiva como en la práctica, un verdadero reconocimiento y eficacia de tal derecho. Finalmente, nos centraremos en lo reseñado en instrumentos internacionales, además de presentar legislación comparada, lo cual provoca un escenario generalizado y de perjuicio en contra de los artistas, posicionando al Estado peruano como principal responsable de lo ocurrido. Con ello, proponemos que se expida una regulación técnica especializada para los artistas intérpretes y ejecutantes, debido a la muy particular prestación de servicios que realizan.
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    La fiscalización del empleador sobre el empleo de las herramientas digitales otorgadas durante la relación laboral: una perspectiva constitucional y laboral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-01-30) Chunga Anton, Joselyn Maria; Sarzo Tamayo, Victor Renato
    En las relaciones de trabajo se utiliza frecuentemente herramientas digitales para el cumplimiento de las labores, por ello, el empleador entrega en uso a los trabajadores herramientas digitales de comunicación de su propiedad para el ejercicio de sus labores; sin embargo, algunas veces estas son utilizadas para fines diferentes a los que se otorgaron, generando conflictos en la relación laboral. Los empleadores deben establecer reglas claras para el uso de las herramientas de su propiedad, señalando así los usos adecuados e inadecuados, además de las formas de fiscalización de ellas, sin vulnerar los derechos fundamentales a la intimidad y al secreto y a la inviolabilidad de las comunicaciones de los trabajadores, respetando los límites que establece la legislación La finalidad del presente trabajo de investigación es analizar los derechos fundamentales involucrados y señalar cuáles son los límites del empleador y también del trabajador. Para ello, se analizarán los derechos involucrados, las características de las herramientas digitales, la modulación de los derechos dentro de la relación laboral y se brindará una perspectiva desde la experiencia extranjera. Finalmente se estudiará un caso particular sobre el mismo tema aplicado a los funcionarios públicos y se brindarán recomendaciones para una fiscalización eficaz dentro de los límites legales.
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    ¿Sindicato minoritario o club de amigos?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-10-04) Torres Soto, Laura Karina; Ojeda Quiroz, César David
    Este trabajo cuestiona la regulación legislativa de nuestro país respecto de la elección del sindicato más representativo (cuando tenemos más de un sindicato dentro del mismo ámbito), el mismo que –en un escenario de pluralidad sindicalsostenemos que limita el derecho a negociar colectivamente a los sindicatos minoritarios que compartan ámbito con el sindicato minoritario. Para llegar a esta conclusión comenzamos explicando el contenido esencial del derecho a la libertad sindical, el mismo que no involucra solamente la creación de organizaciones sindicales, sino también –para que este derecho tenga vida- que pueda realizar actividades como negociar colectivamente; caso contrario, estaríamos ante un club o una mera lista de trabajadores. Consideramos, por tanto, que existe una vulneración al derecho a la igualdad de los sindicatos minoritarios pues –como están las cosas- es una facultad del sindicato mayoritario incluirlos en la mesa de negociación. Siendo este el estado de la cuestión, se propone una lectura constitucional e incluso una modificación legislativa del artículo 9 del Texto único ordenado de la Ley de relacionales colectivas de trabajo, aprobado por el Decreto supremo 10- 2003-TR. Modificación que consideramos necesario para: (i) la participación “obligatoria” de los sindicatos minoritarios, (ii) la desaparición de sindicatos de ámbito, (iii) favorecer la unidad sindical.
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    La concurrencia en estado de embriaguez al centro de trabajo como vulneración al deber de la buena fe laboral: Modificación al inciso e) del artículo 25° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-21) Vasquez Chávez, Vanessa; Osorio Velarde, Ccantú Stefany
    La concurrencia en estado de embriaguez al centro de trabajo es una conducta que a nivel normativo y jurisprudencial ha generado gran controversia, debido a la interpretación extensiva y permisiva de los operadores de justicia. Asimismo, existe una falta de rigurosidad para sancionar esta conducta, ya que nuestra norma solo ampara dos supuestos para la aplicación de la medida disciplinaria del despido, lo cual desvirtualiza la gravedad y el impacto que esta conducta produce por si sola en el ámbito laboral, como es la baja productividad en sus actividades, accidentes de trabajo, rendimiento deficiente, etc. Siendo así, nuestra legislación no valora la afectación al principio de la buena fe laboral que causa este comportamiento, así como a los lineamientos de seguridad y salud en el trabajo, que velan por el bienestar físico y mental de todos los trabajadores y los cuales se deben respetar a lo largo de toda la relación laboral. En esa línea, el objetivo principal de este trabajo de investigación es proponer la modificación del inciso e) del artículo 25° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, con la finalidad de establecer parámetros pertinentes que sancionen al trabajador a través del análisis de diversos factores, ya que esta conducta no puede limitarse a ser sancionada legalmente por solo dos supuesto, pues el simple hecho de que el trabajador se encuentre bajo los efectos del alcohol implica, no solo una falta laboral, sino un incumplimiento a los deberes de buena conducta y de seguridad y salud en el trabajo.
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    Comentarios a la Ley n° 31572, Ley del teletrabajo
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-27) Ramos Espinoza, Néstor Denys; Ojeda Quiroz, César David
    El presente artículo tiene como tópico analizar y comentar la ley n° 31572, Ley del teletrabajo, tocando temas muy interesantes como la reversibilidad, la desconexión digital y la negociación colectiva de trabajo. En el primer capítulo, se revisa las definiciones sobre el teletrabajo y se ensaya ideas importantes sobre la reversibilidad y el poder directriz del empleador, luego en el segundo capítulo se señala la importancia de que la desconexión digital tenga un enfoque de prevención de riesgos y laborales, y por último, en el tercer capítulo se propone a la negociación colectiva de trabajo como el medio idóneo en caso el reglamento de la ley comentada no establezca los puntos acotados en los capítulos anteriores.
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    Derechos inespecíficos de las personas trans relevantes para el mundo del trabajo a la luz del Sistema Interamericano de derechos humanos
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-27) Javier Cuba, Ivana; Mendoza Choque, Luis Enrique
    La tutela reforzada en favor de las personas trans se encuentra sustentada jurídica y extrajurídicamente, al estar dentro de categorías protegidas y/o sospechosas de discriminación a partir de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, entenderlas como una población en situación de vulnerabilidad, por la criminalización, patologización y estigmatización de su existencia, desde un punto de vista relacional, respectivamente. Así, se plantea como problema jurídico identificar cuales con los estándares que la regulación laboral interna debe considerar a fin de garantizar los derechos inespecíficos de las personas trans en el mundo del trabajo. En esa línea, se analizan las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la materia, su evolución y su aplicación al ámbito del trabajo, como concepto amplio, no restringido a la relación jurídico laboral como tal. Se identifican tres derechos: identidad de género, expresión de género y a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, reconocidos desde el derecho internacional, sobre los cuales se proponen medidas de intervención regulatoria concordantes con las obligaciones generales de los estados parte de dicho tratado, de prevención, protección y adecuación de la normativa interna, relacionadas con el acceso y terminación de la relación de trabajo, condiciones básicas de trabajo decente y límites al poder de dirección.