Prevención y Control de la Corrupción

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    ¿Es correcto que los operadores de justicia determinen la misma pena para autores y cómplices primarios en el delito de colusión?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-18) Alvarado Cánez, Alex Hugo; Quispe Meza, Daniel Simón
    El presente trabajo académico posee como finalidad cuestionarnos si es adecuado que los operadores de justicia determinen la misma pena para autores y cómplices primarios en el delito de colusión, ya que por su naturaleza bilateral, existen mínimamente dos implicados -servidor o funcionario público e interesado- en donde el primero tendrá el título de autor y el segundo de cómplice primario. Ahora bien, es relevante destacar que, para establecer el quantum de pena en un hecho ilícito, se debe de asociar la afectación del bien jurídico y el acto ilícito, respetando los principios de proporcionalidad e igualdad. En el caso del delito que analizamos, solo el servidor o funcionario público pueden afectar directamente y con mayor intensidad el bien jurídico, pues la protección de este bien jurídico está en la esfera de este último, dado que tiene un deber especial que lo diferencia de los demás sujetos. Por otro lado, tras un análisis jurisprudencial sobre la determinación de pena del delito de colusión, se advierte que las decisiones judiciales carecen de predictibilidad, generando inseguridad jurídica. Por lo que, evidenciando este aspecto, consideramos que, aunque erróneamente se interprete que artículo 25 del Código Penal establece que el autor y el cómplice primario deben tener la misma pena concreta, los autores deben tener mayor reproche penal que los interesados, ello en marco del artículo 45 del Código Penal y de los principios de proporcionalidad e igualdad.
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    Análisis de la responsabilidad penal del superior jerárquico
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-17) Alcedo Solano, Sandra Pamela; Quispe Meza, Daniel Simón
    La relevancia del estudio de la aplicación del principio de confianza en los delitos de corrupción de funcionarios dentro de estructuras complejas de las organizaciones estatales es relevante. En ese sentido, los deberes de garantía o deberes de cuidado secundarios sobre las conductas ajenas del funcionario o servidor público dependerán del alto, medio o bajo cargo que desempeñen.
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    El delito de Enriquecimiento Ilícito como delito de consumación permanente y las consecuencias subsecuentes en la atribución de responsabilidad penal al extraneus
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-21) Yaringaño Campos, Dora Lucia; Chanjan Documet, Rafael Hernando
    El presente trabajo académico versa respecto del análisis realizado al delito de Enriquecimiento ilícito, el mismo que se encuentra tipificado en el artículo 401° de nuestro Código Penal. Al respecto, resulta posible afirmar que se cuenta con tres principales objetivos. El primero de ellos es el determinar el tipo de consumación que se produce en el delito materia de análisis. Sin perjuicio de ello, el segundo objetivo se encuentra abocado al análisis y determinación de la atribución de responsabilidad penal a los sujetos que intervengan durante la ejecución del delito mencionado previamente, sean estos pasibles de ser considerados como intranei o extranei. Asimismo, se tiene como tercer objetivo, al estudio del concepto jurídico “acuerdo previo”, o también llamado “pactum sceleris”, y, a partir de ello, se determinarán las consecuencias jurídicas que el mismo pueda conllevar en el marco de un proceso penal. Sumado a ello, se realizará una ejemplificación jurisprudencial en torno al concepto del pactum sceleris. Cabe mencionar que a lo largo del desarrollo del presente trabajo académico se ha hecho uso del método de investigación, mediante el cual se evaluó y aplicó el resultado de lo indagado en la doctrina autorizada actual y los pronunciamientos jurisprudenciales de mayor relevancia.
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    Interpretación del elemento “caso judicial o administrativo” del delito de Tráfico de Influencias
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-21) Vargas Rondon, Maria Fernanda; Chanjan Documet, Rafael Hernando
    El presente artículo académico tiene como finalidad realizar un análisis sobre el elemento normativo “caso judicial o administrativo” del tipo penal de Tráfico de influencias, el mismo que ha sido objeto de varias interpretaciones tanto en la doctrina como en la jurisprudencia. Para abordar el objetivo planteado, el artículo académico se dividirá en tres capítulos. En el primero, se realiza un análisis del tipo penal, en el que se da cuenta de su evolución normativa, el bien jurídico protegido y los elementos del tipo objetivo. En el segundo, después de un recuento por los instrumentos internacionales, la legislación comparada y la jurisprudencia nacional, se propone la interpretación del elemento “caso judicial o administrativo”. En el tercero, se aborda el principio de legalidad penal y la interpretación teleológica del elemento normativo en cuestión. Finalmente, se concluye que la interpretación del elemento “caso judicial o administrativo” debe ser amplia. Por lo que, “caso judicial” debe comprender no solo los procesos del ámbito jurisdiccional, sino los previos a este (investigación policial y fiscal), mientras que “caso administrativo” debe entenderse como procedimiento administrativo. La metodología empleada tiene como base la revisión de conceptos dogmáticos, los principios del derecho penal y constitucional, así como los conceptos del derecho administrativo y procesal; para lo cual, se recurrió a la doctrina nacional e internacional, así como a la jurisprudencia emitida por el Poder Judicial y del Tribunal Constitucional.
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    La necesidad de regular el delito de colusión activo en el código penal peruano
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-13) Sotomayor Herrera, Jimmy Manuel; Novoa Curich, Yvana Lucía
    El problema jurídico que aborda en el presente trabajo académico consiste en poner en relieve la necesidad de regular un tipo penal independiente para el particular que se concierta con el funcionario público en el marco de una contratación estatal. Sostenemos esta necesidad en la medida que no compartimos el actual tratamiento que se le da al extraneus en el delito de colusión, debido a que dogmáticamente su conducta no puede ser considerada como accesoria y por ende limitarse a un supuesto de participación. El presente trabajo académico propone regular el tipo penal de colusión activo, donde se establezca autoría de este delito para el extraneus que se coluda con el funcionario público en el marco de la contratación estatal. El primer problema jurídico identificado en el presente trabajo es el considerar al delito de colusión como un delito de participación necesaria, lo que en la práctica puede generar impunidad o sentencias sin fundamento jurídico. Mencionamos ello porque en muchas ocasiones existen problemas por parte de la fiscalía para identificar a la persona concreta dentro de la persona jurídica con la cual se habría coludido el funcionario público. Ello lleva a que no se pueda aplicar el delito de colusión y se opta de manera subsidiaria por el delito de negociación incompatible, que claramente tiene una pena mucho menor al delito de colusión. Así mismo, encontramos que la pena que se le impone actualmente al extraneus en el delito de colusión. Mencionamos ello, porque al tratárselo como cómplice primario, el artículo 26 del código penal, establece que le corresponde la misma pena que al autor. En nuestra opinión ello es equivocado, porque no se le puede imponer la misma sanción al particular que no tiene deberes para con el estado, y al funcionario que sí tiene estos deberes especiales. Se estaría vulnerando claramente el principio de proporcionalidad, sobre todo si reparamos en que estamos ante un delito de infracción de deber.