(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002-05-03) Vizcarra Giurfa, Carolina
Actualmente se ha generado una nueva visión acerca del modo de hacer negocios y de relacionarse con el entorno social. La aplicación de la Responsabilidad Social Empresarial es un valor agregado con el que cuentan muchas empresas en el mercado y que les permite competir de una manera más favorable no sólo respecto de sus intereses, sino en beneficio de la sociedad en general. Son los empresarios el día de hoy los llamados a ¡:mcurar un bienestar social. Esta actividad es trascendental en especial en una realidad tan diversa como la del Perú, en la cual/a actil'idad estatal con respecto a la relación que mantiene con las regiones y comunidades, es casi imperceptible y debería de modificarse ya que es hoy una nueva meta la que nos marca, "la descentralización", donde no cabe ti'W actitud paternalista por parte del Estado, sino que éste debe de promover una mayor independencia y autodeterminación de las regiones y gobiernos locales convirtiéndose él en un regulador no intervencionista Fn ese sentido el Estado deberia de tomar parte de los principios de esta ideología que le permitan cumplir con las metas y tareas trazadas.
A continuación, desarrollamos algunos elementos que deben estar presentes en el análisis de la sentencia (*) del Tribunal Constitucional No 1124-2001-AAffC en la que se inaplica el artículo 34° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral por considerarse inconstitucional
(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002-05-03) Medrano Cornejo, Humberto
Con fecha 4 de mayo de 1999, el Tribunal Fiscal expidió la Resolución W 532-4-99, estableciendo que los intereses moratorias estaban gravados con el Impues-to General a las Ventas. Si bien no constituía jurispru-dencia de observancia obligatoria, ese pronunciamiento del Tribunal Fiscal resultaba inconveniente porque, de un lado, no se ajustaba a determinados principios doctrinarios y, por otra parte, podía significar una inde-bida exigencia del IGV a contribuyentes que, en reali-dad, no adeudaban suma alguna por ese concepto. En esa oportunidad consideramos que se trataba de una apreciación errónea, tal como lo indicamos en un ensayo cuyos aspectos principales reseñaremos a con-tinuación, a fin de destacar que se ha producido un cam-bio de criterio en la jurisprudencia, cuyos lineamientos compartimos
(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002-05-03) Bullard, Alfredo
En este artículo se usará una experiencia concreta del Sistema Peruano para analizar las ventajas (y desventajas) de tener un sistema legal basado en la jurisprudencia antes que en el mero texto de la Ley. Creo que la experiencia de INDECOPI es un buen caso de estudio para comparar ambos sistemas.
(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002-05-03) Ravina, Raúl
El presente artículo busca analizar los costos de transacción en la transferencia de bienes inmuebles. La intención es demostrar de una manera práctica que nuestro sistema institucional (compuesto por las normas y entidades mvolucradas) impone a los ciudadanos una serie de costos de transacción que afectan el proceso de contratación. Con ese propósito, analizaremos: 1) por qué es importante la transferencia de los bienes, 2) qué son los costos de transacción y 3) cómo afectan los costos de transacción la transferencia de bienes inmuebles.
(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002-05-03) Godoy Mejía, José Alejandro
La investigación efectuada y la redacción de este texto no fueron tareas fáciles. En primer Jugar, mucha de la problemática a ser expuesta escapa al plano meramente jurídico y se adentra en la ciencia política y la lógica castrense. En segundo lugar, no muchos involucrados en el mundo del Derecho se han ocupado de la materia en cuestión. En tercer lugar, muchos de Jos hechos expuestos han ocurrido recientemente, por lo que podríamos carecer de la perspectiva dada por la distancia temporal más prolongada. Pero creemos conveniente plantear el tema por tres razones: primero, nos encontramos en un periodo de transición democrática, en el que todos Jos ciudadanos - en especial, quienes comenzamos o estamos familiarizados con el mundo jurídico - debemos contribuir. Segundo, porque pensamos que este trabajo puede contribuir a la discusión sobre el rol de las Fuerzas Armadas en momentos iniciales de su reforma estructural y de la reforma constitucional en marcha. Tercero, ante la necesidad de cerrar brechas entre civiles y militares, en donde nuestros mundos aparentemente separados comiencen a conocerse y entenderse, para poder convivir pacíficamente