El Derecho de Familia en el Tercer Milenio
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Derecho & Sociedad; Núm. 19 (2002)Abstract
La rama del Derecho Civil que ha sufrido mayo-res transformaciones a fines del segundo milenio ha sido el Derecho de Familia. El matrimonio, institución cen-tral del derecho de familia, cuya calidad de natural y fundamental de la sociedad se consagró con una lógica precisa, con una técnica jurídica acabada, es curiosa-mente la que más transformaciones ha tenido. En el imaginario ideológico occidental, se ha apreciado tradi-cionalmente esta técnica como el desarrollo de la ver-dad revelada, la calidad de institución natural, de utili-dad social o la culminación de un proceso lineal evolu-tivo de la historia que iba de la poligamia a la monogamia y de la monogamia a la monogamia perpetua. La aproxi-mación acerca del alcance y sentido de esta transforma-ción sólo puede apreciarse si se comprende las caracte-rísticas de aquél derecho familiar clásico y se le compa-ra con los lineamientos y el perfil de las transformacio-nes del derecho de familia acaecidos al finalizar el se-gundo milenio en cuyo ámbito la recepción y desarrollo de los derechos humanos han terminado por configurar un derecho de familia con una axiología sustantiva dis-tinta dentro de una circunstancia novedosa particularísima y de creciente transformación en la que se plantean situaciones de hecho a ser reguladas facti-bles sólo en la actual circunstancia debido entre otras cosas al incesante avance tecnológico especialmente en el ámbito de la genética.