El estado de emergencia constitucional peruano a la luz del Derecho Internacional de los Derechos Humanos: tres cuestiones relevantes
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Pontificia Universidad Católica del Perú. Departamento Académico de Derecho. Centro de Investigación, Capacitación y Asesoría Jurídica
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Acceso al texto completo solo para la Comunidad PUCP
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El presente artículo se propone examinar la manera y el alcance con que el derecho internacional de los derechos humanos, en vigor en el Perú, complementa el ordenamiento constitucional en materia de estado de emergencia. El análisis se centra en tres cuestiones cruciales, a saber: (i) la compleja evolución de los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos en materia de regímenes de excepción, con especial relevancia en lo que se refiere a la distinción entre cláusulas de derogación o suspensión y cláusulas de limitación o restricción de derechos humanos; (ii) el sujeto legitimado para proclamar la emergencia, y en particular, bajo el modelo de la autoinvestidura del Ejecutivo, el rol que debe cumplir el Legislativo conforme con el principio de separaciones de poderes y a la cláusula de Estado democrático que prevé el DIDH; y (iii) las causales
normativas que habilitan la declaración y el mantenimiento del estado de excepción y la adopción de las medidas concretas para conjurarlo.
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Estado de emergencia, Derecho internacional de los Derechos humanos
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