¿Existen diferencias en la exigibilidad de los derechos civiles y los derechos sociales? Una mirada crítica sobre la distinción entre derechos civiles y derechos sociales a la luz del proceso de constitucionalización del derecho
Archivos
Fecha
2015
Autores
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Pontificia Universidad Católica del Perú. Departamento Académico de Derecho. Centro de Investigación, Capacitación y Asesoría Jurídica
DOI
Resumen
Los derechos sociales han sido tradicionalmente relegados a una posición secundaria. Se considera que su exigibilidad no puede ser inmediata, sino progresiva o periódica, debido a los gastos que acarrean. En ese entendido, se los opone a los derechos civiles y políticos que, precisamente por demandar obligaciones de no hacer por parte del Estado, pueden ser garantizados directamente.
En el presente trabajo se cuestiona esta perspectiva y se plantea que la exigibilidad de los derechos civiles y sociales no depende de su costo económico, sino de las prioridades que asuma el Estado en cuanto a su protección. La distinción entre ambos tipos de derechos tiene sentido si se la piensa en clave histórica, pero no desde una perspectiva constitucional. Al final, es posible concluir que lo que distingue a estas dos categorías es una razón política, por lo que urge llamar la atención sobre las consecuencias de una lectura débil de estos derechos; la que afecta, sobre todo, a los sectores más aventajados de la sociedad.
Descripción
Palabras clave
Derecho constitucional
Citación
Colecciones
item.page.endorsement
item.page.review
item.page.supplemented
item.page.referenced
Licencia Creative Commons
Excepto se indique lo contrario, la licencia de este artículo se describe como info:eu-repo/semantics/openAccess