Sentencia No. C-1008/2010 de la Corte Constitucional de Colombia y su fundamentación en la Lex Mercatoria
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Fecha
2019-04-15
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Editor
Pontificia Universidad Católica del Perú
Resumen
The Constitutional Court of Colombia, in its role as supreme interpreter of the Constitution of that country, declared article 1616 of the Civil Code as constitutional in Judgment C-1008 of 2010. Said article establishes the debtor’s liability for damages in contractual matter. The Court upholds its ruling using, among other arguments, article 74 of the Vienna Convention for the International Sale of Goods and article 7.4.4 of the UNIDROIT Principles of International Commercial Contracts, which means that the ruling was widely based on the lex mercatoria. In this article, the authors analyze the Court’s judgment and discuss about the uniform interpretation that the customs and practices of international commerce must be subjected to.
La Corte Constitucional Colombiana, en su potestad de máxima intérprete del Texto Fundamental de este país, a través de la Sentencia C-1008 de 2010 declaró exequible el artículo 1616 del Código Civil, que regula la responsabilidad del deudor en la generación de perjuicios en materia contractual. Dentro de los fundamentos utilizados por la Corte para tomar su decisión, se encuentra el artículo 74 de la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías y el artículo 7.4.4 de los Principios UNIDROIT sobre los Contratos Comerciales Internacionales, lo cual en definitiva, representa una sustentación en la lex mercatoria. En el presente artículo las autoras analizan el mencionado fallo y disertan sobre su fundamentación en los denominados usos, costumbres y prácticas relativos al comercio internacional que deben interpretarse de forma uniforme.
La Corte Constitucional Colombiana, en su potestad de máxima intérprete del Texto Fundamental de este país, a través de la Sentencia C-1008 de 2010 declaró exequible el artículo 1616 del Código Civil, que regula la responsabilidad del deudor en la generación de perjuicios en materia contractual. Dentro de los fundamentos utilizados por la Corte para tomar su decisión, se encuentra el artículo 74 de la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías y el artículo 7.4.4 de los Principios UNIDROIT sobre los Contratos Comerciales Internacionales, lo cual en definitiva, representa una sustentación en la lex mercatoria. En el presente artículo las autoras analizan el mencionado fallo y disertan sobre su fundamentación en los denominados usos, costumbres y prácticas relativos al comercio internacional que deben interpretarse de forma uniforme.
Descripción
Palabras clave
Corte Constitucional de Colombia, Principios UNIDROIT, Lex mercatoria, Derecho Comercial Internacional, Ley blanda
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