Efectos jurídicos de las objeciones a las reservas de los tratados: las objeciones con efectos intermedios o extensivos
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Pontificia Universidad Católica del Perú. Departamento Académico de Derecho. Centro de Investigación, Capacitación y Asesoría Jurídica
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Acceso al texto completo solo para la Comunidad PUCP
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Las Convenciones de Viena representan un pilar de la positivización de instituciones jurídicas en materia de Derecho de los Tratados y de reservas a los tratados. La práctica de los estados y de las organizaciones internacionales, no obstante, dio origen a nuevas instituciones jurídicas que contribuyeron a la eficacia del régimen de Viena y a algunas que crearon mayores dificultades en aras de entablar relaciones convencionales. De esta manera, las objeciones con efectos intermedios a la reservas representan una novedosa institución que aparecen a propósito de las reservas formuladas a disposiciones de la Convención de Viena de 1969.
Así, la Comisión de Derecho Internacional emprendió el trabajo de desarrollar esta experiencia en su Guía de la práctica sobre las Reservas a los Tratados (Asamblea General de las Naciones Unidas 2011). En el presente trabajo se realiza un breve repaso de la evolución de la reservas a los tratados y se comenta sobre las objeciones con efectos intermedios que creemos representan una dificultad para establecer vínculos convencionales entres los autores de las reservas y de las objeciones a las reservas.
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Derecho Internacional Público
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