El daño moral producido por no ser reconocido jurídicamente por el padre biológico como hijo o por la no revelación de la identidad del padre biológico por parte de la madre

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2019

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Pontificia Universidad Católica del Perú. Departamento Académico de Derecho. Centro de Investigación, Capacitación y Asesoría Jurídica

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El objetivo principal de esta investigación es establecer si se ocasiona daño moral al hijo o hija de una familia monoparental cuando este no es reconocido por su padre biológico o cuando su madre biológica se niega a revelarle la identidad de dicho progenitor. Esta investigación se desarrolla desde el marco jurídico del derecho civil. En España no existen investigaciones que analicen el tema en profundidad, y no existe doctrina que afirme si existe o no dicho daño moral. Si bien el Tribunal Supremo ha afirmado en varias sentencias que existe daño moral cuando el padre, después de la realización de una prueba de ADN, se entera que su supuesto hijo biológico no lo es, estas no emiten un juicio de valor sobre el daño moral al hijo. Así, las preguntas que aquí se abordan son las siguientes: a) ¿Cuándo existe daño moral?; b) ¿la negación a reconocer a un hijo biológico produce daño?; si es el caso, ¿ese daño debe ser considerado daño moral?; c) ¿la negativa a revelar la identidad del padre biológico produce un daño?; si es el caso, ¿ese daño debe ser considerado como daño moral? Este trabajo planea la hipótesis de que ambas circunstancias producen un daño moral en niños, niñas y adolescentes, pues los priva de un derecho fundamental, el derecho a la identidad.

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Palabras clave

Derechos de la niñez, Daño moral

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