La muerte de la buena fe registral
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Fecha
2015-07-01
Autores
Escobar Rozas, Freddy
Título de la revista
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Editor
Pontificia Universidad Católica del Perú
DOI
Resumen
The article 2014 of the Civil Code has been recently modified. In order to make this decision, the legislator took in consideration two reasons: theaffirmation that the record entry doesn’t countswith its own substantivity, and that the necessityof adopting measures to fight against fraudulentacts that might affect the owners.Following this modification, the author presents a comparative analysis of the before and after of the option the legislator took, and takes position after putting himself in the side of third parties. From a juridical and economical point of view, he studies the modification and concludes that, apart from not resolving the problems it had to solve, generates damages that affect the third parties and the market.
El artículo 2014 del Código Civil ha sido recientemente modificado. Para tomar esta opción, el legislador se basó en dos razones: la afirmación deque el asiento registral no cuenta con sustantivi-dad propia, y la necesidad de adoptar una acciónpara combatir los actos fraudulentos que puedanafectar a los propietarios.A raíz de dicha modificación, el autor nos plantea un análisis comparativo del antes y después de di- cha opción del legislador, y toma una posición al respecto al colocarse en el lugar de los terceros. Desde un estudio tanto jurídico como económico de la modificación, concluye que ella, además de no resolver los problemas que se planteó solucio- nar, genera un perjuicio tanto a los terceros como al mercado.
El artículo 2014 del Código Civil ha sido recientemente modificado. Para tomar esta opción, el legislador se basó en dos razones: la afirmación deque el asiento registral no cuenta con sustantivi-dad propia, y la necesidad de adoptar una acciónpara combatir los actos fraudulentos que puedanafectar a los propietarios.A raíz de dicha modificación, el autor nos plantea un análisis comparativo del antes y después de di- cha opción del legislador, y toma una posición al respecto al colocarse en el lugar de los terceros. Desde un estudio tanto jurídico como económico de la modificación, concluye que ella, además de no resolver los problemas que se planteó solucio- nar, genera un perjuicio tanto a los terceros como al mercado.
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