¿Es Posible la Compensación Bancaria en Cuentas de Haberes? ¿Quién Gana y quién Pierde con la decisión de INDECOPI?

dc.contributor.authorEzcurra, Huascar
dc.contributor.authorValencia - Dongo, Agustín
dc.date.accessioned2015-11-04T16:59:27Z
dc.date.available2015-11-04T16:59:27Z
dc.date.issued2011es_ES
dc.description.abstractEl artículo comenta la Resolución N° 0199-2010/sC2-iNdeCOPi, que sancionó a una entidad financiera por efectuar compensaciones entre las deudas vencidas de sus clientes y los depósitos en cuentas de pago de haberes de los mismos. Para los autores, el iNdeCOPi habría efectuado una interpretación sistemática inadecuada de la Ley N° 26702 (Ley General del sistema Financiero), el Código Civil y el Código Procesal Civil. La opinión de los autores es que los depósitos en cuenta de pago de haberes no pueden ser considerados remuneraciones y debe permitirse por tanto el derecho de Compensación reconocido como un derecho de las entidades financieras por la Ley N° 26702. Los autores consideran además que el criterio seguido por el iNdeCOPi afectaría a los consumidores que busca proteger, siendo que su aplicación restringiría el accesoal crédito y elevaría la tasa de interés.es_ES
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.urihttp://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/13676/14300
dc.language.isospa
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.publisher.countryPE
dc.relation.ispartofurn:issn:2074-0956
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0*
dc.sourceRevista de Derecho Administrativo; No. 10 (2011): Tomo 2es_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
dc.title¿Es Posible la Compensación Bancaria en Cuentas de Haberes? ¿Quién Gana y quién Pierde con la decisión de INDECOPI?es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.type.otherArtículo

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