Cómo afrontar lo inesperado. La fuerza mayor en la contratación internacional: ¿principio o cláusula?
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Fecha
2015-06-01
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Editor
Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
Resumen
Force majeure excludes civil liability and is accepted as a universal defense in accordance with the principle that nobody is bound to perform what is impossible. In the civil law systems force majeure is a concept provided for by statutory law, leaving its application to the courts in a case by case approach. In the common law system, the contract is terminated and the non-performing party is exempted from paying damages if there is an emerging event which frustrates the purpose of the contract or renders the same as commercially impracticable. The force majeure defense can be invoked only if there is an express contractual provision where the parties define which events are deemed as force majeure and agree upon its legal effects. This paper examines the interaction between the two systems, which happens most significantly in the international business transactions.
La fuerza mayor es una eximente de responsabilidad de aceptación universal, en desarrollo del principio según el cual nadie está obligado a lo imposible. En los sistemas de derecho continental este concepto se ha consagrado generalmente a través de una enunciación legal que puede ser más o menos amplia, dejando a los jueces su valoración caso por caso. En el common law, el contrato termina y la parte incumplida se exonera de la obligación de pagar perjuicios cuando surge una circunstancia que frustra la finalidad perseguida por los contratantes o si la prestación es «comercialmente impracticable». La aplicación de la eximente «fuerza mayor» en este sistema proviene de cláusulas expresas en que las partes la consagran y regulan sus efectos jurídicos. En el presente escrito se examina la interacción de los dos sistemas, la cual ocurre de manera muy significativa en la contratación internacional.
La fuerza mayor es una eximente de responsabilidad de aceptación universal, en desarrollo del principio según el cual nadie está obligado a lo imposible. En los sistemas de derecho continental este concepto se ha consagrado generalmente a través de una enunciación legal que puede ser más o menos amplia, dejando a los jueces su valoración caso por caso. En el common law, el contrato termina y la parte incumplida se exonera de la obligación de pagar perjuicios cuando surge una circunstancia que frustra la finalidad perseguida por los contratantes o si la prestación es «comercialmente impracticable». La aplicación de la eximente «fuerza mayor» en este sistema proviene de cláusulas expresas en que las partes la consagran y regulan sus efectos jurídicos. En el presente escrito se examina la interacción de los dos sistemas, la cual ocurre de manera muy significativa en la contratación internacional.
Descripción
Palabras clave
Fuerza mayor, Cláusulas de fuerza mayor, Contratación internacional, Responsabilidad civil
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