Bid rigging o concertación en licitaciones: ¿Qué, cuándo y cómo se produce un hard core cartel bajo esta modalidad?
Cargando...
Fecha
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Pontificia Universidad Católica del Perú
Resumen
In the last couple of years, the National Institute for the Defense of Competition and the Protection of Intellectual Property has focused its efforts on the persecution and sanction of horizontal practices, initiating a substantial step in favor of improving free market competition.This paper analyses the reasons why public bid riggings are considered per se illegal conducts by our national legislation, as well as how the National Institute for the Defense of Competition and the Protection of Intellectual Property has prosecuted and sanctioned these practices. The authors consider that classifying bid riggings as per se illegal is a consequence of their social impact, since there aren’t any economic reasonsthat differentiate them from other per se illegal conducts.
En los últimos años, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ha enfocado sus esfuerzos en la persecución y sanción de prácticas horizontales, iniciando un paso sustancial a favor de mejorar la libre competencia de mercado.En este trabajo se analizan las razones por las cuales la legislación de libre competencia nacional considera a las concertaciones en licitaciones públicas como conductas per se ilegales, y cómo el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ha perseguido y sancionado tales prácticas. Los autores consideran que la tipificación expresa de las concertaciones en licitaciones públicas como prácticas prohibidas de carácter absoluto responde a su impacto social, antes que a un razonamiento económico que la diferencia de otras conductas ilegales per se.
En los últimos años, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ha enfocado sus esfuerzos en la persecución y sanción de prácticas horizontales, iniciando un paso sustancial a favor de mejorar la libre competencia de mercado.En este trabajo se analizan las razones por las cuales la legislación de libre competencia nacional considera a las concertaciones en licitaciones públicas como conductas per se ilegales, y cómo el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ha perseguido y sancionado tales prácticas. Los autores consideran que la tipificación expresa de las concertaciones en licitaciones públicas como prácticas prohibidas de carácter absoluto responde a su impacto social, antes que a un razonamiento económico que la diferencia de otras conductas ilegales per se.
Descripción
Citación
Acceso al texto completo solo para la Comunidad PUCP
Colecciones
item.page.endorsement
item.page.review
item.page.supplemented
item.page.referenced
Licencia Creative Commons
Excepto se indique lo contrario, la licencia de este artículo se describe como info:eu-repo/semantics/openAccess