Tradicionalismo y Modernismo en la filosofía del derecho del siglo XVIII español
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Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
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La actual historiografía jurídica española nos muestra al pensamiento español sobre el derecho como siempre fiel a su inspiración medieval. Que España haya sido y sea militantemente católica la hace aparecer como la sucesora de la cristiandad medieval en oposición con el mundo de la Europa moderna, hija de la reforma protestante y laica. Aparentemente, en lo que concierne al pensamiento jurídico, la tarea de mostrarnos el tradicionalismo español es sorprendentemente fácil: la escolástica del Siglo de Oro (XVI y XVII), cuya importancia para el derecho nadie pone en duda, es la artífice del renacimiento de Santo Tomás y de la Contrarreforma. En los siglos XIX y XX, España ha ofrecido un campo especialmente fecundo para el pensamiento jurídico neotomista. Si una corriente importante de la época como el krausismo busca su fuente de inspiración en otras doctrinas, basta con excluirlo llamándolo heterodoxo, lo que a la vez significa no católico y no español.
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