Las Huelgas Improcedentes o Ilegales ¿Son Huelgas?

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Fecha

2016-08-02

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

El derecho constitucional a la huelga es desarrollado en el Perú mediante una normativa muy estricta que condiciona la procedencia de la medida a una opinión de la autoridad administrativa de trabajo que puede ser emitida en doble instancia. Sin embargo, existen normas que permitirían entender la existencia de la huelga a pesar de no contar con la aprobación de dicha autoridad dado que impiden al empleador poder ejercer con libertad su facultad disciplinaria ante una paralización improcedente o ilegal. A propósito de recientes decisiones de la inspección de trabajo, el presente artículo analiza esta situación y busca presentar algunas soluciones coherentes con el contenido esencial del derecho constitucional.
The constitutional right to strike in Peru is developed by a very strict policy that determines the origin of the measure to a view of the administrative labor authority that may be issued in two instances. However, there are rules that allow understand the existence of the strike despite not having the decision of that authority as they prevent the employer to freely exercise its disciplinary powers to an improper or illegal paralysis. With regard to recent decisions of the labor inspection, this article analyzes this situation and seeks to present some solutions consistent with the essential content of this constitutional right. 

Descripción

Palabras clave

Huelga, Autoridad administrativa de trabajo, Procedencia, Legalidad, Relaciones colectivas

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