Programas de Compliance y responsabilidad en el Derecho de la Competencia chileno

dc.contributor.authorMontt Oyarzún, Santiago
dc.date.accessioned2015-11-04T16:59:26Z
dc.date.available2015-11-04T16:59:26Z
dc.date.issued2011es_ES
dc.description.abstractEste artículo analiza algunos aspectos de la excepción o defensa que puede plantear una empresa acusada de conductas anticompetitivas en los casos en que cuenta con un programa de compliance serio, creíble y efectivo. en opinión del autor, la presencia de programas de compliance debe ser seriamente considerada por los órganos de protección de la Competencia al momento de determinar la responsabilidad de las firmas infractoras. en particular, tratándose de infracciones distintas a la colusión y siempre que ellas sean cometidas por empleados de rango medio y bajo, una firma que ha implementado un programa de compliance serio, creíble y efectivo no debe ser condenada por infringir a las normas de la competencia cuando la conducta ilícita es marginal dentro de la organización y lamisma no responde a incentivos racionales sino a la contumacia de los empleados infractores.es_ES
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.urihttp://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/13666es_ES
dc.language.isospa
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.publisher.countryPE
dc.relation.ispartofurn:issn:2074-0956
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0*
dc.sourceRevista de Derecho Administrativo; No. 10 (2011): Tomo 1es_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
dc.titleProgramas de Compliance y responsabilidad en el Derecho de la Competencia chilenoes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.type.otherArtículo

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