El principio de Plenitud del Control Jurisdiccional y sus límites en el Proceso Contencioso- Administrativo español. La legitimacion activa

dc.contributor.authorCordón Moreno, Faustino
dc.date.accessioned2015-11-04T16:59:25Z
dc.date.available2015-11-04T16:59:25Z
dc.date.issued2012es_ES
dc.description.abstractLa efectividad del Principio de Plenitud del Control Judicial de la Administración ha sido limitada por exclusión expresa legal: de las pretensiones ejercitables en el proceso, de la potestad jurisdiccional declarativa y ejecutiva, y la regulación de la legitimación. Con la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA/1998) desaparecen los dos primeros límites manteniéndose el de la legitimación. La Ley 29/1998 reconoce los supuestos de legitimación individual o corporativa, pero no toma en consideración el interés público para su ejercicio en un proceso previo al del recurso de amparo constitucional, frente a actos de poderes públicos lesivos de derechos fundamentales. La ausencia de la tutela del interés público en vía contenciosa-administrativa será materia de análisis en el presente artículo.es_ES
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.urihttp://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/13561/14186
dc.language.isospa
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.publisher.countryPE
dc.relation.ispartofurn:issn:2074-0956
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0*
dc.sourceRevista de Derecho Administrativo; No. 11 (2012)es_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
dc.titleEl principio de Plenitud del Control Jurisdiccional y sus límites en el Proceso Contencioso- Administrativo español. La legitimacion activaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.type.otherArtículo

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