Las formalidades convencionales en la contratación moderna. La cláusula de no modificación oral o “no oral modification clause” y la doctrina de los actos propios como límite a su eficacia
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IUS ET VERITAS; Núm. 67 (2023)Abstract
Although the principle of consensualism is still the general rule in modern contracting, it is common, especially in complex and long-term commercial contracts, to include clauses limiting the parties’ freedom to modify or terminate them, unless certain formalities are observed. In this context, this paper analyses the so-called “no oral modification” clauses, putting forward the arguments for accepting their enforceability, as well as their limits, by means of the application of the doctrine of venire contra factum proprium. Si bien el principio del consensualismo sigue rigiendo como regla general en la contratación moderna, es habitual que se incluyan, especialmente en contratos comerciales complejos y de larga duración, cláusulas que limiten la libertad de las partes para modificarlos o terminarlos, a menos que se observen ciertas formalidades. En este contexto, el presente trabajo analiza las denominadas “cláusulas de no modificación oral”, planteando los argumentos para aceptar su exigibilidad, como asimismo sus límites, por medio de la aplicación de la doctrina de los actos propios.