Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Extensión de los convenios colectivos de sindicatos minoritarios a trabajadores no afiliados a este ¿afectación a la sindicación?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Chinchay Valerio, Erika Cira; Paitán Martínez, JavierMediante el presente trabajo académico se analiza la situación jurisprudencial emitida por el Tribunal Constitucional, la Corte Suprema y el Tribunal de Fiscalización Laboral, este último es el órgano de última instancia administrativa en materia laboral, con relación a la extensión (unilateral o consensuado) de los convenios colectivos celebrados por un sindicato minoritarios a favor de trabajadores no afiliados a este, de los incrementos remunerativos convenidos. De este modo, previa evaluación y análisis de los criterios resolutivos de los órganos colegiados antes mencionados, así como de las instituciones fundamentales del derecho colectivo y data existente, este trabajo tiene como objeto corroborar si dicha extensión en beneficio de trabajadores no afiliados supone o no, una acción lesiva del derecho a la libertad sindical, esta última en su esfera de sindicalización y, de la autonomía colectiva cuya. Por último, se plantea una propuesta para que dicha extensión no conlleve a una vulneración de derechos fundamentales en las relaciones colectivas de trabajo, a través de reglas en las que esta conducta no suponga una afectación vedada por el ordenamiento vigente.Ítem Texto completo enlazado ¿Sindicato minoritario o club de amigos?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-10-04) Torres Soto, Laura Karina; Ojeda Quiroz, César DavidEste trabajo cuestiona la regulación legislativa de nuestro país respecto de la elección del sindicato más representativo (cuando tenemos más de un sindicato dentro del mismo ámbito), el mismo que –en un escenario de pluralidad sindicalsostenemos que limita el derecho a negociar colectivamente a los sindicatos minoritarios que compartan ámbito con el sindicato minoritario. Para llegar a esta conclusión comenzamos explicando el contenido esencial del derecho a la libertad sindical, el mismo que no involucra solamente la creación de organizaciones sindicales, sino también –para que este derecho tenga vida- que pueda realizar actividades como negociar colectivamente; caso contrario, estaríamos ante un club o una mera lista de trabajadores. Consideramos, por tanto, que existe una vulneración al derecho a la igualdad de los sindicatos minoritarios pues –como están las cosas- es una facultad del sindicato mayoritario incluirlos en la mesa de negociación. Siendo este el estado de la cuestión, se propone una lectura constitucional e incluso una modificación legislativa del artículo 9 del Texto único ordenado de la Ley de relacionales colectivas de trabajo, aprobado por el Decreto supremo 10- 2003-TR. Modificación que consideramos necesario para: (i) la participación “obligatoria” de los sindicatos minoritarios, (ii) la desaparición de sindicatos de ámbito, (iii) favorecer la unidad sindical.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico de la Sentencia del Tribunal Constitucional N° 00223-2015-AA/TC sobre la libertad sindical en el caso de los trabajadores de confianza(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-08) Baquerizo Baquerizo, Diana Paola; Meléndez Trigoso, Willman CésarEl presente informe jurídico aborda la cuestión problemática del uso abusivo de la calificación de trabajador de confianza como límite para el ejercicio de la libertad sindical. Analiza el fuero sindical como mecanismo indispensable para el ejercicio de la libertad sindical y la utilidad de esta última en el cese colectivo. Como vía idónea para la tutela de este derecho se propone la vía de amparo. Para el análisis y sustento jurídico se recurre al corpus iuris internacional, que incluye a los convenios de la OIT, los pronunciamientos del Comité de Libertad Sindical, los pronunciamientos de la Corte IDH y otros estándares internacionales.Ítem Texto completo enlazado Buscando la efectiva protección de los dirigentes sindicales: tránsito del fuero sindical regulado en el ordenamiento jurídico peruano al despido propuesta(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-26) Salas Salazar, Ralph Edgar; Paredes Palacios, Paul GonzaloMediante la presente investigación se pretende examinar si la regulación actual del fuero sindical en el ordenamiento jurídico peruano es un mecanismo idóneo para proteger a los dirigentes frente al despido o si es necesario establecer mayores niveles de tutela que permitan un ejercicio más efectivo de la acción sindical. Nuestro método de investigación parte por un análisis de la normatividad peruana del fuero sindical y su interpretación por parte de la doctrina y la Corte Suprema, además de las recomendaciones del Comité de Libertad Sindical, para luego analizar las razones jurídicas que justificarían la regulación del despido propuesta. Finalmente, realizaremos una comparación de la normatividad nacional con el resto de Latinoamérica y formularemos una propuesta legislativa para regular el despido propuesta en Perú. Concluimos que la regulación del despido propuesta se justifica en la necesidad de garantizar un debido procedimiento, que incluya el deber de imparcialidad, y otorgar una tutela más elevada de la libertad sindical. Por otra parte, entre los países de Latinoamérica que adoptan el modelo de pluralismo sindical en sus relaciones colectivas, Perú es el único país de la región que no ha regulado el despido propuesta ni otros mecanismos compensatorios -como permitir que los dirigentes despedidos puedan participar en la comisión negociadora- para fortalecer el fuero sindical, lo cual es un hecho que debería llamar la atención para enmendar esta situación.Ítem Texto completo enlazado La escisión societaria en contraposición al ejercicio de la libertad sindical: Análisis bajo la óptica de los derechos fundamentales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-29) Zucchetti Paredes, Paolo Giuseppe; Meléndez Trigoso, Willman CésarA través de la escisión societaria, una empresa puede transferir todo un bloque patrimonial (incluyendo trabajadores) hacia otra empresa. Este fenómeno que tiene efectos en las relaciones laborales individuales y colectivas, no cuenta con una legislación laboral que lo regule. Ante tal, aparente, incertidumbre; muchas afectaciones a la libertad sindical como producto de las escisiones empresariales han terminado discutiéndose (sin mucho éxito) en vía judicial. Evidenciándose que la principal tara al momento de abordar el problema se encuentra que el análisis se realiza a un nivel infraconstitucional, ignorando por completo, el contenido protegido por la libertad de empresa y la libertad sindical. Mediante el presente trabajo, ponemos en evidencia las diferentes restricciones que sufre la libertad sindical luego de una escisión, así como el deficiente análisis que se viene haciendo sobre esta problemática. Y finalmente, proponemos un modelo de análisis para estos casos y una posible solución en general, bajo la óptica de los derechos fundamentales.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°2760 acción de amparo contra Silvia Gastulo Chavez y compañía de Minas Buenaventura S.A.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-14) Ruiz Ledesma, Nelly Victoria; Saco Barrios, Raúl GuillermoEl caso Víctor Taype Zúñiga contra Silvia Gastulo Chávez, Jueza del Quinto Juzgado Transitorio Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, y contra la Compañía de Minas Buenaventura S.A.A., es un expediente de acción de amparo cuya pretensión es la reposición del trabajador despedido y la suspensión del proceso laboral ordinario donde se dilucidaba su reposición por nulidad de despido, contenido en el Expediente 11889-98 por vulneración al derecho a tener un proceso laboral en un plazo razonable. Luego de ser desestimada por los jueces constitucionales ad quo, el Tribunal Constitucional en última instancia declara fundada la acción de amparo concediendo la reposición del trabajador Víctor Taype por vulneración a la libertad sindical y al fuero sindical, además de determinar la violación al derecho fundamental de toda persona a tener un proceso judicial resuelto en un plazo razonable, reprochando la demora del juzgado laboral. Este informe pretende analizar el contenido esencial del derecho a tener un proceso en un plazo razonable, y su interconexión con otros derechos sustantivos en materia laboral, como es el derecho al trabajo, el derecho de libertad sindical y el derecho de fuero sindical. Para ello, se realiza un análisis dogmático basado en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional del Perú, la doctrina sobre fuero sindical, libertad sindical y la teoría de los derechos laborales inespecíficos, como también, los convenios de la Organización Internacional del Trabajo y los Tratados de Derechos Humanos que desarrollan los derechos humanos laborales. Se concluye que el derecho a tener un proceso en un plazo razonable en materia laboral debe ceñirse a un control de convencionalidad, y de igual forma, debe atender al carácter tuitivo del derecho laboral.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre el expediente de relevancia jurídica N° 87-2007. Demanda de nulidad de despido interpuesta por Mirtha Llanos Marín contra la Tienda Departamental Los Olivos S.A.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-10-07) Rodríguez Dávila, Estefany Yolanda; Toyama Miyagusuku, Jorge LuisEl presente informe tiene como objetivo analizar los principales problemas jurídicos identificados en el proceso de nulidad de despido seguido por la señora Mirtha Llanos contra la Tienda Departamental Los Olivos S.A. Con ese fin, el trabajo está estructurado en base tres problemas jurídicos. En primer lugar, abordamos cómo nuestro ordenamiento jurídico regula el proceso de constitución de una organización sindical para determinar si el sindicato fundado por trabajadores del Grupo Ripley fue constituido conforme a ley, y si es jurídicamente posible que el empleador cuestione irregularidades que advierta en el proceso de constitución sin afectar el derecho a la libertad sindical. En segundo lugar, estudiamos los principales rasgos del fuero sindical para responder si la señora Mirtha Llanos estaba amparada por el mismo y, de ser así, las implicancias de ello. En tercer lugar, examinamos la regulación del despido nulo y los actos antisindicales con el propósito de establecer si la trabajadora fue despedida por ejercer su derecho a la libertad sindical. El caso fue elegido debido a que permite aproximarnos a temáticas que requieren una mayor reflexión como la constitución de una organización sindical mediante asambleas “abiertas”, la figura del fuero sindical y la carga probatoria en el proceso laboral. En ese sentido, el presente informe se elabora en base a dos métodos: el análitico y el deductivo. Así, para cada problemática identificada desarrollamos previamente un marco teórico, normativo y jurisprudencial que sirve como base para el análisis de cada problema jurídico. Finalmente, concluimos que la señora Mirtha Llanos fue despedida por ejercer su derecho a la libertad sindical y que, además, existen ciertas figuras, componentes de ese derecho, que deben reforzarse y acompañarse de garantías procesales y sustantivas.Ítem Texto completo enlazado Virtualidad y libertad sindical: Las implicancias del Decreto legislativo N° 1499 en los actos sindicales y el surgimiento del necesario rediseño Estatutario(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Zavaleta Guzmán, Javier Anthoni; Sarzo Tamayo, Víctor RenatoEn el presente trabajo académico hemos abordado las implicancias de la virtualidad sobre el ejercicio de la libertad sindical, partiendo de un contexto social donde la pandemia generada por la propagación del virus SARS CoV-2 (coronavirus) trajo desde el Estado por un lado, respuestas que restringían la interacción física masiva de los ciudadanos y por otro, respuestas que buscaban soluciones frente a las prohibiciones dadas, como el caso del Decreto legislativo N° 1499, norma que cumplió con la obligación Estatal de no interferencia al ejercicio de la libertad sindical, y demás generó un marco de promoción a la misma, así se concluyó en razón del análisis de dos caso concreto: i) procedimiento de huelga del Sindicato de trabajadores de Austral Group s.a.a y, el ii) proceso electoral para la elección de miembros de la junta directiva del Sindicato de trabajadores de la planta siderúrgica del Perú; ambos acasos llevados con éxito y bajo el amparo de la virtualidad habilitada por el Decreto legislativo N° 1499. El trabajo además de repasar bases teóricas de la libertad sindical de reglamentación, describiendo la naturaleza del Estatuto sindical y sus diversas expresiones como parte de la autonomía normativa sindical, aborda los problemas jurídicos generados a partir de la pérdida de la vigencia del marco normativo que habilitaba a la virtualidad en la ejecución de los actos propios del sindicato, confrontando ello con el desfase de los Estatutos sindicales y las sanciones de nulidad o anulabilidad. Finalmente, el trabajo concluye en el necesario rediseño estatutario para la integración de la virtualidad de manera permanente, bajo el ideal que es un factor que contribuye al fortalecimiento de la democracia interna y al propio derecho de la libertad sindical que con el trascurrir del tiempo encuentra nuevas formas de ejercicio, para tal fin se propone una cláusula modelo para integrar a la virtualidad en los actos propios del sindicato, además se integran diversas cláusulas que deberían ser modificadas en el Estatuto sindical para armonizar la implementación de la virtualidad de manera permanente.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente N° 24476-2014(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-06) Chung Fernandini, Karina Alexandra; Villavicencio Ríos, Carlos AlfredoEl presente informe jurídico tiene como objetivo analizar la demanda interpuesta por el Sindicato Único de Trabajadores de la Minera Barrick Misquichilca S.A (en adelante, “el Sindicato”), contra la Minera Barrick Misquichilca S.A. (en adelante, “la Empresa”), a fin de que el Juzgado Laboral declare la obligación de esta de cumplir con pagar a los trabajadores afiliados al Sindicato el denominado Bono de Integración puesto que, de acuerdo a la teoría del caso expuesta por el Sindicato, la Empresa los habría excluido de la percepción de tal beneficio, incurriendo así en un supuesto de discriminación sindical. Lo interesante del caso es que la Empresa contesta la demanda argumentando que el pago de este Bono de Integración no representó un supuesto de discriminación sindical puesto que este Bono de Integración es en realidad una extensión del Bono por Cierre de Pliego que los trabajadores sindicalizados percibieron en razón del convenio colectivo que dicho sindicato celebró con la Empresa. Así, si bien la demanda fue interpuesta con la pretensión indicada, las alegaciones posteriores de las partes fueron tornando el debate a si la extensión de beneficios a los trabajadores no afiliados al sindicato que celebra el convenio, es una práctica que busca preservar el principio de igualdad entre los trabajadores o si, por el contrario, esta práctica no es válida en nuestro ordenamiento por las reglas del alcance personal de los convenios y/o por afectar el derecho fundamental a la libertad sindical. En ese sentido, el expediente invita a analizar diversas figuras del derecho laboral colectivo con la finalidad de llegar a una respuesta. Asimismo, el expediente invita a explorar si resulta válido que la parte demandante modifique la pretensión de su demanda en el transcurso del proceso, y si la nueva pretensión podría o no ser utilizada por el juzgado.Ítem Texto completo enlazado El derecho de huelga de cara a los fenómenos de descentralización productiva(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-21) Siguas Hernández, Juan Daniel; Meléndez Trigoso, Willman CésarEl uso cada vez más extendido de estrategias de descentralización productiva hace que se configuren estructuras empresariales bastante más complejas que la noción tradicional de empresa. A pesar del impacto que tienen estas nuevas realidades económicas sobre el desarrollo de las relaciones de trabajo, nuestro ordenamiento jurídico no brinda respuestas suficientes y adecuadas a los desafíos que estos nuevos paradigmas productivos plantean al ejercicio de los derechos laborales, incluyendo los derechos colectivos. En ese sentido, y teniendo en cuenta que nuestra regulación laboral poco o nada dice acerca del ejercicio del derecho de huelga en escenarios de descentralización productiva, en el presente trabajo analizamos si las estructuras empresariales que se configuran a partir de las técnicas de descentralización pueden llegar a ser ámbitos del derecho de huelga. Para ello, primero hacemos un repaso del tratamiento doctrinario y legal de los dos principales fenómenos de descentralización productiva que tienen lugar en nuestro país (las redes empresariales formadas a partir de la subcontratación y los grupos de empresas) y analizamos de qué manera ambos fenómenos impactan en el ejercicio de la libertad sindical y en la propia dinámica de los conflictos colectivos. Seguidamente, desarrollamos algunas nociones básicas relacionadas con el derecho de huelga, hasta llegar a abordar los fundamentos que, a nuestro entender, justifican la proyección de este derecho hacia los ámbitos complejos del grupo o la red. De este modo, concluimos que el grupo de empresa y la red empresarial pueden ser ámbitos del derecho de huelga, en aquellos casos en los que surjan conflictos colectivos en tales escenarios o cuando los trabajadores en conflicto están intensamente vinculados con la actividad productiva global que, más allá de barreras formales, se desarrolla en el conjunto del grupo o la red.