Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Estudio de prefactibilidad para la implementación de un sistema de transporte público Buss Rapid Transit (BRT) para Lima y Callao(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-11-13) Apolinares Almonacid, Sebastian Miguel; Silva Sotillo, Walter AlejandroEl estudio de prefactibilidad desarrollado en esta tesis presenta cinco capítulos, y busca determinar si implementar un servicio de transporte público con cobro de comisiones hacia los afiliados es viable en la ruta Comas-Callao. En el capítulo uno se muestra el análisis estratégico donde se detalla el análisis de factores de macroentorno y factores de microentorno y las cinco fuerzas de Porter. Asimismo, se define la misión y visión de la empresa y se realiza un análisis DAFO, estableciendo una estrategia que diferencie el servicio presen sentado en esta tesis de la competencia. El segundo capítulo se centra en desarrollar el estudio de mercado obteniendo un público objetivo de personas entre los 18 a 55 años que forman parte de los niveles socioeconómicos C, D y E. Se proyecta la oferta y demanda en función del número de buses, identificando la demanda insatisfecha, y, posteriormente, la demanda del proyecto. El estudio técnico se desarrolla en el tercer capítulo, el cual incluye un análisis de micro y macro localización para seleccionar las ubicaciones óptimas para la cochera de los buses y la oficina administrativa (en Comas y Callao). En el cuarto capítulo, el estudio legal y organizacional, se define el tipo de sociedad y las normativas aplicables al servicio de transporte público en bus. Además, se diseña el organigrama y se detallan los requerimientos y perfiles del personal necesario. El último capítulo, el estudio económico y financiero, se establece una comisión del 8% sobre los ingresos de los choferes afiliados. Se determina el monto total de inversión y el financiamiento requerido. Se elaboran los presupuestos de ingresos y egresos. Se desarrollan el Estado de Ganancias y Pérdidas, y el Flujo de Caja Económico y Financiero. Finalmente, se analizan los principales indicadores económicos y financieros y se realiza un análisis de sensibilidad.Ítem Texto completo enlazado Aportes al diseño institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), un análisis a su naturaleza jurídica(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-19) Farfán De la Fuente, Victor Eduardo; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoLa Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (en adelante ATU) es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones que posee competencias de planeamiento, otorgamiento de títulos habilitantes, emisión de normativa técnica, regulación tarifaria, fiscalización y sanción del cumplimiento de las obligaciones de servicio público del transporte urbano de pasajeros, que se configuró como una respuesta legal prágmatica que intentar palear los efectos generados por el régimen de permisos municipales que ha sido gestionado asimétricamente por la Municipalidad Metropolitana de Lima (en adelante, MUNILIMA) y la Municipalidad Provincial del Callao (en adelante, MUNICALLAO) que se configuró como una respuesta pragmática al régimen de liberalización del transporte de la decada de los noventa, que a su vez fue una respuesta pragmática de la limitada capacidad de la empresa pública eregida durante un gobierno de facto; sin embargo, el transporte urbano de pasajeros es natural e históricamente un servicio público municipal que requiere tutela dada la autonomía municipal que se fundamenta en la teoría de la garantía institucional. Asimismo, ante las competencias otorgadas a la ATU se requiere un grado de autonomía elevado dada la potestad de intervenir en el mercado de transporte urbano, por consiguiente, se sugiere la creación de un organismo municipal paritario que se encargue de planificar y otorgar los títulos habilitantes del servicio público y se erija en la ATU la competencia normativa, reguladora, fiscalizadora, sancionadora y de atención quejas y reclamos, creandose un organismo regulador local que goce de autonomía de las autoridades subnacionales.Ítem Texto completo enlazado Modelo prolab: Friendly Car, una nueva alternativa segura, cómoda y accesible para el transporte de pasajeros(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-11-29) Baca Alama, José Manuel; Saavedra Motta, Adolfo Manuel; Spelucin Cassina, Sandra Gabriela; Vergaray De la Cruz, Marta Yolanda; Avolio Alecchi, Beatrice ElciraEl presente trabajo ha planteado una solución ante uno de los principales problemas que aqueja a la como sociedad, en especial para la ciudad de Lima Metropolitana; y es que cada vez que se habla sobre el tráfico y/o transporte público y de la delincuencia en Lima, casi todos los comentarios son malos y termina decepcionando a la población por la poca o nula reacción que tienen las instituciones para mejorar la situación. En ese sentido Friendly Car ofrece una solución innovadora a este problema, que permitirá a los usuarios movilizarse de forma rápida, segura y cómoda a sus centros de trabajo y permitirá a los ciudadanos con vehículo propio generar ingresos adicionales. Esta solución llegará a los usuarios mediante una aplicación amigable y de fácil uso, en la cual se podrá conocer la información tanto del conductor como de la unidad, generando una sensación de confort y seguridad en los usuarios. Nuestra propuesta ha sido planteada para que sea sostenible en el tiempo. Generará un beneficio en la sociedad al brindar una mejor calidad de vida, tendrá un beneficio económico tanto para la empresa como para el usuario conductor y generará un VAN de S/3,706,285.00 y una TIR de 336.26%. Asimismo, tendremos la oportunidad de reducir la emisión de gases de efecto invernadero dado que se reducirá el número de unidades que transiten por la ciudad.Ítem Texto completo enlazado Vulneración de principios y garantías del Procedimiento Administrativo Sancionador en que incurren los literales b), c) y h) del artículo 4-A -1 de la Ley N° 27181 – Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, incorporados por la Cuarta Disposición Final del Decreto de Urgencia N° 19-2020(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-21) Chafloque Tullume, Deysi Jannet; Salazar Chávez, Ricardo JulioNo cabe duda que el Estado ostenta determinadas facultades para intervenir de manera excepcional en la vida económica de los particulares a fin de garantizar bienes constitucionales que pueden estar en riesgo, como la vida, salud e integridad; precisamente, en atención a dicha facultad, el artículo 4-A-1 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, incorporado por el Decreto de Urgencia N° 019-2020, estableció una serie de impedimentos e incompatibilidades para que determinadas personas naturales y jurídicas puedan obtener título habilitante para prestar servicios de transportes y/o servicios complementarios; sin embargo, si bien dicha intervención encontraría su justificación en la protección de los derechos constitucionales mencionados, lo cierto es que estas medidas se reflejan ante los particulares como el ejercicio de la potestad sancionatoria, el mismo que encuentra sus límites en los derechos y principios que rige el procedimiento sancionador; de ahí que al momento de ejecutar estas medidas, cobre especial relevancia el principio de proporcionalidad, el derecho de presunción de inocencia y el principio de culpabilidad. En ese sentido, el presente trabajo académico analiza si las medidas establecidas por el Estado para asegurar esos bienes constitucionales es concordante con aquellos principios y derechos que amparan también a quienes podrían aspiran a prestar el servicio de transporte público, toda vez que en un Estado Constitucional como el nuestro están proscritas estas arbitrariedadesÍtem Texto completo enlazado Un nuevo rumbo para el servicio de transporte: ¿Por qué las empresas intermediarias no serían responsables administrativamente por las fallas de seguridad?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-07-15) Rodríguez Sánchez, Beatriz D’Alejandra; Murillo Chávez, Javier André¿Es posible sancionar administrativamente a una empresa intermediaria por las afectaciones y/o riesgos que un usuario pueda recibir en un servicio de transporte? Es frecuente encontrar trabajos académicos sobre las particularidades de los servicios de intermediación dentro del esquema de economía colaborativa pero son muy pocos los estudios que analizan estas particularidades en relación a la responsabilidad atribuible a las empresas intermediarias u operadores detrás de una plataforma colaborativa. En ese contexto, en el presente artículo el autor responderá a la interrogante acerca de la atribución de responsabilidad administrativa de las empresas intermediarias u operadores por las fallas de seguridad que se presenten en la prestación del servicio de transporte brindado por los usuarios-conductores. De esta manera, en primer lugar, se realiza una definición jurídica del modelo de negocio del servicio de transporte contratado a través de plataformas colaborativas. En segundo lugar, se clasifican las fallas de seguridad que surgen en el servicio de transporte brindado por el usuario-conductor; para luego, analizar la responsabilidad que asumen los intermediarios u operadores por las diversas problemáticas que pueden surgir en este servicio. En ese sentido, podremos concluir que un intermediario no puede asumir responsabilidad respecto a fallas de seguridad en el servicio de transporte.Ítem Texto completo enlazado Condiciones menos favorables en los procedimientos administrativos sancionadores de tramitación sumaria en materia de tránsito terrestre y la vulneración a la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-12) Bobadilla Meza, Erick; Villegas Vega, Paul NicolásEl objetivo de este trabajo de investigación es exhibir la naturaleza común de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que contiene la regulación de los procedimientos administrativos sancionadores. De esta manera, se busca establecer que, en materia de tránsito terrestre, el Procedimiento Administrativo Sancionador especial de tramitación sumaria, aprobado a través del Decreto Supremo N.º 004-2020-MTC, impone condiciones menos favorables para los administrados, con lo cual se vulnera la naturaleza común de la mencionada ley, que instituye una estructura, así como reglas generales a todos los procedimientos administrativos sancionadores de la Administración públicaÍtem Texto completo enlazado Divergencias entre el procedimiento administrativo sancionador de la Ley del Procedimiento Administrativo General y del Reglamento Nacional de Tránsito(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-01) Zorrilla Nieto, Rolando; Huapaya Tapia, Ramón AlbertoEl problema ocasionado por la regulación del tránsito terrestre de vehículos en Lima Metropolitana es, sin lugar a duda, uno que reviste gran importancia, dado que la labor de creación de estas normas y su efectiva aplicación repercuten directamente en el desarrollo económico y social del país, y en esa medida, en el bienestar general. Por ello, es necesario analizar si las disposiciones vigentes que regulan el tránsito terrestre de vehículos se encuentran en concordancia con las nuevas modificaciones al Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, el “TUO de la LPAG”), considerando que el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2009-MTC (en adelante, el “RNAT”), norma ya tiene a la fecha aproximadamente diez años en vigencia, periodo en la cual no se ha realizado mayor esfuerzo legislativo de mejorarlo a través de modificaciones normativas tomando en cuenta la observación de evidencias