Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    La garantía de ne bis in idem en el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú para la infracción de conducir en estado de ebriedad ¿Cabe además sanción en el derecho penal y el derecho administrativo sancionador?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-19) Bustamante Muro, Leticia del Carmen; Villegas Vega, Paul Nicolás
    El presente trabajo de investigación analiza la aplicación del principio de ne bis in idem en el régimen disciplinario de la Policía Nacional en relación con la conducta de manejar un vehículo en estado de ebriedad. El objetivo es determinar si la imposición de la sanción disciplinaria se encuentra legitimada, considerando que la conducta está tipificada como infracción de tránsito y como delito, es decir, el ordenamiento jurídico le prevé más de una sanción. En el desarrollo de la investigación se analiza el fundamento de la potestad sancionadora del Estado y se colige que las manifestaciones de dicha potestad en diferentes ámbitos del ordenamiento devienen de un único ius puniendi, siendo el legislador, bajo consideraciones de política criminal, quien decide cuál será el ámbito que sirva como instrumento de protección de los intereses y bienes jurídicamente relevantes. Por tanto, si la respuesta punitiva del Estado se sustenta en la protección de bienes jurídicos, no cabe la acumulación de sanciones por el mismo hecho, salvo que se fundamente en la protección de diferentes bienes jurídicos. De este modo, la identidad de sujeto, hecho y fundamento es el criterio para determinar la vulneración de la garantía de ne bis in idem. Estas consideraciones son de aplicación a la potestad disciplinaria de la Administración, así, del estudio realizado se establece que el régimen disciplinario policial protege la Imagen institucional, como bien jurídico propio de la entidad policial, en consecuencia, la imposición de sanción disciplinaria no afecta el principio de ne bis in idem. No obstante, se advierte también la identidad del bien jurídico protegido en el ámbito penal y el régimen sancionador de tránsito, debiendo reevaluarse la política criminal sobre la conducta ilícita.
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    Informe recaído en la Resolución Nº 006-2013-OEFA/TFA
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-15) Dávila Tarrillo, Irma Mislady; Villegas Vega, Paul Nicolás
    En el presente informe se analiza la Resolución N° 006-2013-OEFA/TFA, el mismo que confirma la Resolución de sanción emitida por la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (DFSAI) del OEFA contra la empresa Pluspetrol Norte S.A. por el incumplimiento de los compromisos asumidos en el Instrumento de Gestión Ambiental. Al respecto, tanto el Tribunal de Fiscalización Ambiental (TFA) y la DFSAI concluyeron que la empresa no culminó, en el plazo establecido en el cronograma del Plan Ambiental Complementario (PAC) del Lote 8, con las actividades de remediación de suelos y lagunas del yacimiento Yanayacu. Este yacimiento se encuentra ubicado dentro del área de la Reserva Nacional Pacaya Samiria, departamento de Loreto. En el procedimiento administrativo sancionador se advierte que ambas instancias no desarrollan adecuadamente figuras jurídicas relevantes que justifican su decisión. Así, no se ha explicado por qué se la aplicación de la responsabilidad objetiva, la naturaleza jurídica de la opinión emitida por Sernanp y la aplicación de los principios de razonabilidad y debida motivación cuando se procede a calcular la multa. En ese sentido, el objetivo del informe es abordar y explicar estos problemas jurídicos, partiendo de la base normativa empleada al momento de ocurridos los hechos (años del 2009 al 2013) y la normativa vigente; así como jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano; y doctrina peruana y comparada. El empleo de estas fuentes del derecho será fundamental para proporcionar una postura coherente y sólida respecto a la decisión del OEFA.
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    Informe del Expediente N°3-2007/CC, Proceso Competencial de la Municipalidad Distrital de Surquillo vs. La Municipalidad Distrital de Miraflores
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-06-15) Quispe Carlos, Patricia Pilar; Villegas Vega, Paul Nicolás
    El presente informe tiene como propósito realizar un análisis de la sentencia N° 0003- 2007- PC/TC, la cual versa sobre las materias de Derecho Administrativo y Derecho Constitucional. La sentencia se dio el 21 de noviembre del año 2007, asimismo, en ella se resolvió sobre un proceso competencial entre la Municipalidad Distrital de Surquillo como sujeto demandante y la Municipalidad Distrital de Miraflores como sujeto demandado. En el conflicto de carácter competencial, la Municipalidad Distrital de Surquillo alegó que se vulneraron las competencias de carácter constitucional previstas en los artículos número 194, 195.3 y 195.5 por parte de la Municipalidad Distrital de Miraflores. Esta vulneración fue producto del Acuerdo de Concejo N° 032- 2007- MM. El señalado acuerdo aprobaba la privatización del inmueble Mercado de Abastos N°1, así como también disponía la conformación de un Comité Especial de Privatización para poder llevar a cabo el enunciado proceso. Empero, el inmueble sobre el que versa el acto administrativo se encuentra geográficamente localizado en territorio que se encuentra demarcado y denominado actualmente como el distrito de Surquillo, el cual se creó mediante Decreto Ley N° 11053 en el año 1949. De esta manera, en el presente informe, se realiza un análisis de la sentencia que contiene, para aquel fin, la identificación de problemas jurídicos del caso, de los conceptos jurídicamente relevantes, y tendrá como producto la toma de posición de la autora sobre la resolución del caso. La conclusión del informe se encuentra a favor de la decisión tomada por el Tribunal Constitucional, en la medida que se considera que el hecho de que no se haya traspasado la titularidad del inmueble mediante algún documento específico que dicte aquello no implica que la Municipalidad Distrital de Miraflores pueda transgredir los principios del Estado Constitucional de Derecho, como lo es, en específico, el principio de competencia territorial.