Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    Legitimidad de la intervención penal en la modalidad de influencias simuladas
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Diaz Caballero, Katia Milagros; Villarroel Quinde, Carlos Abel
    El presente artículo analiza como problema principal a la legitimidad de las influencias simuladas en el delito de tráfico de influencias. Por lo tanto, en la primera sección describimos las principales características del delito, como la conducta típica y la consumación del delito. Asimismo, conceptualizamos y se diferencian sus modalidades; y posteriormente, se elabora un detalle de las posturas más importantes respecto a cuál es el bien jurídico protegido. En el segundo apartado comenzamos por brindar alcances del principio de lesividad, continuamos con el principio de mínima intervención y con lo explicado analizamos la jurisprudencia y doctrina en relación a la legitimidad de las influencias simuladas para tomar una postura al respecto de si superan el riesgo penalmente permitido.
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    Aspectos problemáticos de la complicidad del extraneus en el delito de Negociación Incompatible
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-13) Fustamante Sánchez, Diana Celinda; Villarroel Quinde, Carlos Abel
    La complicidad en el delito de Negociación Incompatible ha traído un sinfín de debates en nuestra legislación, pues aún no hay una postura definida para abordar la intervención de un extraneus en el mencionado delito, ya que el tipo penal, al ser de carácter especial, solo responsabiliza penalmente aquel funcionario que se interesa indebidamente en un negocio jurídico determinado (contrato u operación). A raíz del Acuerdo Plenario 3-2016-CJ-116, se estableció que la participación sí es posible en delitos de infracción de deber, sin la ruptura del Título de imputación. Sin embargo, no hay criterios jurisprudenciales que definan cómo atribuir responsabilidad a este extraneus, sin llegar a confundirlo con el interesado que participa en el delito de colusión. Por ello, en el presente artículo, se desarrollará y analizará el bien jurídico protegido del delito de negociación incompatible, su naturaleza jurídica, la diferenciación del injusto con el delito de colusión y los criterios jurisprudenciales al momento de fundamentar un caso sobre complicidad del extraneus.
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    Informe Jurídico de Casación N°1059-2018-Huánuco
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-07) Fustamante Sánchez, Diana Celinda; Villarroel Quinde, Carlos Abel
    El estudio de la presente Casación N.°1059-2018-Huánuco tiene por objetivo determinar si es posible sancionar la participación del extraneus en el delito de negociación incompatible, en tanto que hay posiciones doctrinarias divididas. Así, se ha analizado las diferentes teorías existentes en torno a la interpretación de la autoría y participación en delitos especiales y delitos de infracción de deber: la teoría de la ruptura del título de imputación y la teoría de la unificación del título de imputación. Asimismo, se ha analizado el elemento de interés indebido como conducta típica en la negociación incompatible para luego determinar cuál es el bien jurídico protegido. Para ello, se ha recurrido a la normativa, legislación y jurisprudencia nacional relevante en el tema materia de discusión. En tal sentido, se ha concluido que el extraneus sí puede responder penalmente, en calidad de partícipe o cómplice, sin que haya una ruptura del título de imputación. Ello no significa que estemos ante un delito de colusión, por la diferente naturaleza del hecho ilícito. Finalmente, el interés indebido será aquellos actos o conductas que deben analizarse en conjunto y no de manera aislada y representan conductas objetivas que contravienen el bien jurídico de la imparcialidad en la actividad contractual del Estado, mas no el Patrimonio Estatal como erróneamente el recurrente de la Sentencia de Casación había señalado.
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    Informe Jurídico sobre la Apelación N° 12-2019: La valoración de la prueba indiciaria como elemento generador de convicción en el delito de tráfico de influencias
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-04) Diaz Caballero, Katia Milagros; Villarroel Quinde, Carlos Abel
    La Apelación N° 12-2019 de la Sala Permanente de la Corte Suprema es el proceso por el cual, el ex juez superior Luis Alberto Vásquez Silva, fue sentenciado por el delito de tráfico de influencias en su modalidad agravada. En la sentencia, la Sala profundiza en la prueba indiciaria sobre ofrecimiento de influencias; por lo cual, en el presente informe jurídico analizaremos la resolución con el objetivo de conocer cuáles son los lineamientos para la valoración de la prueba indiciaria como elemento generador de convicción en dicho delito. En razón a ello, en primer lugar, describimos el tipo penal del delito de tráfico de influencias para; posteriormente, encontrar su vinculación con la prueba indiciaria y explicar su importancia, sus límites frente al principio de presunción de inocencia y el principio de debida motivación, y sus requisitos de validez para; en tercer lugar, con lo desarrollado en las dos primeras secciones, evaluaremos la postura de la Corte respecto a los alcances y la valoración de la prueba indiciaria en el ofrecimiento de influencias en el caso concreto como medio para otorgar credibilidad y desvirtuar la inocencia del imputado, mediante el análisis de los indicios recopilados y fundamentados por la Sala como parte del razonamiento para su decisión
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    Informe Jurídico de la Casación N°1833-2019/LIMA
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-04) Castro Iturregui, Ana Paula; Villarroel Quinde, Carlos Abel
    El presente informe jurídico contiene un análisis de la aplicación del principio de confianza en el procesamiento del delito de la negociación incompatible, a partir de los problemas jurídicos identificados en la Casación N°1833-2019/LIMA, emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República. El recurso de casación declarado fundado, que se resuelve en la citada sentencia, fue interpuesto por la Fiscal Superior, quien denuncia como motivo la violación de la garantía de la motivación, pues cuestiona que la aplicación del principio de confianza en el delito de negociación incompatible no sea la misma para los acusados; además, la Fiscal solicita que se defina si la infracción de deber y el principio de confianza pueden ser aplicados a un funcionario que infringió deberes específicos que se le fueron conferidos. Entre los objetivos de este informe se encuentra el establecer los límites del principio de confianza frente al argumento de defensa en el procesamiento por el delito de negociación incompatible, así como analizar el principio de confianza como parte de la imputación objetiva, y la intervención de sujetos en la comisión del delito de negociación incompatible. Al respecto, este informe jurídico postula que, no se puede desconocer el principio de confianza, pero su aplicación no es absoluta, y sus límites deben ser analizados cuando sea utilizado como argumento exculpante en delitos de negociación incompatible.
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    Casación 1095-2021 Nacional
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-03) Choque Moya, Alonzo Adalberto; Villarroel Quinde, Carlos Abel
    El informe jurídico analiza la condición de funcionario público en el delito de colusión (simple y agravado), desde lo resuelto por la Sala Penal Permanente en la Cas.1095-2021 Nacional. El problema jurídico es identificado por la condición de consultores de la que se encontraban premunidos los abogados Jorge Danós y Ana Sofía Reyna, mismas que personas interponen la excepción de improcedencia de acción, en el marco de una investigación penal. En razón a ello, el objetivo principal del informe jurídico es determinar si, en el marco de una contratación pública, el abogado que funge como consultor del Estado es considerado funcionario público, y por ende autor o cómplice del delito de colusión. El informe recurre a los fundamentos ontológicos de los Delitos Contra la Administración Pública para poder entender la razón de considerar al funcionario público como un sujeto distinto al particular. Bajo dicha premisa, se explica el concepto de infracción de deber desde su autor original, Claus Roxin, hasta lo establecido por autores nacionales. Luego, se desarrolla la naturaleza del funcionario público y del delito de colusión desde la legislación vigente, doctrina (nacional e internacional) y la jurisprudencia. Todo ello con el objetivo de apoyar la posición de que los consultores contratados por el Estado sí son funcionarios públicos, pero no pueden ser considerado como autores del delito de colusión.
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    Informe Jurídico de la Sentencia 40/2022 Exp. N° 00830- 2021-PHC/TC
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-01) Hernández Huallanca, Dalia Carolina; Villarroel Quinde, Carlos Abel
    En el presente Informe Jurídico se analizará la figura procesal de “firmeza sobrevenida” y del principio acusatorio, sobre los cuales se ha generado una controversia en la Sentencia del Tribunal Constitucional 40/2022 Expediente N° 00830-2021-PHC/TC. La sentencia versa sobre un proceso constitucional de hábeas corpus, el cual es interpuesto sin que antes la resolución cuestionada haya adquirido firmeza. Por votación mayoritaria de los magistrados del Tribunal se decidió declarar fundada la demanda al haberse vulnerado el principio acusatorio. En ese sentido, el objetivo del informe es determinar cuál es la razón para que se aplique la figura de firmeza sobrevenida; así como también, si realmente se vulneró el principio acusatorio, para cual también se realizará un análisis del delito de negociación incompatible, al ser este el delito por el cual fue sentenciado el recurrente. La idea que se sustenta en este informe es que la firmeza sobrevenida debe ser interpretada en concordancia con los principios constitucionales y no realizarse una interpretación tan restrictiva de las normas. De igual manera se sustenta que sí es posible que hechos que no estén incluidos en la acusación fiscal sean valorados por el juez, siempre y cuando se traten de hechos complementarios que brinden mayor claridad para entender la conducta del imputado, basándonos en la Corte Suprema.