Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
URI permanente para esta comunidadhttp://54.81.141.168/handle/123456789/6
El Repositorio Digital de Tesis y Trabajos de Investigación PUCP aporta al Repositorio Institucional con todos sus registros, organizados por grado: Doctorado, Maestría, Licenciatura y Bachillerato. Se actualiza permanentemente con las nuevas tesis y trabajos de investigación sustentados y autorizados, así como también con los que que fueron sustentados años atrás.
Ingresa a su web: Repositorio Digital de Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
Explorar
2 resultados
Resultados de búsqueda
Ítem Texto completo enlazado Informe sobre la Sentencia de la Sala de Juicio IX de la Corte Penal Internacional del caso N° ICC-02/04-01/15: Situación en Uganda: Procurador contra Dominic Ongwen del 6 de mayo del 2021(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-20) Evangelista Huaynalaya, Francisco de Jesús; Reyes Milk, Michelle Elisa[Breve descripción del problema principal del caso, instrumentos normativos empleados y principales conclusiones. Su extensión debe ser de 200 a 250 palabras] Resumen del planteamiento de los problemas principal y secundarios Los problemas jurídicos principales que examina esta sentencia son: 1. ¿Es conforme a los artículos 77 y 78 del Estatuto de Roma, eficaz, proporcional y transparente el procedimiento usado por la Corte Penal Internacional para determinar las sentencias individuales por las 61 infracciones por las que Dominic Ongwen había sido encontrado culpable? 2. ¿Es conforme con los artículos 77 y 78 del Estatuto de Roma, es eficaz, es proporcional y es transparente por un lado la decisión de la Corte sobre la eliminación de la opción de cadena perpetua, y, otro lado, la decisión de la Corte de imponer 25 años de pena privativa de la libertad como pena total conjunta a Dominic Ongwen en base a las numerosas sentencias individuales por las que fue condenado? Principales instrumentos normativos empleado: Sentencia del caso Estatuto de Roma Reglas de Procedimiento y Evidencia Veredicto de la Corte sobre este mismo caso el del 4 de febrero del 2021 Veredicto y Sentencia de apelación sobre este caso del 15 de diciembre 2022. Jurisprudencia de la Corte (Bemba et al., Ntaganda, Lubanga) Decisiones dictadas por otros tribunales penales internacionales, como el Tribunal Penal Internacional para Ruanda y la Ex-Yugoslavia. Legislación de varios Estados. Posición del candidato/a sobre dichos problemas Varias decisiones anteriores de la Corte ya han comenzado a establecer los criterios necesarios para la determinación de una pena. Sin embargo, es la primera vez que una Corte pondera factores de atenuación tan fuertes como haber sido un niño soldado con crímenes tan graves con factores de agravación tan fuertes como los indicados en los cargos de acusación. La riqueza de esta decisión reside en ver cómo la Corte razona ante estos problemas.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Sentencia N° ICC-01/12-01/15-171(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-25) Hernández Pastor, Juan Ulises; Reyes Milk, Michelle ElisaLa sentencia de la Sala VIII de Primera Instancia de la Corte Penal Internacional (CPI) que declara al ciudadano maliense Ahmad Al Faqi Al Mahdi culpable de haber cometido el crimen de “dirigir intencionalmente ataques” contra edificios dedicados a la religión y monumentos históricos, marca un hito por ser la primera vez que dicho tribunal emite una condena por la destrucción intencional de bienes culturales. Sin embargo, la correcta imputación del crimen referido depende de que la conducta atribuida a Al Mahdi constituya un “ataque” de conformidad con el artículo 8(2)(e)(iv) del Estatuto de Roma. El presente trabajo analiza la idoneidad del sentido atribuido en la sentencia al término “ataque” a la luz de la definición del mismo en los tratados de derecho internacional humanitario y derecho penal internacional relevantes, de la jurisprudencia de la propia CPI y del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, y de la doctrina de los publicistas especializados. Dicho análisis permite concluir que la sentencia contraviene la definición del término “ataque” contenida en el derecho internacional humanitario, el sentido atribuido a dicho término en el artículo 8 del Estatuto de Roma y los principios relativos a la interpretación de los crímenes consagrados en el artículo 22(2) del mismo.