Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre el Recurso de Casación 67- 2017/Lima(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-13) Jara García, Julio Alejandro; Quispe Meza, Daniel SimónEl presente informe jurídico se centra en el análisis tanto del objeto penal como civil del Recurso de Casación 67-2017; todo centrado en el delito relativo a la negociación incompatible. Por parte del objeto penal se evalúan los elementos típicos de “interesarse indebidamente” y “en función de su cargo”, principalmente. También se adentra tangencialmente en temáticas como el tan mentado funcionario de facto. En cuanto al segundo objeto en mención se centra en la responsabilidad civil de los terceros civilmente responsables y se tocan temas como la responsabilidad civil ex delicto directa, vicaria, extracontractual y contractual de la persona jurídica.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico respecto a la Sentencia de la Casación Nro. 123-2023/Callao(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-09) Salvatierra Amaya, Alexandra Lucia; Quispe Meza, Daniel SimónEl presente informe aborda un análisis del delito de negociación incompatible, así como sobre sus elementos típicos y de valoración. En este orden de ideas, se pretende analizar un presunto caso de corrupción pública, en donde funcionarios de Esvisac, empresa público privada, se habrían interesado indebidamente de sus cargos para ocasionar perjuicios a la Administración Pública. Así, desarrollan problemáticas en torno a la distinción de los elementos requeridos en campo administrativo y penal, la valoración del interés indebido, así como los diferentes elementos del delito de negociación incompatible. El principal objetivo de este trabajo es delimitar de forma clara las irregularidades administrativas de los ilícitos penales, para así, en el marco de los principios rectores del Derecho Penal, respetar siempre la ultimo ratio del mismo, pretender que este se utilice como un recurso final cuando las otras ramas del derecho no puedan resolver la situación de manera adecuada. Así, el informe pretende proporcionar una base sólida para el entendimiento y la aplicación correcta de la ley en casos de negociación incompatible, contribuyendo al fortalecimiento del sistema legal y la justicia en situaciones de corrupción pública.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Casación Nº 178-2022-Loreto(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-05) Copaja Chambilla, Mauricio Rafael; Quispe Meza, Daniel SimónEl presente informe tiene como objeto principal realizar el análisis del Recurso de Casación Nro. 178-2022-Loreto. La referida sentencia reviste particular importancia en la medida que permite desarrollar las sanciones que corresponde imponer a quienes cometen el delito de colusión agravada de forma omisiva, figura que no ha sido del todo aceptada por todos los sectores. Por dicho motivo, el presente trabajo de investigación busca esclarecer la posibilidad de que aquella modalidad del delito se perpetre, motivo por el cual, su punibilidad corresponde cuando se logra acreditar su concurrencia. Adicionalmente, dado el contexto del delito, donde la recaudación de pruebas directas del acuerdo colusorio resulta de suma dificultad, se postulará la trascendencia de la prueba indiciaria para acreditar el delito. Además, en tanto el caso que se analiza presenta un pronunciamiento revocatorio a como se pronunciaron los magistrados de inferiores instancias sobre la reparación civil, se buscará aportar criterios que en nuestra consideración debieron tenerse en cuenta al determinar el monto de aquel, considerando tanto el daño patrimonial como el daño extrapatrimonial. A fin de lograr sustentar el presente informe se recopiló diversa doctrina, jurisprudencia y legislación que permite corroborar la tesis a la que se arribó luego de concluir el mismo. La conclusión a la cual se arribó consiste en que es posible que el delito de colusión agravada tenga lugar bajo una modalidad omisiva, siendo la prueba indiciaria fundamental para su acreditación. Por tanto, se comparte el pronunciamiento de la Corte Suprema en el presente caso, donde se confirmo el extremo penal de la sentencia contra los imputados. Sin embargo, se discrepa del extremo civil de la misma al no haber sido determinado el monto del mismo acertadamente.Ítem Texto completo enlazado ¿El derecho a una vida libre de corrupción?: una lejana noción desde la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano y retos por enfrentar(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Tamara Coronel, Keshia; Quispe Meza, Daniel SimónEl presente articulo académico tiene como finalidad exponer los posibles problemas teóricos y prácticos que enfrentaría nuestro sistema jurídico ante un posible reconocimiento de personas naturales o un grupo de ellas, como víctimas o agraviados de hechos ilícitos de corrupción. El panorama no resulta lejano, ya que, si bien nuestro país se encuentra lejos de reconocer un posible derecho a una vida, sociedad o gobierno libre de corrupción, las tendencias internacionales apuntan cada vez más a reconocer la relación entre las consecuencias de actos corruptos con la afectación a derechos humanos. En ese sentido, concluiremos que, como se encuentra planteado nuestro sistema jurídico, resulta dificultoso armonizar los principios y derechos del proceso penal que resguardan a las partes. No obstante, de contar con una iniciativa legislativa que tome en cuenta los problemas teóricos y prácticos a presentarse, no resulta tan distante la idea de poder reparar directamente a las personas o pueblos que han sido afectados por actos corruptos.Ítem Texto completo enlazado ¿Confiar o desconfiar?: la responsabilidad penal de los superiores jerárquicos en los delitos contra la administración pública(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Mallqui Castro, Silvia Graciela; Quispe Meza, Daniel SimónLa figura de los funcionarios públicos que ejercen cargos de poder ha jugado un rol importante en el crecimiento de los índices de corrupción en nuestro país. En este sentido, un tema necesario de desarrollo es la responsabilidad penal del superior jerárquico en los delitos contra la administración pública, desde la imputación objetiva. Ello con la finalidad de realizar un análisis respecto a la aplicación del principio de confianza en este tipo de delitos que se desarrollan dentro de una estructura jerárquica organizada.Ítem Texto completo enlazado La imprescriptibilidad en los supuestos más graves en delitos de corrupción: una propuesta fundada en derechos humanos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-07) Iglesias Spelucin, Giuliana Alexandra; Quispe Meza, Daniel SimónEn derecho, la prescripción es la regla y la imprescriptibilidad la excepción. Si bien el debate en torno a la imprescriptibilidad de la acción penal no es nuevo, con la modificatoria del artículo 41° de la Constitución proclamando la imprescriptibilidad de los “supuestos más graves”, es necesario abordar el sentido detrás de la controvertida fórmula. Por ello, a través del presente trabajo abordaremos el desarrollo de la fórmula “supuestos más graves” bajo el análisis del fundamento de la institución de la prescripción, el nexo entre corrupción y derechos humanos - incidiendo en la identificación de la relación de causalidad y la identificación del nivel de víctima – y su impacto diferenciado en personas o grupos en especial situación de vulnerabilidad.Ítem Texto completo enlazado La complicidad en el delito de negociación incompatible: Análisis de la Casación 184-2020, Lima Norte(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-07) Iglesias Spelucin, Giuliana Alexandra; Quispe Meza, Daniel SimónEl presente artículo aborda las formas de participación del delito de negociación incompatible, a fin de determinar si puede es posible admitir la complicidad en este tipo penal. El estudio analiza la estructura típica del delito y las tres modalidades de participación reguladas, sustentándose que es posible la participación del extraneus bajo la modalidad de intervención indirecta. Para sostener ello, se desarrolla lo señalado en distintos pronunciamientos de la Corte Suprema y doctrina nacional, y se incorpora una propuesta personal. Asimismo, se incide en la incorrecta subsunción fáctica realizada en el caso en concreto, motivo por el cual se desarrolla una cadena de indicios capaz de fundamentar la responsabilidad de los intervinientes que acredita el acuerdo colusorio entre los funcionarios representantes de SERPAR Lima y Tomás Raúl Encinas Vilquimichi como representante de Perny’s E.I.R.L. El principal objetivo del presente trabajo es contribuir a contrarrestar aquellos espacios de riesgo que se presentan dentro de la Administración Pública - sobre todo en el contexto de contratación estatal - y que perpetúan la impunidad de aquellos que, si bien no ostentan la cualidad especial de funcionarios o servidores públicos, participan en el acto corruptor y contribuyen a lesionar el bien jurídico general protegido: el correcto funcionamiento de la Administración Pública.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico de la Casación Nº1609-2019/MOQUEGUA(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-03) Mallqui Castro, Silvia Graciela; Quispe Meza, Daniel SimónEl presente informe de relevancia jurídica tiene como objetivo realizar un análisis crítico de la Casación Nº 1609-2019/Moquegua, mediante la cual se anula la sentencia absolutoria del imputado Christian Mario Rospigliosi Mendoza. Al respecto, se han identificado dos problemas jurídicos: el primer problema referido al tratamiento del delito de peculado doloso por apropiación como un delito de infracción de deber y no como un delito de dominio de hecho, enfocándonos en aclarar el contenido del elemento típico “por razón de su cargo” desde la distinción entre los deberes generales y los deberes específicos. El segundo problema referido a la aplicación del principio de confianza en una entidad pública como organización estructurada jerárquicamente, abordado desde la figura del funcionario público superior con vínculo funcional, quien ostenta una posición de garante reforzada, al asumir el deber de controlar y vigilar el bien público y a sus subordinados, a partir de un deber específico establecido por el ordenamiento jurídico. En este sentido, con el desarrollo del trabajo, desde la doctrina y la jurisprudencia, se concluye que los magistrados de primera y segunda instancia aplicaron erróneamente la teoría del dominio del hecho, lo cual conlleva a la absolución del imputado. Asimismo, se evidencia que la Corte Suprema incurre en un defecto de motivación insuficiente en su pronunciamiento sobre la aplicación del principio de confianza.Ítem Texto completo enlazado Aspectos problemáticos en torno a la participación en el delito de negociación incompatible(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-24) Fabián Terreros, Yhasira Elisa; Quispe Meza, Daniel SimónEn el presente artículo, se aborda la discusión relacionada a la admisión de la participación del extraneus en el delito de negociación incompatible y se sostiene que esta sí es posible en determinados supuestos. Para ello, se realiza previamente una breve revisión sobre los elementos del delito en cuestión, advirtiéndose que el medio comisivo indirecto del mismo constituye un primer acercamiento al tema de atañe a este artículo. Ello, en tanto pone sobre la mesa el escenario en el que el funcionario público competente realiza la conducta delictiva a través de otros sujetos. Posteriormente, se procede a analizar los pronunciamientos de la Corte Suprema y trabajos de la doctrina nacional que estudian el delito de negociación incompatible, encontrándose así lo siguiente: un primer grupo posturas que no descarta expresamente la participación del extraneus en el referido delito, un segundo grupo que no la admite y un tercer grupo, que, admitiéndola, lo hace con determinadas particularidades. Habiendo revisado lo anterior, se formulan respuestas y observaciones a cada una de las objeciones y argumentos contrarios o a favor de la postura del artículo. Finalmente, se presenta una propuesta personal sobre los supuestos en los que es posible admitir tranquilamente la participación en el delito de negociación incompatible: aquellos escenarios en los que el extraneus no es el sujeto con el que el Estado negocio en el marco de un proceso de contratación estatal.Ítem Texto completo enlazado La imposibilidad de la imputación penal al extraneus contratista en el delito de negociación incompatible(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-21) Jara Enriquez, Eloisa; Quispe Meza, Daniel SimónLos delitos contra la administración pública son delitos que han significado un gran reto para las teorías del caso postuladas por el Ministerio Púbico, debido a que, el estándar probatorio de estos delitos es elevado ya que suelen ser actuaciones que se realizan en la clandestinidad. Sin embargo, es problemático también identificar correctamente el título de participación en estos delitos, en virtud a la complejidad en la se desarrolla la contratación estatal, más difícil es todavía, para el Ministerio Público demostrar que el extraneus contratista en el delito de negociación incompatible debería de ser responsable penalmente, no solo porque es difícil demostrar su responsabilidad en grado de certeza, sino porque de la estructura típica de este delito no se desprende responsabilidad penal para este ajeno a la administración pública. Este escenario se torna más oscuro aún cuando, ni si quiera, la Corte Suprema tiene una línea jurisprudencial sobre la participación del extraneus en este delito. Es por ello que, a partir de este trabajo, se trata de demostrar por qué no es posible que se impute responsabilidad al penal del contratista, siendo que concluimos que pese a la negociación incompatible sea un delito de infracción de deber, ello no es suficiente para atribuir responsabilidad penal a aquel contratista que se encuentre vinculado con la administración pública, más aún, cuando existen otros delitos como el de colusión o cohecho que sí permiten la participación necesaria entre le funcionario público y contratista.
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