Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°55-2018/CCD y Nº58-2018/CCD (Acumulados), E-2810, Grupo La República vs Capri Internacional
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-06-12) Mendoza Guillermo, Greyci Astrid; Mendoza Choza, Francisco Ramón
    Al respecto, se acumularon dos (2) expedientes. El primero fue iniciado en mérito a una denuncia formulada por Grupo República en contra de Distribuidora Navarrete por presuntamente cometer un acto de violación de normas en tanto habría comercializado y distribuido un álbum y cromos referidos al mundial Rusia 2018 sin que haya contado con la autorización correspondiente para hacerlo. La Secretaría Técnica encausó de oficio el procedimiento e imputó a título de cargo a Distribuidora Navarrete la comisión de un acto de engaño dado que estaría distribuyendo un álbum referido al Mundial Rusia 2018 haciendo creer a los agentes del mercado que se trataría del álbum oficial del referido evento futbolístico de la FIFA, pese a que ello no sería cierto. Por otro lado, el otro expediente fue iniciado de oficio por la Secretaría Técnica, la cual, luego de realizadas las respectivas investigaciones, imputó a título de cargo a Capri las siguientes conductas infractoras: - Infracción a la Cláusula General en tanto vendría comercializando y distribuyendo álbumes y sus cromos con imágenes de los jugadores de las 32 selecciones clasificadas al Mundial Rusia 2018, sin que cuente con la autorización para explotarlas. - Acto de engaño en tanto vendría comercializando y distribuyendo un álbum referido al Mundial Rusia 2018 haciendo creer a los agentes del mercado que se trataría del álbum oficial del referido evento futbolístico, cuando ello no sería cierto. Dichos expedientes se acumularon. La Comisión declaró infundada la denuncia en contra de Distribuidora Navarrete al considerar que no obraban en el expediente medios probatorios que acreditaran su infracción. Por otro lado, la Comisión declaró fundadas las imputaciones de oficio realizadas en contra de Capri en tanto, a su criterio, quedó acreditado que distribuyó y comercializó un álbum referido al Mundial Rusia 2018 y sus respectivos cromos haciendo creer a los consumidores que se trataría del álbum oficial del referido evento futbolístico sin que ello sea cierto y sin contar con las autorizaciones correspondientes para explotar las imágenes de los futbolistas. Capri apeló la resolución de primera instancia en los extremos que le fueron desfavorables. En su resolución final, la Sala, órgano resolutivo de segunda instancia, confirmó parcialmente la resolución de la Comisión. Por un lado, la Sala confirmó el extremo de la resolución de la Comisión que declaró fundada la imputación de oficio en contra Capri por infracción a la Cláusula General en tanto quedó acreditado comercializó y distribuyó álbumes y sus respectivos cromos de figuritas con imágenes de los futbolistas sin contar con la autorización respectiva para su explotación. La sanción impuesta ascendió a 240 UIT. Por otro lado, la Sala revocó la resolución de la Comisión en el extremo que declaró fundada la imputación de oficio en contra de Capri por presunto acto de engaño, y reformándola, declaró infundado dicho extremo al considerar que no incurrió en un acto de engaño, en tanto los consumidores, al realizar un análisis integral del producto, no pensarían que se trata del álbum oficial del mundial sino uno alternativo con un precio menor.
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    Informe sobre Expediente de relevancia jurídica 105-2018/CCD, E-2816, denuncia de la Asociación de Consumidores Indignados contra Uber B.V. y Uber Perú S.A.C. por actos de competencia desleal en la modalidad de violación de normas
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-21) Rodríguez Tamo, Daniel Andrés; Mendoza Choza, Francisco Ramón
    El presente informe jurídico analiza la denuncia presentada por la Asociación de Consumidores Indignados del Perú contra Uber Perú S.A. y Uber B.V. ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de violación de normas. El expediente tiene un problema jurídico medular que radica en evaluar la naturaleza jurídica de la actividad realizada por el agente económico que administra la aplicación “Uber” y, en consecuencia, si para su ejecución requiere contar con el título habilitante emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima para la prestación del servicio de taxi. Adicionalmente, se identifican otros dos problemas jurídicos principales, vinculados a la legitimidad para obrar de Uber Perú S.A. dentro del procedimiento y la notificación al extranjero realizada a Uber B.V. Para el análisis de estos problemas jurídicos, en el presente informe se ahonda en diferentes figuras jurídicas como la legitimidad para obrar pasiva, la aplicación de la primacía de la realidad, el derecho a ser notificado como parte del derecho a la defensa, la ventaja competitiva significativa, entre otros. Asimismo, se profundiza en el concepto, características, clasificaciones y regulación en el Perú del fenómeno de la economía colaborativa y sus actores, los usuarios, prestadores de bienes o servicios y plataformas colaborativas. En las conclusiones, se confirman las hipótesis iniciales referidas a que la actividad económica llevada a cabo por una plataforma colaborativa no es equiparable al servicio subyacente, Uber Perú S.A. no tiene legitimidad para obrar pasiva dentro del procedimiento y la notificación al extranjero no siguió las modalidades legalmente previstas.
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    Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°000137-2018/CEB-INDECOPI, E-2800. Procedimiento de Eliminación de barreras burocráticas iniciado por Energigas S.A.C. contra el organismo supervisor de la inversión en energía y minería
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-29) Mansilla Peláez, Diego Alonso; Mendoza Choza, Francisco Ramón
    El presente informe jurídico analiza el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas, el cual resuelve la denuncia interpuesta por la empresa ENERGIGAS S.A.C. contra el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería por la presunta imposición de dos barreras burocráticas ilegales y carentes de razonabilidad, materializadas en los párrafos segundo, así como tercer y cuarto del artículo 17A del Anexo 1 de la Resolución de Consejo Directivo N° 191-2011-OS/CD. El análisis desarrollado en el presente informe tiene como objetivo dar respuesta a tres problemas jurídicos que consisten, en primer lugar, en determinar si las barreras burocráticas materia de cuestionamiento son ilegales dentro de aspectos establecidos en la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas. En segundo lugar, se tiene el problema jurídico de si correspondía o no que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi analice la razonabilidad de la primera barrera burocrática, materializada en el segundo párrafo del artículo 17A. Por último, el tercer y último problema jurídico consiste en establecer si la primera barrera burocrática carecía o no de razonabilidad. Para dar respuesta a los problemas jurídicos antes mencionados, se analizará el cumplimiento de la normativa aplicable en Derecho Administrativo, en lo referente a actos administrativos, requisitos que puede solicitar la Administración Pública, así como normativa transversal a todo el ordenamiento jurídico como es la aplicación de la normativa en el tiempo. De igual manera, se consideran criterios de interpretación jurídica como el criterio teleológico y el método de interpretación sistemática, así como los principios que sustentan fundamentalmente el procedimiento administrativo. Todo ello, tomando en consideración la realidad y los efectos que tiene en la práctica la regulación en los agentes que desarrollan actividades de hidrocarburos.
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    Informe sobre expediente de relevancia jurídica Nº 001-2008/CCD, E-2114, denuncia interpuesta por Newmont Perú S.R.L. contra Back Arc Minerals S.A.C. y Ever Jesús Márquez Amado
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-22) Guivin Pereyra, Ruth Zulín; Mendoza Choza, Francisco Ramón
    El informe analiza los principales problemas jurídicos que se desprenden del Expediente Nº 001-2006/CCD del INDECOPI, proceso que se desarrolló en dos instancias administrativas, la primera a cargo de la Comisión de Represión de Competencia Desleal, el cual mediante Resolución N° 091-2008/CCD-INDECOPI resolvió declarar infundada la denuncia interpuesta por Newmont Perú S.R.L. contra Back Arc Mineral S.A.C y Ever Jesús Márquez Amado; y la segunda instancia a cargo del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, el cual, actuando como segunda instancia, decidió revocar la decisión de la Comisión y declaró fundada la denuncia interpuesta por Newmont Perú S.R.L. contra Back Arc Mineral S.A.C. e imponiéndole una multa ascendente a 100 UIT, pero improcedente la denuncia contra el señor Ever Jesús Márquez Amado en su Resolución N° 0063-2009/SC1-INDECOPI. En tanto, de la exhaustiva revisión de los principales hechos materiales como procesales del caso, se estableció como primer objetivo, identificar la existencia de prácticas que se consideran como competencia desleal dentro del caso expuesto en la denuncia; y en segundo orden, analizar la actuación de los órganos del Indecopi y sus respectivas decisiones respecto al caso, para analizar si estos órganos tuvieron deficiencias al momento de decidir. Para lograr dichos objetivos, hemos desglosado cada criterio legal importante de los hechos precedentes, analizando cada argumento de defensa, cada medio probatorio presentados por las partes y el criterio que plantea el Indecopi para resolver en cada instancia. Sin lugar a duda, el presente caso que analizaremos marca un hito precedente e importante en el ámbito administrativo respecto a los procesos seguidos por competencia desleal, que servirán mucho al desarrollo de esta rama, dado que las normas de competencia desleal se caracterizan por ser normas ambiguas e imprecisas al momento de identificar prácticas que hayan vulnerado esa premisa general de la competencia.
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    Informe de Expediente E-2506 (Expediente 3273-2010/CPC) Denuncia ante la Comisión de Protección al Consumidor de INDECOPI presentada por Ismael Rodriguez Ayala y otros contra Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-11-27) Zegarra Yufra, José Marcelo; Mendoza Choza, Francisco Ramón
    El presente Informe de Relevancia Jurídica versa sobre la demanda ante la Comisión de Protección al Consumidor interpuesta por Ismael Rodriguez y otros funcionarios de Electro Dunas S.A.A. frente a Rímac Internacional Compañías de Seguros y Reaseguros por la negativa de esta última a brindarles la indemnización de la Póliza de Responsabilidad Civil D&O a raíz de la aplicación de la Exclusión de Accionista Mayoritario. Tanto la Comisión como la Sala de Defensa en segunda instancia, se declararon competentes para conocer la denuncia en tanto indicaron que existía una relación de consumo. El objetivo general del trabajo busca revisar, analizar y cuestionar los fundamentos de estos órganos para calificar tal relación; así como también, examinar aspectos controvertidos adicionales como una de las consecuencias de esta decisión o la revisión de cláusulas relevantes del Contrato. Los problemas jurídicos abarcan un análisis sistemático de las Pólizas de D&O en calidad de Contratos de Seguro de carácter mercantil, a efectos de determinar que en los hechos concretos del caso, la denuncia no debió ser llevada a cabo por la vía de Protección al Consumidor. Asimismo, se toman en cuenta otras aristas, como la afectación al Principio de Mutualidad de los Contratos de Seguro y el análisis la cláusula de Gastos de Defensa de las Condiciones Generales a efectos de preguntarnos si esta es abusiva o no.
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    Los regímenes de responsabilidad administrativa de funcionarios y servidores públicos frente a posibles casos de corrupción: el rol sancionador de SERVIR y de la CGR
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-19) Torres Grijalva, Carlos Torres; Mendoza Choza, Francisco Ramón
    El presente artículo académico analiza los regímenes de responsabilidad administrativa de los funcionarios y de los servidores públicos frente a posibles actos de corrupción, ello analizado desde el rol que cumple la Autoridad Nacional del Servicio Civil (en adelante, SERVIR) y la CGR (en adelante, CGR). Al respecto, se analizarán cuatro objetivos. El primero de ellos versará respecto a las funciones de SERVIR y de la CGR en relación al ejercicio de la función pública, en otros términos, se realizará un análisis del sistema disciplinario y del sistema sancionador respectivamente. Sin perjuicio de ello, el segundo objetivo versará sobre la determinación de las infracciones, pasibles de ser cometidos por los servidores civiles, los cuales están consideradas en el catálogo de faltas administrado por SERVIR y la CGR, relacionados a actos de corrupción. Respecto al tercer objetivo este versará sobre la propuesta de los mecanismos a implementar por parte de SERVIR y la CGR para mejorar el combate a la corrupción, desde el ámbito de la responsabilidad administrativa. Finalmente, esbozaremos las conclusiones del presente artículo de investigación, ello en concordancia de las propuestas y mejoras en la regulación de infracciones a cargo de SERVIR y CGR, en relación a actos de corrupción.
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    Informe Jurídico sobre la Resolución N° 001882-2021/TSC- Primera Sala
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-16) Torres Grijalva, Carlos Torres; Mendoza Choza, Francisco Ramón
    El presente informe jurídico analiza la Resolución N° 001882-2021-SERVIR/TSC- Primera Sala, emitida por el Tribunal del Servicio Civil - SERVIR, la cual resuelve el recurso de apelación interpuesto por la servidora Liliana Margot Chanamé Castillo, Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura, contra la Resolución N° 000135-2021-SG/MC emitida por la Secretaría General de la entidad. Los hechos versan principalmente en si la servidora habría -presuntamente- elaborado los Términos de Referencia de las órdenes de servicio N° 2172-2019, N° 3704-2019, N° 4236-2019 y N° 673-2020 y, posteriormente, habría otorgado la conformidad de las mismas, a fin de beneficiar indebidamente a Richard Cisneros Carballido, quien, como proveedor del servicio contratado, no habría cumplido a cabalidad con sus obligaciones contractuales. En consecuencia, el 5 de octubre del 2020, a través de la Resolución Directoral N° 000221-2020-OGRH/MC, la Dirección General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura inició el procedimiento administrativo disciplinario en contra de la citada servidora, el mismo que concluyó con la imposición de la máxima sanción, destitución del cargo de Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos. En ese sentido, en el presente informe se analizarán los principales problemas jurídicos identificados en la Resolución N° 001882-2021-SERVIR/TSC-Primera Sala, bajo el análisis de la normativa interna del Ministerio de Cultura, legislación pertinente, doctrina y jurisprudencia, respecto al procedimiento administrativo disciplinario, las obligaciones contractuales y los presuntos actos de corrupción en los que estaría involucrada la servidora. Luego, se compartirá la posición personal sobre los temas discutidos. Finalmente, se expondrán las conclusiones y recomendaciones, a fin de dilucidar una correcta interpretación de nuestras normas aplicables al procedimiento administrativo disciplinario.