Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Anulación del laudo arbitral en el Perú por inexistencia de motivación o motivación aparente(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Angeles Gomez, Veronica Esperanza; Delgado Suárez, Christian AlexLa decisión del Tribunal Arbitral se ve reflejada en el laudo arbitral que pone fin a la controversia de las partes. Este laudo arbitral debe cumplir con lo establecido en el artículo 56 del Decreto Legislativo 1071; es decir, debe ser un laudo motivado, salvo pacto en contrario. Por lo que, nos hacemos la siguiente interrogante ¿qué sucede cuando un laudo arbitral no es motivado y las partes no lo han pactado de esa manera? Nosotros consideramos que en ese caso podríamos hacer referencia al artículo 63 del mismo Decreto Legislativo para poder analizar si nos encontramos en alguno de los supuestos de anulación de laudo arbitral. De esa forma, nosotros a través de este trabajo académico vamos a analizar si efectivamente la motivación se encuentra dentro de los supuestos para interponer un recurso de anulación de laudo arbitral y si se cumple con lo establecido en el artículo 62 del mismo decreto. Asimismo, nosotros analizaremos también dos supuestos de motivación que son i) la inexistencia de motivación y ii) la motivación aparente para comprobar si efectivamente pueden ser objeto de control judicial via recurso de anulación de laudo arbitral o tal vez no por las prohibiciones establecidas en el artículo 62 numeral 2 del Decreto Legislativo 1071.Ítem Texto completo enlazado Expediente 00581-2019: Anulación del laudo arbitral por falta de motivación según el artículo 63 numeral 1 inciso b) del DL 1071(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-19) Angeles Gomez, Veronica Esperanza; Delgado Suárez, Christian AlexEl presente informe versa sobre el análisis realizado a la resolución N°7 del expediente 00581-2019-0-1817-SP-CO-02 emitida por la Segunda Sala Civil Subespecialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, la cual trata sobre el recurso de anulación interpuesto por el PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA NACIONAL- PROVIAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVÍAS NACIONAL contra el laudo de fecha 22 de julio de 2019 emitido en el arbitraje seguido contra OBRAS DE INGENIERÍA S.A - OBRAINSA. A través de este informe, analizamos el problema acerca de la motivación que se produce en los laudos arbitrales, lo cual conlleva a abrir una ventana a que en sede judicial pueda revisarse de manera externa la decisión de estos laudos arbitrales y comprobar si efectivamente se cumplió o no con motivar el laudo arbitral. En ese sentido, en el presente informe, se concluye que la inexistencia de motivación en el laudo arbitral, transgrede el derecho a la debida motivación, no cumple con el principio de congruencia procesal y termina siendo correcto solicitar la anulación del laudo mediante el artículo 63 numeral 1 inciso b) del Decreto Legislativo 1071. Este análisis se desarrollará conforme a la revisión doctrinaria y jurisprudencial efectuada para el presente informe.