Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente de Relevancia Jurídica N° 24476-2014-0-1801-JR-LA-04(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-15) Thomas Morales, Lucero; Boza Pró, Guillermo MartínEn el presente informe se desarrollan los principales problemas jurídicos sobre Derecho Colectivo y Derecho Constitucional encontrados a raíz de la demanda interpuesta por el Sindicato Único de Trabajadores de la Minera Barrick Misquichilca S.A. contra la Minera Barrick Misquichilca S.A. Durante los actuados se desarrollan diversos problemas originados como consecuencia de que la demandada otorga el Bono de Integración únicamente a trabajadores no sindicalizados, lo que devino en el cuestionamiento de si este bono es una extensión del Convenio Colectivo 2013-2016. A partir de ello, se debate si la extensión del Convenio es válida en mérito a la intención de la demandada de preservar la igualdad entre sus trabajadores o si el actuar de la demandada deviene en inválido por la lesión al derecho de la libertad sindical. Por lo que se analiza si en los actuados se enfoca de manera adecuada los temas controversiales y si se resuelven en atención al carácter tuitivo del Derecho Laboral. Para ello, se usan los instrumentos que forman parte del bloque de constitucionalidad con la finalidad de realizar una interpretación que garantice el respeto de los derechos fundamentales involucrados. Así, en este trabajo, se llega a la conclusión de que existe una extensión de un convenio colectivo celebrado con un sindicato minoritario, el cual afecta el derecho a la libertad sindical, toda vez que genera un desincentivo para la afiliación a este, en vista de que todos los trabajadores recibirán el mismo beneficio, sin asumir ninguna obligación por ser parte del proceso de negociación colectiva; ello, trae como consecuencia la imposibilidad de que la organización sindical alcance el equilibrio necesario para que efectivamente se pueda desarrollar una negociación colectiva en la que la diferencia de poder entre las partes sea mínimaÍtem Texto completo enlazado La prevención del ciberacoso laboral en el teletrabajo en Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-07) Quispe Lovaton, William; Boza Pró, Guillermo MartínEn la presente tesis se analiza la configuración del ciberacoso laboral, se identifica la relación y diferencia que tiene esta conducta frente a otros riesgos de carácter psicosocial. Asimismo, se explican las causas y efectos del ciberacoso laboral sobre las relaciones laborales, así como la importancia que adquiere su prevención en el contexto del teletrabajo. También se analiza la prevención del ciberacoso laboral en el marco normativo de la organización internacional de trabajo (OIT) específicamente en el Convenio No. 190 sobre violencia y acoso, así como en el derecho comparado de España, Uruguay y Argentina. A partir de ello, siguiendo un enfoque de carácter transversal, se analiza la prevención del ciberacoso laboral en el marco normativo peruano, específicamente en legislación sobre seguridad y salud en el trabajo, salud mental y teletrabajo. De este modo, aplicando el método dogmático se concluye que el marco normativo peruano regula la prevención del ciberacoso laboral en el contexto del teletrabajo; sin embargo, se advierte la posibilidad de garantizar un mayor nivel prevención del ciberacoso en el teletrabajo para lo cual, se formulan dos (02) propuestas: i) La modificación parcial de la legislación laboral vigente y ii) La regulación de la prevención del ciberacoso laboral en el teletrabajo mediante convenios colectivos o normas organizacionales.Ítem Texto completo enlazado Alcances de la protección ante el despido arbitrario de los trabajadores de confianza(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-17) Rodríguez Quezada, Jessica Josselyn; Boza Pró, Guillermo MartínLa presente investigación surge como respuesta a una controversia que se ha venido presentando a lo largo de los años y que, a pesar de los diversos intentos que ha habido por resolverla, no ha sido posible fijar un criterio definitivo para su tratamiento. Este problema corresponde a la protección que deben gozar los trabajadores de confianza ante el retiro de la misma, o, en otras palabras, ante el despido arbitrario. Conforme se desarrollará en el presente trabajo, actualmente no existe una regulación clara que defina la naturaleza y efectos del despido de trabajadores de confianza. En ese sentido, a partir de la presente investigación, se podrá determinar que a los trabajadores de confianza se les debe reconocer la protección frente al despido arbitrario, mediante el otorgamiento de una indemnización. Para dicho efecto, consideramos oportuno señalar que la solución más conveniente se daría a través de una reforma en la regulación existente, de manera que tanto las características de este tipo de trabajadores como la naturaleza de la particular relación laboral entre el trabajador de confianza y el empleador cuenten con un desarrollo claro y que permita ratificarles la protección que les ha sido reconocida en la Constitución Política del Perú y la ley. En adición a ello, esta reforma hará posible una correcta delimitación de conceptos que actualmente se relacionan erróneamente. Nos referimos a la incorrecta vinculación que se suele efectuar sobre trabajadores de dirección y trabajadores de confianza, cuando se tratan de clases de trabajadores independientes.Ítem Texto completo enlazado La necesidad de regular el derecho a la desconexión digital frente la implementación del trabajo remoto y el teletrabajo en las empresas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-20) López Jara, Wilson Bernardo; Boza Pró, Guillermo MartínEn la presente investigación se logró determinar que existen posiciones doctrinarias a favor y en contra respecto a la regulación del derecho de la desconexión. Así tenemos posturas a favor como en las que se conciben al derecho a la desconexión como una nueva herramienta que pone límites al poder del empleador, con el objetivo de garantizar la conciliación entre la vida profesional, el derecho a la salud, el derecho al descanso. Además se considera que el derecho a la desconexión es necesaria y saludable, la misma que debe fomentarse, teniendo en cuenta las exigencias de los nuevos entornos de trabajo como el trabajo remoto y el teletrabajo. Por otro lado encontramos posturas en contra de su regulación, ya que señalan que no se puede concebir el derecho al derecho a la desconexión como una categoría autónoma; toda vez que consideran que el tiempo de descanso y la jornada de trabajo, ya gozan de protección a nivel constitucional. Para determinar si es necesario su regulación, hemos analizado los antecedentes que llenan de contenido el derecho de la desconexión digital, para ello hemos revisado: negociaciones colectivas, políticas empresariales, informes, jurisprudencia y la legislación comparada. Es por ello, que nos motiva a investigar la necesidad de regular el derecho a la desconexión que está presente al finalizar la jornada laboral y el tempos de descanso, pero nos centraremos en las modalidades de trabajo remoto y teletrabajo, y determinaremos que como categoría autónoma protege el derecho al descanso en todas variables (vacaciones, tiempo de refrigerio, licencias), a la salud frente a la hiperconectividad producto de la tecnología, asimismo busca proteger al derecho a la intimidad, cuando el empleador invade la esfera de privacidad en tiempos que deben ser dedicas para la familia o para el desarrollo personal. En conclusión debe ser visto como una moneda; por un lado un NO HACER, por parte del trabajador (no atender en el tiempo de descanso) y por otro lado un NO HACER, por parte del empleador (no utilizar los TIC para emitir ordenes en el tiempo de descanso).Ítem Texto completo enlazado El trabajo remoto en el Perú: ¿una figura accidental con un futuro prometedor o un llamado a uniformizar la legislación existente?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-22) Palacios Palomino, Oridiana Marí; Boza Pró, Guillermo MartínAnte el avance de la propagación del coronavirus (COVID-19), el 15 de marzo del 2020 se publicó el Decreto de Urgencia 26-2020 que creó el “trabajo remoto” como una de las medidas excepcionales y temporales para prevenirla. El objetivo de este trabajo de investigación es analizar si debería optarse por reconocerlo como una figura independiente con las modificaciones pertinentes o adherirlo a una legislación general sobre el trabajo a distancia. Asimismo, como objetivos específicos, primero, se busca establecer el panorama normativo del trabajo a distancia vigente, mediante la comparación y búsqueda de desventajas/vacíos de las normas preexistentes para determinar si el trabajo remoto ofrece una solución novedosa o factible. Segundo, se determinan las implicancias actuales y futuras mediante el mantenimiento de la figura actualmente estudiada. Para el cumplimiento de tales objetivos, tomando como patrón la tipología de la Guía de investigación de en Derecho de la CICAJ, la presente investigación se sitúa en aquella de carácter dogmático o documental; mientras que su objeto de estudio se centrará en la dogmática jurídica. La conclusión principal arriba a que el trabajo remoto no regula un supuesto completamente novedoso, sino que se suma a la legislación previa sobre el trabajo a distancia: trabajo a domicilio y teletrabajo; perpetuando falencias previas y creando nuevas inconsistencias. De esta forma, constituirlo como un modelo permanente, más allá del periodo establecido originalmente, sería un retroceso en la implementación del trabajo a distancia en el Perú.Ítem Texto completo enlazado Propuesta de definición y alcance del aspecto locativo en el ámbito de aplicación de la tercerización de servicios regulada en Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-01-25) Rebaza Santa Cruz, Silvia Emperatriz; Boza Pró, Guillermo MartínEl presente trabajo abarca el aspecto locativo del ámbito de aplicación de la ley de tercerización de servicios, al considerar que se trata de un tema que no suele ser discutido o entendido ampliamente, lo cual genera que en la práctica se incurra en confusión respecto a los casos en los que una tercerización de servicios se encuentra dentro o fuera del ámbito de la ley. A través de la presente investigación se busca determinar cuál es el alcance de la norma de tercerización vigente, al buscar el significado del concepto de Centro de Operaciones, y con ello fijar las pautas que determinen cuándo existe desplazamiento a este espacio y, por ende, resultan aplicables las obligaciones y responsabilidades establecidas en la Ley de Tercerización. Para ello se recurre a diversas herramientas, que incluye un análisis interpretativo, así como revisión normativa en el derecho comparado, que coadyuve a una definición en nuestro marco actual. Así, definiremos que el concepto de ‘Centro de Operaciones’ no podría ser entendido de modo estricto, sino que abarcará un aspecto locativo amplio, siendo la única restricción los casos en los que no exista dominio por parte de la empresa usuaria sobre dicho espacio. Además, en la presente investigación se consideran también retos actuales y coyunturales en la forma de determinación del ámbito de aplicación de la Ley de Tercerización en su aspecto locativo (como teletrabajo, espacios de coworking, entre otros), por lo que también se proponen medidas que permitan modificar la norma a futuro para contemplar estos escenarios.Ítem Texto completo enlazado La seguridad y salud en el trabajo en los operadores del transporte urbano regular de pasajeros. Propuesta normativa(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-11-25) Merino Merino, Leyla; Boza Pró, Guillermo MartínEl desarrollo del presente trabajo constituye un acercamiento hacia las condiciones laborales de los operadores de transporte urbano regular de pasajeros de Lima Metropolitana (cobradores y conductores), para de esa manera observarlos y, aplicando el correspondiente análisis legal de su situación laboral y del estado de la seguridad y salud en el trabajo en este campo, determinar la forma jurídica y contenido de una propuesta normativa de seguridad y salud en el trabajo para los operadores de transporte urbano regular de pasajeros del país. Para ello fue necesario realizar el levantamiento de información de las condiciones de trabajo y salud de conductores y cobradores correspondientes a empresas de transporte de Lima Metropolitana; lográndose entrevistar a veintinueve (29) conductores y cobradores de doce (12) empresas de transporte urbano regular de pasajeros de la ciudad de Lima. Se aplicó un esquema de preguntas vinculadas a posibles factores de riesgo, tomándose como referencia la data encontrada en estudios nacionales e internacionales vinculados al tema. Los resultados obtenidos detectaron la presencia de diversos factores de riesgo, entre ellos, factores de riesgo biopsicosociales, disergonómicos, físicos, químicos y vinculados al género y a la edad; información de gran utilidad para evaluar la viabilidad de una norma de seguridad y salud en el trabajo para los operadores de transporte urbano regular de pasajeros del país.Ítem Texto completo enlazado Análisis de la naturaleza remunerativa de los fringe benefits(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-09-01) Arias Barbié, Elyana Francisca; Boza Pró, Guillermo MartínEn la legislación peruana, como en el Derecho Comparado, el legislador y la jurisprudencia se han encargado de delimitar las consecuencias jurídicas de señalar determinados “beneficios”, a cargo del empleador, como parte de la remuneración; es decir, con carácter remunerativo o no. Con lo cual, no todos los beneficios entregado a los trabajadores tienen carácter remunerativo, con las consecuencias jurídicas que ello implica, principalmente en lo referente a la incidencia en los beneficios colaterales. Sin embargo, la entrega de beneficios accesorios denominados “fringe benefits”, que vienen a ser beneficios adicionales a los beneficios sociales legalmente establecidos, usualmente con la finalidad de ajustar las estructuras salariales, son cada vez más frecuentes y se encuentran sin un normativa específica ni especial aplicable, lo que genera que no exista un pronunciamiento jurisprudencial uniforme ni una posición doctrinaria pacífica en relación a la naturaleza jurídica de los mismos. Lo cual conlleva a que los empleadores otorguen estos beneficios sin saber exactamente las consecuencias laborales de ello. Motivo por el cual, en el presente trabajo de investigación, analizamos la naturaleza jurídica de los denominados fringe benefits, así como su origen, surgimiento, ventajas y desventajas de su entrega y la normativa general aplicable. Asimismo, se analiza específicamente la entrega de tres beneficios adicionales: (i) asunción del impuesto a la renta, (ii) entrega de vivienda y (iii) entrega de vehículo y/o gasolina. Es así que se determina si tienen o no carácter remunerativo y como actualmente son considerados tanto en sede administrativa y/o judicial. El presente estudio no sólo coadyuva a determinar la naturaleza jurídica de los tres beneficios adicionales analizados, sino que conllevará a establecer pautas para que los empleadores y trabajadores tengan herramientas para determinar si un benéfico adicional tiene carácter remunerativo o no.Ítem Texto completo enlazado La problemática de la determinación del daño moral causado en los despidos injustificados(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-01-15) Ponce Ulco, Carolina; Boza Pró, Guillermo MartínEl presente trabajo de investigación surge del análisis crítico de la reciente jurisprudencia laboral peruana sobre determinación del daño moral en los despidos injustificados y la necesidad de acreditar su existencia para el otorgamiento de indemnizaciones por daños extra patrimoniales. El principal problema radica en que existe jurisprudencia contradictoria; algunas sentencias consideran que este tipo de daño debe presumirse por el solo hecho del despido injustificado, al afectar la dignidad del trabajador; otros fallos sostienen que deben acreditarse las afectaciones emocionales sufridas por el trabajador y su familia, así como el impacto negativo en su vida. Los objetivos de este trabajo de investigación son establecer qué tipo de perjuicios inmateriales pueden ser causados en un trabajador despedido de manera injustificada y cuáles merecen ser resarcidos, proponer parámetros legales para la determinación del daño moral y analizar los más recientes Plenos Laborales para determinar si son adecuadas o no las presunciones para el otorgamiento de indemnizaciones. En la investigación se plantea la discusión sobre la existencia de daños extra patrimoniales que pueden ser causados a los trabajadores que sufren despidos injustificados que ameritan una reparación pecuniaria; asimismo, se formula la posibilidad de su otorgamiento en virtud al derecho consagrado en el artículo 34 de la Ley de Competitividad y Productividad Laboral. La principal conclusión del estudio realizado, es que una adecuada medida ante el despido injustificado es el otorgamiento de una indemnización por daño moral en cuanto sea acreditado en el proceso laboral, como una protección adicional e independiente a la tarifada, entendida tal indemnización como una reparación integral a los daños extra patrimoniales sufridos por el trabajador despedido. En ese sentido, este trabajo de investigación busca ser un aporte doctrinario que sirva de herramienta de análisis para el tratamiento legal de los daños extra patrimoniales causados en los despidos injustificados.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Expediente N° 00139-2007-0-1801-JR-LA-17(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-10-15) Salas Salazar, Ralph Edgar; Boza Pró, Guillermo MartínEl presente trabajo de investigación pretende analizar los problemas jurídicos más importantes que se desprenden del expediente materia de revisión a fin de emitir una opinión al respecto. Para tales efectos, se realiza una revisión de los hechos principales que componen la controversia, así como las actuaciones procesales más relevantes. De esta forma, nuestra metodología se respalda en las normas vigentes en el transcurso de los hechos, su respaldo constitucional y las normas internacionales ratificadas por el estado peruano, junto con la interpretación realizada por diversos autores para así aplicar todo ello a las principales decisiones jurisdiccionales que resolvieron el proceso. En ese sentido, nos adherirnos al sector de la doctrina que se encuentra a favor de la estabilidad absoluta ante el despido incausado y de aquel que no respeta el debido procedimiento. Asimismo, postulamos por un proceso laboral que no revista de una absoluta rigidez que perjudique al trabajador, quien es la parte procesal más débil por su acceso a la prueba y sus recursos económicos. Finalmente, determinamos que la causa de la extinción de la relación laboral fue una renuncia válidamente formulada y examinamos la actuación notarial que no respetó los requisitos previstos para la emisión de la certificación de la firma y la certificación de la reproducción.
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