Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    Informe jurídico sobre la Resolución N°285-2015-TC-S4 emitida por la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-25) Ferreyra Babarczy, Dora Angélica; Boyer Carrera, Janeyri Elizabeth
    Determinar la responsabilidad administrativa y la competencia del órgano que tiene la facultad de sancionar, con arreglo al ordenamiento jurídico, son problemas jurídicos de permanente análisis. En el presente informe se ha planteado dichos problemas, sobre los cuales se ha realizado reflexiones en torno a la importancia de una cuidosa actividad probatoria de quien ostenta la potestad de declarar dicha responsabilidad, debiendo ser su finalidad, sancionar a quien realizó la conducta atribuida. Sin embargo, también ha sido una oportunidad para revisar las disposiciones contenidas en el contrato –cuya resolución fue imputada al consorcio- y cuestionar tanto el instrumento como la potestad que tiene la entidad de disolver el vínculo contractual. En relación a los instrumentos normativos empleados, nuestras fuentes son la constitución política, la Ley N°274441, en adelante, LPAG y sus modificatorias, recopiladas en su texto único ordenado –en adelante, TUO LPAG-. En relación a las fuentes normativas en contrataciones públicas, está la Ley de Contrataciones del Estado –en adelante, LCE- y su reglamento, incluyendo sus modificatorias, en lo concerniente al procedimiento para sancionar –en adelante, PAS-, consorcios y la prescripción. Asimismo, se ha complementado el análisis en relación a sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional –en adelante, TC- y resoluciones del Tribunal de Contrataciones del Estado –en adelante, TCE, entre otras fuentes como Opiniones emitidas por la Dirección Técnico Normativa del OSCE -en adelante, DTN-. Las conclusiones podemos resumirlas en la importancia de establecer la responsabilidad en quien haya realizado la conducta infractora, con adhesión a una actividad probatoria pulcra y al ordenamiento jurídico, privilegiando nuestra carta magna. Asimismo, respecto de la prescripción administrativa, esta debe actuarse siempre de oficio y no necesariamente a petición del administrado como medio de defensa, ya que, lo que se analiza es la competencia del órgano administrativo para conocer y resolver la materia. Respecto de la actuación de la entidad contratante, ésta debe vincularse al respeto del ordenamiento jurídico, por lo que, las obligaciones que establezca en los instrumentos de la contratación no pueden contravenir dicho ordenamiento.
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    La imposición de la sanción de arresto simple en infracciones leves al personal militar de las Fuerzas Armadas del Perú y el principio del Debido procedimiento
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Flores Villanueva, José Luis; Boyer Carrera, Janeyri Elizabeth
    El presente trabajo tiene como objetivo principal verificar que el procedimiento de imposición de la sanción administrativa disciplinaria de arresto simple por la comisión de faltas leves en el personal militar de las Fuerzas Armadas, regulado por la Ley N° 29131, Ley del Régimen Disciplinario de las FFAA - LRDFFAA, respete las garantías y principios del debido procedimiento. Con la finalidad de asegurar que el referido procedimiento administrativo disciplinario se ajuste a estas garantías y principios fortaleciendo la legitimidad y el funcionamiento eficaz de las Fuerzas Armadas del Perú, teniendo en cuenta el cumplimiento de la preservación de la disciplina y al mismo tiempo que salvaguardan los derechos individuales del personal militar.
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    El requisito de “estar soltero (a) y no tener hijos” en los procesos de admisión a las escuelas de pregrado de la Policía Nacional del Perú y la afectación a los principios de razonabilidad e imparcialidad del procedimiento administrativo, regulados en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-20) Luciano Méndez, Luigi Giovanni; Boyer Carrera, Janeyri Elizabeth
    Existen jóvenes con vocación de servicio a la sociedad que quieren ser policías, para ello, previamente deben ingresar y seguir estudios superiores en las Escuelas de Pregrado de la Policía Nacional del Perú, pero tales aspiraciones no pueden materializarse por el hecho de tener la condición de padres o madres de familia. El presente trabajo académico, se basa en el análisis del requisito “estar soltero (a) y no tener hijos”, exigido dentro de un procedimiento administrativo especial como son los Procesos de Admisión a las Escuelas de Pregrado de la Policía Nacional del Perú y la manera en que este afecta a los principios de razonabilidad e imparcialidad del procedimiento administrativo, regulados en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Para este propósito, es necesario identificar la procedencia de los principios del procedimiento administrativo, los objetivos y fines que estos persiguen. Asimismo, es importante analizar a los principios de razonabilidad e imparcialidad desde la perspectivas normativa, doctrinaria y en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional; recogiéndose además conceptos básicos del derecho administrativo, que permiten comprender las razones por el cual estos principios, resultan aplicables en dichos procesos, así como también, si las entidades de la Administración Pública competentes para legislar o reglamentar leyes, pueden imponer requisitos no compatibles con las funciones que desempeña la institución policial. Como resultado, se tiene que dicho requisito afecta a los principios de razonabilidad e imparcialidad, por cuanto, el Poder Ejecutivo al regularlo, no se adaptó a los límites de las facultades que se le atribuye y por haber establecido restricciones que no guardan relación y proporción con las funciones, fines públicos que desarrolla, persigue y tutela la institución policial para la satisfacción de su cometido; facultando a que las autoridades policiales, discriminen y no permitan la participación de jóvenes que ostentan la condición de padres de familia en los citados procesos.
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    El Derecho de acceso a la información Pública, a propósito de los pronunciamientos de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Tribunal
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-24) Castro Romero, Yuliana del Carmen; Boyer Carrera, Janeyri Elizabeth
    El Estado Peruano pretende lograr una modernización en sus estructuras que le permita estar al servicio del ciudadano y gestionar por resultados en una forma eficiente y eficaz, tal como se estableció con la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública rumbo al 2021, aprobada en el año 2013, cuya visión a puertas del 2021, no ha podido concretarse del todo, así esta política pública orientada a resultados al servicio del ciudadano cuenta con tres ejes transversales como lo son el Gobierno Abierto, el Gobierno Electrónico y la articulación interinstitucional, siendo que el Gobierno Abierto es el que permite al ciudadano obtener fácilmente información relevante y comprensible, para garantizar y promover la transparencia y cuyo reto es asegurar que la información sea accesible, relevante, completa, confiable y objetiva a lo largo del tiempo. Es así que, en el año 2017, se creó la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (en adelante la Autoridad Nacional), siendo unas de sus funciones principales la de supervisar el cumplimiento de las normas en materia de transparencia y acceso a la información pública como garantía de la existencia de mecanismos que faciliten el acceso a la información pública y del respeto a la normatividad sobre la materia, con ella el Tribunal de Transparencia y acceso a la información (en adelante el Tribunal), contribuyen con la solución de controversias en éste ámbito, siendo importante la revisión de sus pronunciamientos en el marco del derecho de acceso a la información pública.
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    El informe de control como prueba preconstituida: ¿Conflicto con el debido procedimiento?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-11) Mayhuire Silva, Soledad Andrea; Boyer Carrera, Janeyri Elizabeth
    La Contraloría General de la República, es una de las entidades que impone las sanciones más gravosas en nuestro país, como es el caso de inhabilitaciones de hasta 5 años por responsabilidad administrativa funcional, por lo que resulta indispensable que durante el procedimiento sancionador se apliquen los principios establecidos, para así garantizar un debido procedimiento, pues de lo contrario, su no aplicación estaría afectando los derechos de los administrados. Lo que se pretende con el presente trabajo académico es realizar en primer lugar un análisis del principal medio probatorio en este procedimiento, el Informe de Control, pues a raíz de este se decidirá el inicio o no de un procedimiento administrativo sancionador en materia de responsabilidad administrativa funcional. Asimismo, determinar si la naturaleza del informe de control y su carácter de prueba preconstituida, podría vulnerar las garantías que tiene el administrado de tener un debido procedimiento. El carácter de prueba preconstituida y la presunción de veracidad que tiene el informe de control, pone en situación de desventaja al administrado, pues finalmente, la única forma de desvirtuar los cargos imputados será acreditando su inocencia o actuar diligente. A ello se suma el sustento técnico y legal con el que debe contar el informe. Estas características que tiene el Informe se encuentran en conflicto con principios que constituyen garantía del debido procedimiento, como lo son el impulso de oficio, presunción de licitud, verdad material y motivación, por lo que es obligación de la Contraloría General de la República hacer cumplir todos los parámetros establecidos para la elaboración del Informe de Control, así como la aplicación de las garantías que implican el debido procedimiento.
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    Conceptos Jurídicos Indeterminados en la tipificación de faltas disciplinarias y su implicancia en sanciones arbitrarias.
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-11) Chamilco Reyes, Maggaly Patricia; Boyer Carrera, Janeyri Elizabeth
    El objeto fundamental de este trabajo se centra en analizar el uso de conceptos jurídicos indeterminados en la tipificación de faltas administrativas y su relación con las sanciones arbitrarias. Inicialmente abordaremos categorías conceptuales como poder disciplinario, conceptos jurídicos indeterminados, principio de tipicidad, discrecionalidad, arbitrariedad, para lo cual se ha recurrido a la doctrina y a sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional. Posteriormente, analizaremos la falta “negligencia en el desempeño de sus funciones” como concepto jurídico indeterminado que genera que la Administración realice acciones de cognición y de experiencia para completar el concepto, en la necesidad de determinar lo indeterminable. Para el análisis de la falta nos hemos remitido a la Sentencia del Tribunal Constitucional emitida en el expediente N° 2192-2004-AA/TC y luego cómo viene siendo analizado por el Tribunal del Servicio Civil. La investigación se justifica en los efectos negativos de una sanción administrativa arbitraria en los servidores públicos. Luego del análisis presentamos nuestras conclusiones siendo la principal la que señala que la tipificación con conceptos jurídicos indeterminados se justifica en la diversidad de funciones que cumplen los servidores civiles, en consecuencia, no vulnera el principio de tipicidad, pero si exige de la administración la obligación de precisar el tipo; según lo indicado, el uso de conceptos jurídicos indeterminados no debería tener como consecuencia la imposición de sanciones arbitrarias.