THĒMIS-Revista de Derecho. Núm. 45 (2002)

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Tabla de Contenido

  • Presentación Comité Editorial; 5

  • Artículos
  • Axiomas concursales aceptados Baird, Douglas; 7-24
  • La naturaleza del concurso: un ensayo sobre compartir los riesgos concursales y el acuerdo entre acreedores Jackson, Thomas H; Scott, Robert E; 25-43
  • La opción del deudor: un acercamiento al menú de la insolvencia corporativa Rasmussen, Robert K; 47-92
  • Una teoría sobre la insolvencia empresarial Adler, Barry; 93-117
  • Una aproximación contractual a la insolvencia empresarial Schwartz, Alan; 119-147
  • El estado contraataca. La "múltiple personalidad" de un sistema concursal de ciencia ficción Ezcurra, Huascar; Solís, Gerardo; 149-163
  • El procedimiento concursal ordinario y las deudas tributarias Hernández Berenguel, Luis; 165-173
  • El apalancamiento Miller, Merton H; 175-180

  • Interdisciplinarias
  • ¿Por qué los intelectuales se oponen al capitalismo? Nozick, Robert; 181-186
  • Pobreza, desigualdad, y los simples principios del desarrollo económico Priest, George; 187-194

  • Misceláneas
  • Un vistazo más claro de "la catedral": el dominio de las reglas de propiedad Epstein, Richard A; 195-214
  • ¡Prohibido Prohibir!: el fantasma de los precios sugeridos y la fijación de precios de reventa en el derecho de la competencia Falla Jara, Alejandro; Bullard González, Alfredo; 215-227
  • Tráfico de influencias: un análisis al contenido del tipo penal Yon Ruesta, Roger; 229-242
  • El principio de autotutela en el derecho del trabajo español Sanguineti Raymond, Wilfredo; 243-250
  • Analizando los fundamentos económicos de la legislación societaria peruana Castritius Mendoza, Paul; 251-272
  • La detención de ciudadanos extranjeros: obligaciones de los Estados en materia de protección consular Bonifaz Tweddle, Gonzalo; 273-281

  • Mesa Redonda
  • Globalización y Tercer Mundo: entre títeres y marionetas Comité Editorial; 283-288

  • Reseñas
  • Reseñas de libros Comité Editorial; 291-293
  • Reseñas de tesis Comité Editorial; 295-296
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      El apalancamiento
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002) Miller, Merton H.
      Tanto si hablamos de automóviles como del apalancamiento de capital, la respuesta del mercado a los cambios enlosgustos es limitada y autorregulada. Si los productores de una mercancía aumentan su distribución más rápido de lo que los compradores requieren, el precio caerá. En el mercado financiero, si la demanda  del público por "bonos basura" es sobreestimada por los empresarios, las mayores ta­ sas de interés que ellos tengan que ofrecer a los compradores de "bonos basura" se comerán las ganancias de las transacciones y negocios.En el ámbito de la insolvencia corporativa, suele relacionarse el nivel de endeudamiento o apalancamiento de una empresa con el nivel del riesgo que asumen los acreedores de dicha empresa. El temor en este caso, es que la insolvencia de una empresa sobreendeudada genere, a su turno, una cadena de insolvencias que termine colapsando la economía.Sin embargo, este temor, a JUICIO del autor, es infundado, pues las compañías insolventes no se desvanecen, sino que suelen continuar operando con diferentes dueños y a una escala reducida. Incluso cuando se liquidan, todos sus activos fluyen hacia otras compañías, con lo que se minimiza el impacto de la insolvencia en la economía.impacto de la insolvencia en la economía.
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      Tráfico de influencias: un análisis al contenido del tipo penal
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002) Yon Ruesta, Roger
      El delito de tráfico de influencias "está de moda" en nuestro país. Efectivamente, abundante casuística se ventila actualmente en el Poder judicial a raíz de las consecuencias generadas por la corrupción del últi mo gobierno. Sin embargo, la aplicación judicial de dicho delito no es tan fácil como parece.En efecto, los criterios que se emplean para la determinación del bien jurídico tutelado y la de los partícipes y cómplices resultan a veces insuficientes para llegar a decisiones efectivas. En tal sentido, el autor se dirige a precisar dichos criterios y nos muestra un panorama más claro de las soluciones al problema.
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      Reseñas de libros
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002) Comité editorial de THĒMIS-Revista de Derecho
      No presenta resumen
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      La naturaleza del concurso: un ensayo sobre compartir los riesgos concursales y el acuerdo entre acreedores
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002) Jackson, Thomas H.; Scott, Robert E.
      En el siguiente artículo Scott y Jackson analizan tanto la maximización de recursos como el fenómeno distributivo al interior de unprocedimiento concursal. El análisis parte de un hipotético acuerdo ex ante entre acreedores  de una empresa insolvente.Los autores se preocupan principalmente por el tema de la asignación eficiente del riesgo de insol­vencia de una empresa. Es decir, en qué medida la colectivización contribuye a maximizar el bienestar del grupo, y en qué casos es preferible una asignación  individualizada del riesgo.
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      El procedimiento concursal ordinario y las deudas tributarias
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002) Hernández Berenguel, Luis
      La entrada en vigencia de la Ley General del Sistema Concursal sin lugar a dudas va agenerar importantes efectos tributarios. En el siguiente artículo, el autor nos muestra dichos efectos, desarrollando temas de gran relevancia práctica como la participación del acreedor tributario en la Junta de Acreedores, el orden de preferencia de los créditos tributarios, el reconocimiento de créditos tributarios y, engeneral, las consecuencias de las disposiciones de la norma concursal en el ámbito tributario.El objeto del presente trabajo es analizar el trata­ miento que corresponde dispensar, en el Procedi­miento Concursal Ordinario a que se refiere la Ley 27809, a las deudas tributarias.La Ley 27809, Ley General del Sistema Concursal­ a la que en adelante llamaremos, la Ley-, entró en vigencia el 7 de octubre del presente año 2002, conforme a lo establecido en su Decimosexta Dispo­ sición Complementaria y Final, habida cuenta de que talle y ha sido publicada en el Diario Oficial ''El Peruano" de fecha 8 de agosto de 2002.
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      ¡Prohibido Prohibir!: el fantasma de los precios sugeridos y la fijación de precios de reventa en el derecho de la competencia
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002) Falla Jara, Alejandro; Bullard González, Alfredo
      La problemática de los precios sugeridos o la fijación de precios de reventa ha generado un debate, no necesariamente pacífico, sobre el impacto de estas prácticas en la competencia. ¿Puede un mayorista obligar a su distribuidor a revender a un precio determinado? ¿Puede sugerir públicamente a qué precio se le debe vender al consumidor final? ¿Es legítimo que incluya en el envase un "precio oficial" del producto o, por el contrario, debe dejarse en absoluta libertad a los minoristas para que fijen los precios al público de sus productos?Partiendo de la teoría de las restricciones verticales, el presente artículo aborda el controvertido tema de cuál debe ser el tratamiento que el derecho de la competencia debería dar a estas conductas, a partir de una perspectiva permisiva y flexible.
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      Globalización y Tercer Mundo: entre títeres y marionetas
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002) Comité editorial de THĒMIS-Revista de Derecho
      No presenta resumen
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      Axiomas concursales aceptados
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002) Baird, Douglas
      Los académicos concursa/es se diferencian entre síprincipalmente por los distintos axiomas de los que parten, los mismos que consideran incuestionables. Para Douglas Baird, sin embargo, es un error asumir que los axiomas son incuestionables.En este artículo el autor aborda los dos conjuntos distintos de axiomas que se plantean en la actualidad entre los académicos concursa/es, examina cada uno de ellos y sugiere por qué la gente es atraída por unou otro.
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      El estado contraataca. La "múltiple personalidad" de un sistema concursal de ciencia ficción
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002) Ezcurra, Huascar; Solís, Gerardo
      El Derecho Concursal busca resolver los problemas de coordinación entre los sujetos involucrados en un caso de insolvencia. Así, el sistema resultará eficiente en la medida en que proteja el crédito y reduzca los posibles enfrentamientos entre los acreedores cuyo principal interés es el de cobrar antes que los otros. En este sentido, la protección al crédito deberá ser firme y encontrarse libre de intervencionismos que puedan  derivar en una fuente  de desconfianza.Sin embargo, este no parece ser el caso del sistema concursal peruano que debido a sus normas con tendencias marcadamente proteccionistas, lejos de promover la eficiencia, ha resultado contraprodu­cente no sólo para los deudores sino para la sociedad en su conjunto. Esto, sumado a los contradictorios objetivos que plantea, podría traer como consecuen­ cia que los créditos se vuelvan cada vez más caros, reduciendo así la cantidad de créditos otorgados y produciendo la liquidación de negocios donde ésta no era necesariamente la mejor solución.
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      Un vistazo más claro de "la catedral": el dominio de las reglas de propiedad
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2002) Epstein, Richard A.
      Hace ya treinta años se publicó en Estados Unidos el influyente artículo de Guido Calabresi y Douglas Melamed sobre las reglas de propiedad  y las reglas de responsabili­dad. Hace diez años, Themis, en su edición 21, publicó este renombrado ensayo. Desde entonces, las discusiones en torno a las propuestas de este artículo parecen inagotables.A partir de una perspectiva libertaria, Richard Epstein plantea una crítica profunda y aguda a losplanteamientos de Calabresi y Melamed. De acuerdo con esta perspectiva, las reglas de responsabilidad, que le permiten a cualquier persona (y al Estado) apropiarse de un bien de propiedad de un tercero y pagar por él su valor de mercado, deben limitarse exclusivamente a los casos de necesidad y  de monopolio bilateral. Así, la regla de propiedad, que permite la transferencia de un bien a partir del consentimiento voluntario de su dueño, debe ser la regla y no la excepción. De lo contrario, no se podrá preservarla estabilidad de la posesión ni se garantizará el desarrollo de la sociedad.