Derecho Registral

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    ¡Señor Registrador, quiero sanear mi predio! La renuncia al derecho de propiedad predial, a propósito del CIX Pleno del Tribunal Registral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-29) Usco Rutti, Deyvid; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    Desde una perspectiva crítica, en el presente artículo se pretende reflexionar acerca de los alcances y efectos del primer precedente de observancia obligatoria, aprobada en el CIX Pleno del Tribunal Registral, mediante Resolución N° 240-2013-SUNARP/PT, publicada en el diario oficial El Peruano el 13 de setiembre de 2013, el cual dispone que “es inscribible la cancelación de la inscripción del derecho de propiedad sobre todo el predio y su consiguiente desinmatriculación por renuncia de su titular, siempre que ello no afecte derecho de terceros.” Es fundamental reflexionar acerca de la importancia de contar con precedentes de observancia obligatoria acordes al derecho actual, no solo para resolver cuestiones prácticas, sino también para contribuir a la mejora del sistema registral. A criterio del autor, el referido precedente de observancia obligatoria resulta impreciso en su contenido, lo que ocasiona que el sistema registral en el Perú sea incierto e impredecible. El autor sugiere su modificación, resaltando la importancia de que el Tribunal Registral revise nuevamente el criterio admitido en el referido precedente de observancia obligatoria, limitando su aplicación solamente para los casos en los cuales se pretenda el saneamiento del predio a nivel registral por temas de duplicidad de partidas, superposición y rectificación de área.
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    Derecho de sobreelevación en el Decreto Legislativo 1568. Crítica legislativa al concepto de aires, el derecho de sobrelevación y comparación con derechos similares en la legislación extranjera
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Falcón Rodríguez, Gerardo Gabriel; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    El presente trabajo tiene como objetivo determinar la utilidad y eficiencia del marco normativo planteado por el Decreto Legislativo 1568 en cuanto a la regulación del derecho de sobreelevación en comparación con los aires presentes en la práctica inmobiliaria y el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios. Para ello, en primer lugar, se repasa el marco normativo aplicable a cada uno y analizan las características que los definen. En segundo lugar, se compara el derecho de sobreelevación con el derecho de vuelo (España) y el derecho a sobreelevar (Argentina) en miras de identificar similitudes y aspectos que pudieron o pueden tomarse en cuenta para el ordenamiento peruano de la materia. En tercer lugar, se determina la utilidad del derecho de sobreelevación mediante la revisión de los errores conceptuales de los aires, el mejor aprovechamiento del espacio urbano, la situación de los aires bajo la nueva normativa y el análisis del caso del Centro Comercial Polvos Azules. Finalmente se concluye que el cambio planteado por el Decreto Legislativo 1568 resulta positivo al introducirse un derecho que sí se encuentra definido en sus alcances y en su ámbito de aplicación por la misma norma que lo acoge. Además, este derecho deja de lado los problemas conceptuales y prácticos que arrastran los aires y resulta eficiente para el aprovechamiento del espacio urbano donde ya existen edificaciones.
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    Retos para la calificación registral en la declaratoria de fábrica por aprobación ficta en el marco de la Ley 29090 y reglamentos
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-10-05) Apaza Sosa, Daniela Isabel; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    El presente trabajo está dirigido a profundizar en la calificación registral de actos administrativos fictos de conformidad de obra y declaratoria de fábrica; en vistas que la evaluación del acto administrativo ficto en sede registral ha sobrepasado lo dispuesto por el pleno N° 93, precedente segundo: “Calificación de actos administrativos” y el pleno N°100, precedente único: “Aplicación del silencio administrativo positivo”. Con ello en mente se realiza una sucinta descripción del instituto del silencio administrativo positivo( en adelante “SAP”) desde la Ley N° 290901, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y edificaciones y sus Reglamentos (en adelante la “Ley N° 29090”) para luego continuar con el fondo del trabajo académico que es el análisis de la normativa registral, precedentes de observancia obligatoria pertinentes y diversas resoluciones emitidas por los tribunales registrales con el objetivo de poder reconocer los retos que presenta la calificación de un acto ficto o presunto de conformidad de obra y declaratoria de fábrica, para elaborar posibles reformas. En este trabajo se han logrado desarrollar 4 retos en la calificación registral de los actos fictos de declaratoria fábrica y recabar la tendencia actual en la resolución de dichos retos a través de los tribunales registrales.
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    La calificación registral de los títulos de expropiación en el marco del Decreto Legislativo N° 1192
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-26) Huamanchaqui Salas, Jhosel Edwin; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    This academic article focuses its research on the legal figure of expropriation, the nature of the title with inscribable vocation, the registry qualification and its inscription as such in the land registry, all within the framework of Legislative Decree No. 1192. The main objective is to analyze and/or criticize the legal norm for establishing limits to the registry qualification, imposing to the registry instances the practice of the registration entry, since by mandate of this decree, they are forbidden to negatively qualify the title of an expropriation, having to be qualified as if it were a judicial mandate, even though, the title of an expropriation is of an administrative nature and should be treated given its particularities from the precedent of mandatory observance that established three years before the enactment of Legislative Decree 1192° the scope and limits of the registry qualification of administrative documents, which would protect the predictability that must exist in any legal system. In this sense, and in order to support our position, we will first develop the legal content of the expropriation institute, in order to understand its raison d'être, and then establish ourselves in the current legal regime that regulates this institute. Secondly, we will reflect on the formal principles that support our registry system, distinguishing it from other registry systems. Then, in the third chapter, after having determined that the formal principles are essential in our registry system, we will address in greater depth the principle of registry qualification, in order to determine its general scope, as well as the autonomy with which the registrar is vested and obliged in the exercise of his qualification function. Finally, we will analyze all the above, in order to establish a distant position to the limits imposed on the registry qualification as a result of this legal regime.
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    Afectaciones a los Principios Registrales e incongruencias en el Código Civil a raíz de la Ley N° 30313
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-16) Delgado Marín, Melina Isabella; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    En nuestro país, numerosas personas fueron despojadas de su derecho de propiedad a causa de redes criminales que utilizaron vacíos legales para perpetrar sus actos. Por ello, en el año 2015 se promulgó la Ley N° 30313, la cual buscó combatir el fraude inmobiliario en el Perú al crear la oposición en el procedimiento de inscripción registral en trámite y la cancelación de asientos registrales, ambos casos por suplantación de identidad y falsificación de documentos. Para tales efectos, entre otras disposiciones, se modificaron diversos artículos del Código Civil y del Decreto Legislativo Nº 1049. La finalidad del presente artículo es demostrar que tales modificaciones al Código Civil afectaron nuestro sistema registral, la seguridad jurídica de nuestro ordenamiento y; también se afectaron diversos principios registrales, como lo son el principio de legitimación, el principio de calificación y el principio de Fe pública Registral. Asimismo, determinar cómo estás modificaciones generaron que exista una contradicción entre los artículos 2013° y 2014° del Código Civil. La investigación está fundamentada con resoluciones del Tribunal Registral, Sentencias del Tribunal Constitucional, Jurisprudencia, así como con Doctrina nacional e internacional. Asimismo, se procedió a analizar la regulación que tiene nuestro ordenamiento en el Código Civil y Reglamento General de los Registros Públicos.
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    Calificación Registral de solicitud de rectificación de estado civil y calidad de bien sobre predio adjudicado por entidad administrativa
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-16) Magallanes Ramos, Joseline Andrea; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    El presente artículo pretende determinar que sí cabe rectificar, en sede registral, la calidad de un bien de un predio que fue adjudicado por ente administrativo, conforme con el artículo 75 del RGRP y artículo 15 del RIRP. Así, al encontrarnos ante adjudicación de predios, cuyo título que da merito a la inscripción lo constituyen resoluciones administrativas, actos administrativos, si bien, conforme al Tribunal Registral, no se puede evaluar los fundamentos de hecho o de derecho que ha tenido la Administración para emitir el acto administrativo, consideramos que ello no es acorde con el con el TUO del RGRP y el articulo 10 del Reglamento de Inscripción del Registro de Predios. Es así que, estos preceptos normativos señalan que la validez del acto es objeto de calificación. Asimismo, se indica que la resolución administrativa que declara derechos inscribibles a favor de persona casada debe señalar la calidad del bien. Ello por cuanto, al tratarse de una persona que es casada, le son aplicables las reglas de presunción de bienes sociales dadas por ley, salvo que se demuestre lo contrario. Esto más aún si tenemos en cuenta que al tratarse de un registro de seguridad jurídica las inexactitudes deben ser rectificadas dada la consecuencia a la que conlleva la inscripción, como son dar publicidad y legitimidad al titular del derecho.
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    Fortalezas y debilidades del procedimiento de saneamiento de los bienes estatales (predio-inmueble)
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-05-10) Sanchez Sanchez, Karina Massiel; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    En el presente artículo jurídico se analizan las fortalezas y debilidades que presenta el nuevo procedimiento especial de saneamiento físico legal de los bienes estatales: predio e inmueble, regulados en el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. N° 008-2021-VIVIENDA y su vinculación con lo dispuesto en el D. Leg. N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento y su reglamento, los cuales resultan relevantes para la calificación registral, como etapa final del saneamiento estatal. Entre las conclusiones adoptadas se pueden citar:  Con la dación del D. Leg. N° 1439 y su reglamento, ha variado la concepción de bien inmueble, ya que para el ámbito estatal existe una distinción entre “predio”, entendido como el terreno e “inmueble”, que es el predio edificado, lo cual trajo consigo la creación de un nuevo sistema, Sistema Nacional de Abastecimiento, que a través de su ente rector (Dirección General de Abastecimiento-DGA), tiene por finalidad proveer de inmuebles a las entidades estatales de inmuebles para el mejor desarrollo de sus funciones, fiscalizar los actos de adquisición y velar por su buen uso, excluyendo esas funciones de la competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN.  El Sistema Nacional de Abastecimiento no cuenta con regulación propia respecto del saneamiento de los inmuebles estatales; sin embargo, ello no le impide ejercer las competencias que de acuerdo a ley le corresponde, además siendo el inmueble parte integrante del predio, para el saneamiento solo del bien edificado las entidades estatales tendrían que tener inmatriculados sus predios.  La vinculación del certificado de búsqueda catastral con el título con el cual se solicita la calificación del acto de saneamiento físico legal contiene una eficacia relativa, ya que la base grafica registral no refleja el total de predios inscritos.
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    Repercusión del nuevo Reglamento de la Ley N° 29151 en la administración y registro de los bienes de Dominio Público de la Policía Nacional del Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Rabanal Calderón, Roxana; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    Es de suma importancia conocer el régimen jurídico de los bienes del Estado, específicamente los que son denominados bienes de dominio público, dado que cumplen una función muy importante en el Estado, como la de brindar un servicio a la población, en temas de salud (hospitales), educación (colegios), seguridad (comisarias), recreación (parques), transporte (carreteras), entre otros. A fin de optimizar y mejorar la administración de los bienes de dominio público del Estado a través del Ministerio de Vivienda, promulgó el nuevo Reglamento de la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, la misma que suscribe y reafirma el Decreto Legislativo N° 1439 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento , ley que divide y clasifica la regulación aplicable a los predios e inmuebles estatales, asimismo a los organismos competentes : Superintendencia de Bienes Estatales (SBN) y la Dirección General de Abastecimiento (DGA). Es en ese panorama, que en el presente artículo pretendemos exponer los argumentos a favor y en contra del nuevo Reglamento de la Ley N° 2915, enfatizándonos en los bienes de Dominio Público de la Policía Nacional del Perú.
  • ÍtemDesconocido
    Principales características del saneamiento físico legal en el marco del Sistema Nacional de Bienes Estatales y del Sistema Nacional de Abastecimiento
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Perez Reategui, Claudia Mercedes; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    El presente trabajo pretende presentar las principales características del procedimiento de saneamiento físico legal de bienes estatales, a la luz de las reglas del Sistema Nacional de Bienes Estatales y del Sistema Nacional de Abastecimiento. Profundizaremos sobre las implicancias teóricas y prácticas que supone la creación de un nuevo sistema administrativo, la distinción entre “predios” e “inmuebles” y cómo ello influye en el saneamiento físico legal. Para ello, realizaremos un análisis predominantemente normativo de las leyes, reglamentos y directivas que regulan ambos sistemas, así como de las disposiciones que definen el saneamiento. Complementariamente, nos referiremos a otras entidades que realizan actos de saneamiento físico legal para entender los alcances de este concepto. Asimismo, identificaremos los elementos relevantes que las entidades públicas deberán tener en cuenta para la elaboración de los documentos administrativos que contengan actos de saneamiento, los que serán sometidos a calificación registral, a fin de lograr el objetivo principal del procedimiento: que los registros públicos reflejen la situación física y jurídica actual del predio o inmueble por medio de la inscripción. Nuestra investigación encontró que la distinción entre predios e inmuebles obedece a propósitos operativos, lo que produce contradicciones teóricas en la aplicación del procedimiento de saneamiento; es decir, demostraremos que las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales, que deberían regir solo para predios, terminan aplicándose a inmuebles, a pesar de pertenecer al Sistema Nacional de Abastecimiento, lo que puede causar problemas de interpretación y aplicación a futuro.
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    Limitaciones, prohibiciones y responsabilidades de la actuación del Registrador Público en el marco de la inhibición registral
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Reyes Quispe, Gianela del Pilar; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    El presente trabajo se enfoca en analizar la actuación del Registrador Público frente a los casos de inhibición en sede registral. Para ello, se analiza el procedimiento registral en su conjunto, a partir del cual se derivan las limitaciones, prohibiciones y responsabilidades del Registrador, analizando a la par si existe un procedimiento adecuado que le permita tomar conocimiento de un proceso judicial en trámite, que acción le corresponde luego de ello y cuál es la consecuencia de una no inhibición A partir de las consideraciones anteriores, se evalúa también si es necesario que la inhibición se encuentre regulada en el TUO del Reglamento General de los Registros Públicos de forma especial y no solo en el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, ya que actualmente no se cuenta con un procedimiento establecido a seguir por la primera instancia registral frente a un supuesto caso de inhibitoria.