Derecho Registral
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Ítem Texto completo enlazado ¿La aplicación del marco normativo de titulación de tierras en las comunidades campesinas de la costa es acorde a la naturaleza jurídica de estas?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017) Rojas Rivera, Mayra Fabiola; Gabriel Rivera, José LuisEl presente trabajo es un análisis de las normas que actualmente regulan los actos de disposición de las tierras comunales por parte de la Comunidades Campesinas de la Costa con el objetivo de identificar los factores que han permitido la aparición de las comunidades campesinas fraudulentas o fantasmas, las cuales son protagonistas del tráfico de terrenos en las periferias de Lima. En ese sentido, se evalúa si nuestra Constitución vigente regula o no a las comunidades campesinas de la Costa y cuál es la relevancia de la Ley Nº 26845 - Ley de Titulación de las Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa. Frente a estas normas se busca identificar si existen razones objetivas que permita justificar por qué la Ley Nº 26505 regula presupuestos distintos para la toma de acuerdos cuando se trata de disposición de las tierras comunales de la Comunidad Campesina de la Costa. Del mismo modo, se analizan estudios de campo realizado por la INEI, según las actividades agrícolas y ganaderas que las comunidades campesinas de la Costa desempeñan para que puedan ser compradas con las actividades económicas que realizan la comunidades de la Sierra. Con ello se pretende demostrar si existen una dependencia entre las comunidades de la Costa y sus tierras; dado que la definición de comunidad campesina desarrollada por la Constitución y por el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales enfatizan la relación entre la comunidad y sus tierras. Por último, se analizara resoluciones del Tribunal Registral que han desarrollado los requisitos a nivel administrativo para que se pueda llevar a cabo la inscripción de los actos de disposición de las Comunidades Campesinas de la Costa, para así identificar si estos han ocasionado una mayor carga para el administrado, o caso contrario, si han flexibilizado los actos de disposición por parte de estas personas jurídicas. Entre los puntos sobre los cuales e Tribunal Registral ha desarrollado se encuentran los presupuestos adicionales desarrollado por el mismo y que, posteriormente, han sido incorporados en la Directiva Nº 10-2013-SUNARP-SN. Tales requisitos que ahora los registradores califican son, en primer lugar, que se otorgue poderes para los actos de disposición de forma indubitable a terceros ajenos a la comunidad campesina, y, en segundo lugar, que el bien objeto de disposición sea identificable, siendo necesaria la descripción de sus características. Dichas exigencias desarrolladas por el Tribunal Registral aparentemente son requisitos adicionales para la inscripción del acto de disposición por parte de la comunidad campesina de la Costa; pero en realidad, el efecto es todo lo contrario, pues se exige que los poderes otorgados a terceros no sean precisos y permitir que se otorgue poderes a personas ajenas a la comunidad campesina, promueve que se use de forma contraria a la naturaleza de dicha persona jurídica. Esto es, la aparición de las comunidades campesinas fantasmas que utilizan a la persona jurídica de carácter no lucrativa para actividades lucrativas como es el participar en el mercado inmobiliario.Ítem Texto completo enlazado La fe pública registral vista desde la Ley Nº 30313(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017) Torre Janampa, Myriam; Campos García, Héctor AugustoEl articulo busca brindar un enfoque acerca de la aplicación del artículo cinco de la Ley N° 30313, Ley de Oposición al Procedimiento de Inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de Identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículos 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, su contexto histórico y la esencia de la mencionada Ley. Se brinda al lector una opinión acerca de las implicancias de la entrada en vigencia de la Ley N° 30313 y al mismo tiempo se otorga una serie de críticas que son relevantes para entender porque se considera que es Ley no es la solución idónea para los problemas de fraudes inmobiliarios.Ítem Texto completo enlazado El tratamiento registral de las sucursales en el caso de las personas jurídicas no societarias(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-09) Chumbes Villavicencio, Michael Agustín; Saavedra Velazco, Renzo EstebanEl presente trabajo busca abordar el tratamiento de las sucursales de personas jurídicas no societarias, como establecimientos secundarios en nuestro sistema registral, para ello será importante analizar distintos cuerpos legales que permitan que estas personas jurídicas pueden establecer sucursales. Se analizará la naturaleza jurídica de las Asociaciones, Comités y Fundaciones y la posibilidad que estas tienen de poder establecer sucursales. Al mismo tiempo se abordará el caso especial de las universidades y las cooperativas. Todo ello teniendo como eje el Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas, Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 038-2013 – SUNARP/SN.Ítem Texto completo enlazado Si el nulo o ineficaz el acto de disposición unilateral de bienes sociales y su implicancia con el derecho registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-09) Díaz Ponce, Víctor Alberto; Campos García, Héctor AugustoEl trabajo se basó en la investigación si el nulo o ineficaz el acto de disposición unilateral de bienes sociales y su implicancia con el derecho registral. Teniendo en cuenta el VIII Pleno Casatorio Civil desarrollado el 22 de Diciembre de 2015 en la Ciudad de Lima el cual tiene como antecedente el IV Pleno Jurisdiccional 2015 en el cual se adoptó el criterio que el acto debe ser considerado nulo. Y en lo que respecta con su implicancia con el derecho registral el llamado titular non domino quien adquiere su derecho basado en la publicidad que brinda el registro y articulo 2014 del Código Civil modificado por la Ley N° 303131 la cual regula el Principio de “Fe Publica Registral”. Tome la posición que el acto celebrado por uno de los cónyuges disponiendo un bien social, es ineficaz, puesto que puede ser ratificado por el cónyuge que no intervino y además que el cónyuge que solo intervino carece de legitimación para contratar.Ítem Texto completo enlazado El tratamiento registral de los bienes culturales inmuebles y el segundo precedente de observancia obligatoria aprobado en el LXII pleno registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-09) Choque Porras, Sophia Norka; Saavedra Velazco, Renzo EstebanDesde el siglo XX, en el Perú, ha existido un particular interés respecto a la vivienda, ya sea como una política de Estado – usualmente mal gestada -, o por iniciativa de los propios ciudadanos. No obstante, se ha consolidado un conflicto entre la modernidad y urbanización de la ciudad frente a la conservación y puesta en valor de bienes inmuebles de valor histórico. Este conflicto no sólo ha hecho peligrar y coadyuvar a su deterioro o extinción, sino que se observado una peculiar desatención por parte del Estado ante un deficiente marco legal de protección e incentivo. Es así que, en el presente trabajo, no sólo analizaremos dichas situaciones, sino además el tratamiento que se le ha dado a los Bienes Inmuebles Culturales en sede registral, en especial al II Precedente de Observancia Obligatoria del LXII Pleno Registral.Ítem Texto completo enlazado Análisis de los límites a la función de calificación registral a la luz de la resolución No 329-2013-SUNARP-TR-A(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-09) Coronel Pardavé, Natalia; Saavedra Velazco, Renzo EstebanLa calificación es el soporte del sistema registral y, como tal, se debe cumplir con su finalidad, empleando todos los elementos necesarios, generados en nuestro ordenamiento jurídico para que el registrador publicite actos válidos y legítimos. En vista de ello, en el presente artículo se analizan los alcances y límites de la calificación registral que realiza el Tribunal Registral de Arequipa, en torno a la solicitud de cierre de partida registral por renuncia al derecho de propiedad. Dependiendo de la procedencia de los actos que se buscan inscribir, el registrador va a emplear distintos métodos de calificación, es decir, va a obedecer los lineamientos planteados por las normas tratándose de documentos emanados del fuero judicial o de entidades administrativas. En torno a ello, el problema jurídico que se presenta es el alcance en la calificación que tiene el registrador para poder decidir si algún hecho que se presenta en la realidad y que quiere ingresar al Registro, cabe admitirlo, es decir, si además de realizar el análisis para ser configurado como un acto inscribible, es posible admitirlo en nuestro ordenamiento jurídico por más que en la actualidad no se encuentre regulado, creando derechos sustanciales que, inclusive conllevan a modificaciones de normas con rango de ley.Ítem Texto completo enlazado El supuesto remedio de la Ley 30313 y otras supuestas herramientas en el registro(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-09) Cocchella Diez, Raffaella; Campos García, Héctor AugustoComo es de conocimiento público, con fecha 25 de marzo del 2015 se publicó en el diario oficial el peruano la ley No 30313 - Ley de Oposición al Procedimiento de inscripción Registral en Trámite y cancelación del Asiento Registral por Suplantación de identidad o Falsificación de Documentación y Modificatoria de los Artículo 2013 y 2014 del Código Civil y de los artículos 4 y 55 y la quinta y sexta Disposiciones complementarias, transitorias y finales del decreto legislativo 1049, dicha norma, como su nombre bien lo indica. Dicha ley ha abierto un debate de orden académico y práctico entre diversos expertos en materia registral así como diversos cultores del derecho civil. Existiendo posturas bastante críticas que tildan de incoherente a la precitada ley. Mientras que otros consideran que se ha efectuado un correcto desarrollo de la técnica legislativa. En el presente escrito no se desarrollarán todos los ámbitos regulados en esta ley sino que nos concentraremos exclusivamente en el impacto que la misma ha tenido en el Código Civil. Por otro lado se analizarán brevemente otras herramientas que han surgido como la alerta registral, la inmovilización temporal de partidas, asi como la base centralizada de datos notariales.Ítem Texto completo enlazado La calificación de documentos administrativos en el registro de propiedad inmueble dentro del contexto de la disputa territorial entre los distritos de San Isidro y Magdalena del Mar(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-09) Chauca León, Sylvia Patricia; Gonzales Loli, Jorge LuisPor medio del presente artículo, procederemos a analizar el conflicto territorial entre los distritos de San Isidro y Magdalena del Mar y el impacto que este ha tenido en el Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima, como consecuencia de la expedición de Certificados de Cambio de Jurisdicción por parte de las municipalidades de ambos distritos y el registro de estos documentos. Para llevar a cabo este análisis, procederemos a exponer, en primer lugar, los aspectos centrales de la calificación registral, cómo se encuentra ésta regulada y cuáles son los documentos que dan mérito a las inscripciones registrales.Ítem Texto completo enlazado En la legislación peruana ¿se admite la renuncia como forma de extinción al derecho de propiedad inmueble y como consecuencia de la misma la desinscripción del predio?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Luján Huamaní, Jhin Pio; Gabriel Rivera, José LuisMediante Resolución N° 240-2013-SUNARP/PT, del 10 de setiembre de 2013, el Tribunal Registral resolvió publicar el precedente de observancia obligatoria aprobado en el Pleno CIX, en el cual se dispuso lo siguiente: “Es inscribible la cancelación de la inscripción del derecho de propiedad sobre todo el predio y su consiguiente desinmatriculación por renuncia de su titular, siempre que ello no afecte derecho de terceros.” Al respecto, la renuncia al derecho de propiedad, es una forma sui generis o excepcional, de extinguir el derecho de propiedad; si bien, esta forma de extinción no se encuentra dentro de las causales tipificadas en el artículo 968 del Código Civil, sin embargo, las allí señaladas no tiene el carácter de numerus clausus, porque pueden existir otras formas de extinción, como ésta, para poner fin al derecho de propiedad. El Tribunal Registral estableció a la renuncia como una de las formas de extinción del derecho de propiedad, sin embargo, siendo un tribunal administrativo, no es el órgano competente para establecer una nueva forma de extinción al derecho de propiedad, ya que esta función le compete a otro poder del estado.Ítem Texto completo enlazado Los documentos complementarios: la disyuntiva en la calificación registral de los instrumentos públicos desde el artículo 2010 del Código Civil(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Puerta Tuesta, Julio César; Saavedra Velazco, Renzo EstebanPor medio del presente trabajo, se busca analizar el problema de una aparente restricción que aqueja al registrador público en su capacidad de calificación de los actos que buscan inscribirse en los Registros Públicos. Al respecto, cabe señalar que por medio del presente trabajo analizaremos, inicialmente, la calificación registral de un modo amplio, haciendo un pequeño repaso referente a lo que esta representa, sus alcances y un análisis del mismo desde el punto de vista del artículo 2010 del Código Civil, hecho que nos ayudará a analizar la verdadera capacidad con que cuenta el Registrador Público para realizar una calificación registralÍtem Texto completo enlazado La cancelación de derechos de terceros por reversión: un precedente sin precedentes(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Duffóo Sánchez, Valeria Betzabeth; Campos García, Héctor AugustoEl artículo busca hacer una crítica al Precedente de Observancia Obligatoria aprobado en el Pleno Registral LXII con fecha 06/09/2010 que señala expresamente que: “Las causales de caducidad del derecho de propiedad no inscritas, pero que se encuentran recogidas en una norma legal, son oponibles a los terceros adquirientes, y por tanto, procede la inscripción de la reversión a favor del Estado”. En consecuencia, se analizará la a Resolución No 1099-2008- SUNARP-TR-L del 10/10/2008 que sustenta el Precedente. Los temas a analizar principalmente estarán referidos a: (i) las cláusulas de caducidad y (ii) la oponibilidad a terceros.Ítem Texto completo enlazado Alcances de la calificación registral del acto administrativo de transferencia predial de bienes de propiedad estatal en el marco del Decreto Legistativo N° 1192(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Martinez Odiaga, Mariela Lissete; Mendoza del Maestro, GilbertoEl artículo 62°y 63° del Reglamento de la Ley N° 29151 y la Directiva N° 005-2016/SBN, han regulado los procedimientos de transferencia de predios de dominio privado y públicos de propiedad Estatal representado por la SBN (en adelante la SBN), que realiza la SBN a favor de entidades conformantes del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Mediante el presente trabajo se pretende demostrar que el registrador viene calificando las resoluciones de transferencias emitidas en virtud del Decreto Legislativo N° 1192, razón por la cual, se propone la derogación de la Octava Disposición Complementaria y Final del Decreto Legislativo N° 1192, toda vez que la aplicación del segundo párrafo del artículo 2011° del Código Civil solo es aplicable para documentos judiciales.Ítem Texto completo enlazado Bienes futuros sujetos al régimen de independización y copropiedad: naturaleza jurídica, existencia del bien, compraventa e hipoteca de acuerdo a los productos y procedimientos bancarios que lideran el mercado inmobiliario y su inscripción registral. Principales contradicciones y sus efectos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Vilchez Solórzano, Judith Maricruz; López Novoa, NathalieEn el actual escenario económico y legal de nuestro país, la venta de unidades inmobiliarias en proyecto es una de las principales modalidades de adquisición de inmuebles, ya sea como viviendas, departamentos, oficinas, centros comerciales, entre otros. No obstante, a nivel registral se ha establecido una marcada diferencia en la venta de unidades inmobiliarias en proyecto, según éstas se encuentren sujetas al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, o al régimen de independización y copropiedad. Esta distinción ha determinado que las unidades inmobiliarias en proyecto puedan ser considerados como bienes presentes y/o futuros, determinando el producto y procedimiento bancario para su adquisición y gravamen, así como la oportunidad de la inscripción de dichos actos en el registroÍtem Texto completo enlazado Análisis del precedente de observancia obligatoria aprobado en el XCIV pleno y precisado en el pleno XCIX; y análisis de la función del registrador público en la actualidad(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Pinillos Bazo, Andrea Cecilia; Gabriel Rivera, José LuisEl presente trabajo de investigación centra su análisis en el Precedente de Observancia Obligatoria aprobado en el Pleno XCIV, publicado el 24 de agosto de 2012 y precisado posteriormente en el Pleno XCIX, publicado del 01 de diciembre de 2012, cuyo texto, inicial fue el siguiente: “Las restricciones convencionales de la propiedad establecidas por pacto no pueden comprender los atributos de enajenación o gravamen del bien, salvo que la Ley lo permita, conforme con lo previsto por el artículo 882 del Código Civil, pues existe un interés superior de que los bienes circulen libremente en el mercado.” Luego de la precisión a la que se hizo referencia en el primer párrafo, el texto del Precedente de Observancia Obligatoria en cuestión, quedó redactado de la siguiente manera: “Las restricciones convencionales de la propiedad establecidas por pacto no pueden comprender - de manera absoluta, relativa ni temporal-, los atributos de enajenación o gravamen del bien, salvo que la Ley lo permita, conforme con lo previsto por el artículo 882 del Código Civil, pues existe un interés superior de que los bienes circulen libremente en el mercado.” De este modo, en el presente trabajo de investigación se analiza el mencionado Precedente de Observancia Obligatoria (en adelante, POO) y su posterior precisión, así como la serie de dificultades que se presentaban a los Registradores al momento de calificar títulos que tuvieran alguna disposición que pudiera contradecir al artículo 882 del Código Civil antes de la promulgación del POO. Del mismo modo se analizarán las Resoluciones del Tribunal Registral que dieron pie al POO y los cambios que se generaron en la calificación registral, desde su promulgaciónÍtem Texto completo enlazado La expropiación y su legitimación registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) González Gallardo, Erika del Rosario; Gabriel Rivera, José LuisEl derecho registral es una especialidad jurídica que se ha venido evolucionando desde hace muchos años, sin embargo en el Perú estos últimos años ha evolucionado con mayor rapidez e interés debido a la necesidad de celebrar negocios, actos y relaciones jurídicas entre terceros, generado por el crecimiento económico de Latinoamérica y del país, principalmente por el desarrollo inmobiliario, debido a que el derecho registral, o mejor dicho la actividad registral brindad a terceros la certidumbre, confianza y seguridad fundamentales para realizar negocios que coadyuven al desarrollo económico del país. El desarrollo económico del país está generando la necesidad civil y política de desarrollar la infraestructura del país, por lo que se espera que en el trascurso de los próximos años se generen grandes obras públicas y para ello el estado se verá, inevitablemente, en la obligación de utilizar la figura de la expropiación para salvaguardar el desarrollo del proyecto de inversión de infraestructura. Asimismo, este gobierno y los anteriores, en conjunción con el actual y prometedor desarrollo económico de nuestro país, han buscado desde siempre la formalización en el mercado inmobiliario, más aún por la importancia económica, social y política que tiene en un país. Es por ello, que será indiscutible la necesidad del uso de la figura de la expropiación para el desarrollo del país en los próximos años, es por ello que este trabajo procurará analizar la normativa de esta figura y su repercusión en el registro inmobiliario.Ítem Texto completo enlazado La duplicidad de partidas en el registro de predios(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Porras Luna, Ivonne; Mendoza del Maestro, GilbertoEl presente trabajo académico trata las posibles causas de la duplicidad de partidas de predios, su problemática y efectos en el sistema basados en la función que el Registro de Predios tiene en nuestra realidad. Para ello se hizo un análisis de la función del Registro de Predios, desde su creación, mediante la comparación con el antecedente más cercano al nuestro, el sistema registral español. Asimismo, se analiza la problemática a la que nos lleva la inexactitud de la descripción de los predios, entre otros, de cara a los tres principios fundamentales que irradian nuestro sistema registral. Finalmente, se hace un recuento del tratamiento a nivel reglamentario de este problema y las soluciones que se han propuesto a través del tiempo para combatirlo.Ítem Texto completo enlazado Restricciones a la propiedad por el derecho de vía(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Marticorena Flores, Cesar; Gabriel Rivera, José LuisEn el presente trabajo académico se analizó el Derecho de Vía desde los manuales de diseño de carreteras hasta las normas generales, las cuales la nombran para entender su carácter legal. Asimismo, se investigó el Derecho de Vía desde la doctrina y jurisprudencia para complementarla en un mayor ámbito, puesto que el mismo cuenta con poca normativa sobre sus características e implicancias como bien de dominio público. Teniendo claro lo que importa la faja de dominio se pudo comparar la misma con la propiedad de un privado, en caso ambas se contrapongan sobre un mismo predio. Para ello, es necesario el estudio de la normativa en materia registral que la regule, no sin antes recurrir a la Constitución Política y el Código Civil. Sólo así, los atributos del derecho de propiedad privada se han podido entender como restringidos. Además, se debe ahondar en el caso que un privado desee el uso de un terreno que forme parte de la misma. De otro lado, se investigó sobre las sanciones penales o administrativas en los casos en los que se realice obras sobre el Derecho de Vía sin autorización o se le dañe. Finalmente, se indagó sobre la demarcación y protección del Derecho de Vía, para la cual existe una Unidad Gerencial correspondiente en PROVIAS Nacional.Ítem Texto completo enlazado Los alcances de la calificación de documentos administrativos: a propósito de una solicitud de independización de predio rústico(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Sánchez Rodríguez, Perla Lucía; Mendoza del Maestro, GilbertoLa calificación de los títulos que acceden al registro se encuentra regulada en el artículo 2011° del Código Civil, en el Reglamento General de los Registros Públicos (en adelante RGRP) y en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios (en adelante, “RIRP”). Si bien ninguna de estas normas cuenta actualmente con un artículo referido a la calificación especial de documentos administrativos, en el XCIII Pleno se aprobó un Precedente de Observancia Obligatoria por medio del cual se detalló el tipo de calificación que los Registradores debían aplicar en estos casos. En el presente artículo, desarrollaremos la aplicación de la calificación de documentos administrativos a propósito de la Resolución N° 278-2016-SUNARP-TR-L referida a la solicitud de inscripción de una Independización de Predio Rústico que resulta observada puesto que el Registrador encuentra mediante Informe de Catastro que el predio materia de independización se encuentra cerca a zona de playa y dentro de un Área de Conservación Regional. Finalmente, podremos determinar si la calificación aplicada por el registrador y el Tribunal Registral fue la acertada o si no correspondía presentar observaciones al títuloÍtem Texto completo enlazado La inmatriculación de predios rurales en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Salazar Tarazona, Anaí Margie; Salazar Gallegos, MaximilianoEl tema de investigación se encuentra circunscrito principalmente a dilucidar los principales aspectos del procedimiento de inmatriculación de predios en nuestro sistema registral y específicamente se centra en el análisis de la primera inscripción de inmuebles rurales en el Registro de Predios. La inmatriculación constituye el inicio del historial jurídico de un inmueble, el ingreso de una finca en el registro o el inicio de la vida e historia registral de las titularidades jurídicas referidas a un predio, por ende, contribuye de forma extraordinaria a publicitar titularidades jurídicas existentes y hacerlas oponibles a terceros de conformidad con la vocación del acto, a fin de su incorporación en el tráfico y el mercado de bienes inmuebles, lo que a su vez atrae múltiples posibilidades de comercialización y/o explotación económica. Asimismo, la inmatriculación permite identificar y modificar un bien, de modo que este sea definido bajo los estándares del registro y pueda ser saneado física y legalmente, lo que atiende a una necesidad de nuestra realidad social, la misma que se encuentra compuesta por predios urbanos y rurales que se encuentran fuera del Registro y que requieren del análisis y desarrollo de un procedimiento vital para el acceso al sistema registral con el fin de otorgar a los ciudadanos de un título de propiedad que permita: (i) la defensa del inmueble, (ii) la inversión y (iii) explotación económica sobre el mismo, entre otrasÍtem Texto completo enlazado Crítica a la Resolución N° 454-2014-SUNARP-TR-L: la indebida aplicación del precedente de observancia obligatoria de calificación de documentos administrativos al momento de la calificación registral de una aprobación del proyecto de una habilitación urbana de un predio que involucre la faja marginal de un río(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Zorrilla Garay, Julio César; López Novoa, NathalieEl presente artículo o trabajo académico consistió en exponer las razones por las cuales el segundo precedente de observancia obligatoria aprobado en el Nonagésimo Tercer Pleno Registral, publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de agosto de 2012, que establece la calificación registral restringida de los documentos administrativos que pretenden inscribirse en Registros Públicos, no debió aplicarse al momento de realizar la calificación registral de la aprobación del proyecto de habilitación Urbana Nueva como Lote Único en el distrito de San Juan de Lurigancho de un predio que involucraba o se sobreponía a la faja marginal del río Rímac, y por ende, no debió inscribirse en la partida registral correspondiente a dicho predio, debido a que existía un bien de dominio público hidráulico tutelado por la Constitución, la Ley de Recursos Hídricos y el Reglamento de la referida Ley, como es la referida faja marginal, que hacía imperioso que ésta tenga una mayor protección en vez de que se privilegie un interés privado que podría acarrear consecuencias que afecten a la faja marginal, y finalmente, la seguridad y el bienestar de la sociedad