Derecho Administrativo

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    ¿Las empresas públicas cumplen con el rol subsidiario?: el caso de Adinelsa
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-19) Pahuacho Camarena, Milagros; Moscol Salinas, Alejandro Martin
    El presente artículo desarrolla el tema del principio de subsidiariedad reconocida constitucionalmente y el cumplimiento de este en el ejercicio de las actividades empresariales de las empresas públicas, específicamente en la empresa pública Adinelsa. El estudio se divide en 2 partes: la primera parte de este artículo, brindaremos un refrescamiento del cambio en el régimen económico que provocó el nacimiento del principio de subsidiariedad y los mecanismos de control que fueron creados para su protección. En la segunda parte, analizamos a fondo el cumplimiento del principio de subsidiariedad en el ejercicio de la empresa Adinelsa, así como también la figura de los encargos especiales impuestos por disposición legal a empresas públicas y la exigencia del cumplimiento del principio de subsidiariedad también en estos casos. La finalidad del artículo es analizar el cumplimiento del rol subsidiario del Estado en las actividades realizadas por Adinelsa en su calidad de empresa pública dedicada a la distribución de energía eléctrica en zonas rurales del país.
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    Consideraciones de orden constitucional sobre la potestad sancionadora de la Administración Pública: un enfoque sobre los principios de reserva de ley, legalidad y tipicidad
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Meza Astuvilca, Luis Alberto; Cairampoma Arroyo, Vicente Alberto
    El presente artículo académico revisa el régimen jurídico de la potestad sancionadora de la Administración Pública y pone en relieve a los principales problemas que enfrenta su actual regulación. Asimismo, compara el modelo constitucional peruano con modelos propios de la región (Chile y Colombia) y de Europa (España), con el objetivo de analizar la pertinencia de realizar posibles cambios constitucionales para reforzar el régimen establecido en la Ley.
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    Análisis de la eficiencia del procedimiento administrativo disciplinario por faltas concernientes a hostigamiento sexual dentro de la función pública
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Arias Huapaya, Alexandra Urpy; Boyer Carrera, Janeyri Elizabeth
    En el Perú, a través de la Ley N° 27492, sus modificatorias y su reglamento, en complementariedad con la Ley del Servicio Civil- Ley N° 30057, se ha pretendido prevenir y erradicar el hostigamiento sexual que afecta la dignidad, la integridad y la igualdad de género. Por ello, el legislador al observar que existían casos de hostigamiento sexual dentro de las entidades en detrimento de la función pública estableció un procedimiento administrativo disciplinario para todos los servidores públicos que realicen este tipo de actos hostiles dentro de su Entidad. Sin embargo, de la investigación realizada, se ha podido observar que a pesar de encontrarse tipificada la falta por hostigamiento sexual dentro de la administración pública, el procedimiento administrativo disciplinario a la misma no es eficiente.
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    Idoneidad de la legislación de uso de aguas para fines mineros en el Perú y su relación en la prevención de conflictos vinculados al inicio y desarrollo de actividades mineras
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-07) Pita Chang, Gonzalo Alfredo; Villegas Vega, Paul Nicolás
    Durante las últimas décadas, la minería formal en el Perú ha visto afectadas sus actividades por los conflictos, cada vez más recurrentes, con las comunidades y poblaciones de su área de influencia. Esto a pesar de haber cumplido con los requisitos exigidos por el marco legal minero y de recursos hídricos. Esta situación no solo se produce porque las comunidades y poblaciones dificultan las actividades mineras por temor a sufrir restricciones hídricas y una posible contaminación del medio ambiente que podría perjudicar sus principales actividades económicas, su salud y sus vidas; sino porque, adicionalmente, confunden el rol de las empresas mineras con el del Estado, exigiendo a estas la implementación de infraestructura y servicios básicos que el Estado no atiende, llegándose a condicionar el inicio y normal desarrollo de las operaciones extractivas al cumplimiento de dichas exigencias. Esta situación termina generando conflictividad e inseguridad jurídica para los inversionistas mineros. En ese sentido, se podrá llegar a la conclusión de que las normas que prevén los requisitos para obtener los títulos habilitantes necesarios para operar en el sector minero y el marco legal en materia hídrica en general, por sí mismos, no son idóneos para mitigar los conflictos que nacen de las inquietudes de las comunidades. Para ello, es relevante la participación activa del Estado a lo largo del proceso, lo que implica no solo aparecer en caso de conflictos, sino apoyar desde un inicio en la implementación de servicios básicos, así como en la supervisión y control de las actividades mineras que permita establecer un diálogo horizontal entre los actores implicados.
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    El uso indebido de la figura de “Eficacia Anticipada” para la autorización de ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios durante la etapa de ejecución contractual en el marco de la normativa de Contrataciones del Estado
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-07) Miranda Meza, Kareliss Katiuska; Chocano Davis, Christian César
    El presente artículo analiza el por qué el uso de figuras jurídicas aplicables al derecho administrativo general no puede ser discrecional ni mucho menos arbitrario. Existen reglas de aplicación supletoria que deben ser rigurosamente observadas preliminarmente a efectos de determinar si su uso no desnaturaliza el propósito mismo de la norma en cuestión. La figura de la Eficacia Anticipada del Derecho Administrativo no está pensada para una aplicación general sino para verificar cada caso en particular y sus implicancias. En tal sentido, en el caso de las prestaciones adicionales para la ejecución de contratos de bienes y servicios del Estado deben cumplir con las disposiciones normativas que les son aplicables, no pudiendo utilizar salvavidas jurídicos para regularizar situaciones que ponen en cuestión la legalidad de la decisión adoptada.
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    Actos y efectos contractuales existentes en cuanto a defectos u omisiones de la formula polinómica o de reajuste en el régimen general de la contratación pública – Ley N° 30225 y su reglamento
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-24) Infantes Arbildo, Nils Denis; Sánchez Povis, Lucio Andrés
    Los contratos de ejecución de obras públicas son el mayor componente dentro del marco de la ley de contrataciones con el Estado, sabido es que el paso de tiempo suele generar marcadas distancias entre el monto consignado en el expediente técnico de obra y el obtenido como resultado de la liquidación de obra, ante ello tanto la ingeniería como el derecho no han sido esquivos a tal realidad, pues el marco general establece el uso de las denominadas formulas polinómicas o de reajuste de precios, las cuales son de obligatoria inclusión, y más aún, una vez establecidas no pueden ser materia de modificación, ya que serina una clara expresión del principio de equidad o equilibrio económico financiero. Por otro lado, dentro de la ejecución contractual la Entidad tiene el ejercicio de las denominadas prerrogativas exorbitantes y el contratista tiene como un acto contractual de obligatorio cumplimiento, ya en ejecución de obra, el emitir el informe de revisión del expediente técnico de obra, ultima oportunidad para establecer defectos u otros del expediente técnico que tengan incidencia en la ejecución de la obra. En este contexto el presente trabajo buscara analizar y entrecruzar las variables descritas para establecer que las fórmulas polinómicas o de reajuste de precios pueden y deben ser incluidas o modificadas, independientemente del marco normativo que impide su modificación y sin importar que el afectado sea la Entidad o el contratista, pues estas son una primera expresión del principio de equidad, principio que buscaría concretizar la finalidad publica con una obra de calidad.
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    Autonomía presupuestaria en los consejos regionales del Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-21) Cupi Gallegos, Sheyla Johanna; Cairampoma Arroyo, Vicente Alberto
    El presente artículo tiene como finalidad determinar si es viable el otorgamiento de autonomía presupuestal de los Consejos Regionales. (i) Desde el 2002, nuestro país se encuentra en constante y progresivo desarrollo de la descentralización. La Constitución Política del Perú y la Ley de Bases de la Descentralización, determinan que los gobiernos regionales como organismos cuentan con autonomía política, administrativa y económica. Sin embargo, los Consejos Regionales son un órgano regional, los cuales ejercen funciones de carácter normativo y fiscalizador. Los Consejos Regionales están constituidos por consejeros regionales quienes representan a cada una de las provincias de una región. (ii) La función fiscalizadora permite que se realicen los controles necesarios al ejecutivo regional con la finalidad de determinar el cumplimiento de sus labores. Para el cumplimiento de dicha función, los recursos que le son asignados a los Consejos Regionales se encuentran supeditados a la disponibilidad y discrecionalidad de los gobernadores de turno, lo cual podría ser un factor limitante para la potestad fiscalizadora (iii) La normativa vigente requiere de reformas de carácter constitucional y legal, lo que se permitiría tener una independencia presupuestaria a los Consejos Regionales a fin de potenciar sus facultades fiscalizadoras a través de la contratación de servicios y adquisición de bienes.
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    Colegios profesionales y su análisis por parte de las Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-18) Enrique Valverde, Raúl Eduardo; Martin Tirado, Richard James
    INDECOPI se ha atribuido competencias para analizar casos de barreras burocráticas suscitadas en colegios profesionales, con sustento en la función administrativa que estos ejercen, en determinadas actuaciones, tales como la habilitación de sus miembros profesionales. La discusión principal, respecto a ello, sin embargo, se centra en el análisis que realiza para decretar si estos se encuentran incluidos los en el numeral 6 u 8 del artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. El propósito primordial de este trabajo es resolver dichas diferencias, a través de un análisis concreto de la naturaleza jurídica de estos colegios. En tanto, el desarrollo de esta tesis tiene los siguientes objetivos: i) Determinar la naturaleza jurídica de los colegios profesionales, ii) Determinar si ejercen función administrativa, iii) Determinar si, verdaderamente, pueden situarse, como “entidad pública”, en el numeral 6 u 8 del artículo I del Título Preliminar del TUO de la LPAG. Ello nos llevará a concluir que estos, expresamente, puede denominárseles como Administraciones Públicas Corporativas Sectoriales, por lo que no conforman parte de la estructura estatal, ni se sitúan en el listado de entidades fijados en el TUO de la LPAG. Consiguientemente, como mecanismo de solución y seguridad jurídica, proponemos una modificación legislativa que coadyuvará a un enfoque práctico jurídico uniforme, para posteriores revisiones y análisis de los entes competentes.
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    Los Colegios Profesionales bajo la lupa de INDECOPI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Astuhuamán Baldeón, Diana; Francia Acuña, Laura Isabel
    INDECOPI se ha pronunciado en diferentes resoluciones tales como N° 0703-2017/SDC, 116- 2018/SEL, 117-2018/SEL, 0368-2019/SEL, 0597-2021/SEL, entre otras, mediante las cuales ha resuelto determinar como barrera burocrática tanto los requisitos exigidos para la colegiación como el cobro por la colegiatura. En ese sentido, la presente investigación versa sobre la legitimidad que tiene INDECOPI de fiscalizar las actuaciones de los Colegios Profesionales, respecto a la prevención y eliminación de barreras burocráticas ilegales o irracionales al momento de colegiar a los profesionales, ya que el Decreto Legislativo N° 1256 en el artículo 2 señala que dicha norma es aplicable a las entidades de la Administración Pública. Por ello, el primero objetivo ha sido determinar la naturaleza jurídica de los Colegios Profesionales y si son entidades de la Administración Pública. Asimismo, como segundo objetivo se analizó si los Colegios Profesionales están comprendidos como entidades de la Administración Pública en el inciso 6 u 8 del Texto Único de la Ley de Procedimiento Administrativo General. Por último, se ha determinado si los requisitos de colegiación y cobro son considerados como barreras burocráticas. Al respecto, se ha concluido que los Colegios Profesionales poseen una naturaleza jurídica privado – pública, sui generis, lo cual implica que no son consideradas Administración Públicas en sentido estricto. Ahora bien, la naturaleza pública de los Colegios Profesionales se sustenta en el ejercicio de la función pública, el cual se ejerce cuando se procede a colegiar a los profesionales, ya que ello implica una modificación en la situación jurídica de la persona, pues les habilita ejercer su profesión bajo la comprobación de los requisitos señalados en el ordenamiento jurídico.
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    La retroactividad benigna en los procedimientos administrativos sancionadores
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-22) Tramontana Hinostroza, Daniela de los Angeles; Villegas Vega, Paul Nicolás
    El presente tiene como objetivo principal conocer los lineamientos bajo los cuales diversas entidades públicas al ejercer la potestad sancionadora aplican el principio de retroactividad benigna para la resolución de procedimientos administrativos sancionadores. Ello con la finalidad de determinar si en el Perú existe un criterio único de interpretación sobre este principio o, por el contrario, algunas entidades poseen un razonamiento diferente. Para llevar a cabo la presente investigación, analizaremos las bases fundamentales del principio de retroactividad benigna, así como algunas resoluciones emitidas por los principales sectores del país.