Derecho con mención en Política Jurisdiccional
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Ítem Texto completo enlazado La confidencialidad en los arbitrajes bajo las normas de contrataciones del Estado. Una reflexión a propósito de los actos de corrupción cometidos en sede arbitral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-14) Durand Díaz, Augusto Luis; Higa Silva, César AugustoComo punto de partida, se menciona al arbitraje como concepto, su naturaleza jurídica, los principios que les rodea y su vinculación con el orden público. Aquí aparece, una de sus características fundamentales: la confidencialidad que, por ser privada, busca resguardar el prestigio y/o reputación de las partes y de los árbitros. Más adelante, se aborda el objetivo de esta tesis; describir y discutir una realidad jurídica en el arbitraje bajo las normas de contrataciones del Estado, las cuales cuentan con dos elementos propios del sector público: (i) el interés público y (ii) el principio de transparencia abarca, entre otros aspectos, el derecho fundamental a obtener la información. En ese escenario, la confidencialidad se confronta con el interés público en esta clase de arbitrajes. Así, podemos observar que, a nivel normativo, se presenta lo siguiente: En la ley de arbitraje, está regulada la confidencialidad y ésta se aplica supletoriamente en las normas de contrataciones con el Estado. Si una de las partes esel Estado, debe primar el interés público y el buen uso delos recursos públicos; advirtiéndose que la Ley de Arbitraje es aplicables para ambas situaciones. Sin embargo, entre particulares no es obligatoria la transparencia. Esta tensión normativa hizo que estos arbitrajes fuesen un potencial factor creador de espacios de corrupción, lo que implica considerar la posibilidad de crear un marco normativo independiente de arbitraje estatal que pueda armonizar a la confidencialidadcon el interés público y el principio de transparencia bajo las normas de contrataciones del Estado.Ítem Texto completo enlazado La doctrina de los Interna Corporis Acta y su posibilidad de aplicación en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-08) Peñares Flores, Hugo Alejandro; Hernando Nieto, Eduardo EmilioLa presente tesis busca mostrar que la configuración del procedimiento relativo a la elección de los altos funcionarios por parte del Congreso de la República es una decisión política, que es expresión de un determinado statu quo político. A partir del análisis de la génesis, transformación y crisis de diversas doctrinas jurídicas que permiten en mayor o menor medida el control constitucional de los actos del Parlamento, se concluye que estas son expresión de los cambios en la correlación de fuerzas políticas en un momento determinado. En ese contexto, la jurisprudencia más reciente del Tribunal Constitucional peruano ha indicado, sobre la base de la doctrina de los interna corporis acta, que sí existen zonas exentas de control constitucional en el ordenamiento jurídico. La tesis concluye señalando que dicha doctrina sólo podría ser aplicable en el Perú en su versión débil o lata, debido a la supervivencia de doctrinas que postulan precisamente lo contrario, al debilitamiento de su capacidad de rendimiento al no haber superado las críticas desde el siglo XX, y a la peculiar realidad institucional peruana.Ítem Texto completo enlazado El incumpliminto del precedente constitucional como criterio sancionatorio de destitución judicial: Estándares constitucionales para su evaluación ponderativa(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-01-23) Ruiz Riquero, José Humberto; Tassara Zevallos, Ornella VanessaEl presente trabajo tiene por objetivo determinar los estándares constitucionales que se deben observar en el ejercicio de la potestad sancionadora manifestada en la destitución de jueces por incumplimiento del precedente constitucional (PC) o la doctrina constitucional vinculante (DCV). Para tal fin, fueron analizados un total de 36 procesos disciplinarios con pedido de destitución (correspondientes al periodo que va del año 2006 al 2018) cuyo cargo imputado a los jueces y juezas de las diferentes instancias del Poder Judicial fue no haber tenido en cuenta lo resuelto por el Tribunal Constitucional a la hora de emitir sus resoluciones, conforme a lo dispuesto en los artículos VI y VII del Nuevo Código Procesal Constitucional. Analizado el problema de estudio y la forma como se llevaron los procesos ante la Oficina de Control de la Magistratura, se identificaron seis estándares constitucionales que recomendamos que la actual Junta Nacional de Justicia debe considerar: (i) los actos de contenido jurisdiccional como límite al control administrativo sancionador, (ii) diferencia entre lo que es inobservancia y desacato frontal del PC, (iii) consideración de criterios objetivos para graduar la sanción, (iv) garantía de reserva legal de la competencia y tipicidad de las infracciones, (v) garantía frente a intereses o conflictos de índole político-jurisdiccional, y (vi) necesidad de que el Tribunal Constitucional implemente una justicia constitucional dialógica. Estos estándares deben considerarse exclusivamente cuando el cargo imputado sea el incumplimiento de la DCV o el PC.Ítem Texto completo enlazado ¿Son las sentencias interpretativas, normativas del Tribunal Constitucional una respuesta adecuada respecto de leyes de derecho penal sustantivo?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-28) Valdárrago Zuzunaga, Javier Francisco; Sosa Sacio, Juan ManuelEn este trabajo se analiza como problema central la importancia que las sentencias interpretativas normativas (manipulativas) emitidas por el Tribunal Constitucional tienen en nuestro sistema de justicia como respuesta a la inconstitucionalidad, falta de claridad y ambigüedad que en ocasiones afectan a las leyes de Derecho sustantivo penal; como es sabido, en el Perú tenemos el sistema de control constitucional mixto, esto es el concentrado a cargo del Colegiado y el difuso a cargo de la justicia ordinaria; en ambos casos es la Constitución como norma jurídica suprema la que tiene primacía en el sistema de justica; por ello, hemos iniciado la presente investigación analizando el desarrollo del constitucionalismo en el mundo a través de los dos grandes sistemas el Common Law y el Europeo continental que se dio en el mundo occidental a fines del siglo XVIII, esto es a partir de las revoluciones de 1787 y 1789 (Estados Unidos de Norteamérica y Francia respectivamente); Para ello hemos utilizado el sistema inductivo, habiendo para el efecto seleccionado y analizado tres sentencias denominadas de principio dictadas por nuestro Tribunal Constitucional entre los años 2002 a 2011; como resultado del presente trabajo de investigación, hemos podido demostrar que las citadas sentencias son una respuesta adecuada a dicha problemática, también se ha demostrado que a través de ellas se hacen tangibles y efectivos los derechos fundamentales de las personas, así como permiten unificar criterios jurisprudenciales tanto en la justicia constitucional como en la justicia ordinaria, con ello se afianza la democracia en nuestro país.Ítem Texto completo enlazado La intervención de la Superintendencia del Mercado de Valores en la verificación de la gestión del modelo de prevención de delitos de corrupción en las personas jurídicas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-21) Félix Tasayco, Gilberto; Chanjan Documet, Rafael HernandoLa presente investigación tiene como finalidad determinar si la intervención de la Superintendencia del Mercado de Valores (en adelante SMV) a través de los informes técnicos sobre verificación de la idoneidad de la gestión del modelo de prevención de delitos de corrupción en las personas jurídicas, es razonable. En efecto, se demostrará que la Ley Nº 30424 que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, y que otorga carácter vinculante a los informes técnicos de la SMV, colisiona con las prerrogativas constitucionales del Ministerio Público como titular del ejercicio público de la acción penal. Dada la complejidad de los delitos de corrupción y las ventajas competitivas de la Contraloría General de la República (en adelante CGR) frente a la SMV, se propone que se modifique el artículo 18 de la Ley Nº 30424 para que se excluya a la SMV de la verificación de la idoneidad de los modelos de prevención y se incluya a la CGR como organización oficial encargada de la emisión de los informes técnicos sin carácter vinculante para el Ministerio Público.Ítem Texto completo enlazado Política jurisdiccional en materia penal de menores entre 1924 y 1991 : ideología, legalidad y democracia(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-06-21) Niego Arana, Roger Elkie; Gonzales Mantilla, Gorki YuriLa parte sustancial del presente estudio pretende, en esa dirección, identificar y entender los antecedentes históricos de una cultura jurídica de los magistrados situada actualmente en el contexto de un proceso de transición, a medio camino entre una concepción del Derecho de Menores inscrita en la Doctrina de la Situación Irregular y la Doctrina de la Protección Integral de la Infancia. Para ello, nos centraremos en el estudio histórico de la cultura jurídica de la infancia, que comprende el período de vigencia del Código Penal de 1924, vale decir el mismo que abarca los años 1924 a 1991, examinando: a) el desarrollo de las ideas y de la doctrina imperante en torno al concepto del menor delincuente; b) el desarrollo doctrinario de los tribunales de menores; y c) la legislación penal juvenil durante la vigencia del Código Penal de 1924.Ítem Texto completo enlazado El control constitucional del objeto del referéndum: Una propuesta de nuevos parámetros para una mayor eficacia del derecho de participación ciudadana(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-31) Neyra Zegarra, Ana Cristina; Sosa Sacio, Juan ManuelEl presente trabajo de investigación busca analizar el referéndum en el Perú, en el marco del contexto internacional y del Derecho Comparado, centrándose en el control de constitucionalidad que se puede hacer respecto de los temas en consulta (objeto) para dar solución a dos problemas identificados: la oportunidad del control y el organismo competente. En relación con el momento en que se hace este control, se hace posteriormente a que la iniciativa cuente con un importante número de respaldos expresados a través de la recolección de firmas, y podría ser negativo, con lo que generaría un desincentivo a asumir la promoción de este tipo de iniciativas. De otro lado, respecto del organismo encargado de este control constitucional, se ha constatado que potencialmente hay un control originario y luego uno sucesivo, que puede recaer en el Jurado Nacional de Elecciones y los jueces constitucionales (en dos instancias) y finalmente en el Tribunal Constitucional. En ese sentido, el presente trabajo plantea que el control constitucional se haga mientras se realiza la recolección de firmas (una vez que se logre una cantidad similar a la requerida para presentar una demanda de inconstitucionalidad -5000 firmas) y que esté a cargo del Tribunal Constitucional, en instancia única, por la especialidad de sus funciones, como un control preventivo, a través de un procedimiento célere; por tanto, se incluyen propuestas de textos normativos para reformar la Constitución y la Ley Nº 263000, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, con dichos alcances.Ítem Texto completo enlazado Universalización de la notificación electrónica como mecanismo esencial, seguro y eficaz para la realización Y vigencia del debido proceso(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-01-26) Mamani Coaquira, Oswaldo; Hernando Nieto, Eduardo EmilioEsta investigación aborda la universalización de la notificación electrónica como un mecanismo seguro y eficaz que permita garantizar la vigencia y realización del debido proceso. Ello a raíz de que la notificación por cédula o física como medio obligatorio genera retardo y lentitud en el trámite de los procesos (las notificaciones no llegan oportunamente), dando pie a la vulneración de derechos, en especial, el debido proceso. Frente a ello, la notificación electrónica ofrece celeridad, seguridad y eficacia en el desarrollo de los procesos, a su vez, asegura la protección del debido proceso porque el interesado recibe la notificación en tiempo oportuno para poder ejercer el contradictorio y el derecho de defensa. En ese orden, el enfoque de la investigación fue cualitativa y los métodos utilizados fueron: (i) funcional–propositiva, (ii) analítico, (iii) inductivo y (iv) comparativo, que permitieron describir, identificar y establecer los beneficios y desventajas en términos de celeridad, seguridad y eficacia tanto de la notificación por cédula en soporte papel y en casilla electrónica. Finalmente, los resultados a los que se arribaron –a grandes rasgos– fueron: (i) la notificación electrónica garantiza celeridad procesal, eficacia y efectividad en la tutela de los derechos del justiciable porque puede ejercer el contradictorio y el derecho de defensa adecuadamente porque la notificación o comunicación se efectúa de manera oportuna, (ii) la notificación por cédula ha supuesto la vulneración del debido proceso porque el acto de comunicar o notificar afronta diversos problemas que impiden establecer una relación jurídico-procesal válida y (iii) la universalización de la notificación electrónica que abarque desde la constitución de la relación jurídico-procesal garantiza la protección del debido proceso.Ítem Texto completo enlazado La argumentación post inscripción registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-11-30) Ríos Gil, Blas Humberto; Higa Silva, César AugustoLa presente tesis es una investigación descriptiva y sigue la línea de investigación de la argumentación jurídica propuesta por la maestría en Política Jurisdiccional de la PUCP. Tiene como principal objetivo estudiar un aspecto poco conocido de la argumentación jurídica que realizan los registradores públicos de la Zona Registral N° IV Sede Iquitos de Superintendencia Nacional de los Registros Públicos cuando sus inscripciones son cuestionadas en la vía administrativa y judicial, tanto en materia civil y penal y en este último punto teniendo en cuenta las investigaciones que se hacen también solo a nivel del Ministerio Público. A lo largo de la tesis demostraremos la existencia de una argumentación jurídica registral diferente a la argumentación judicial y legislativa. Hemos establecido que esta argumentación tiene características propias en cuanto a la finalidad de la argumentación y que a su vez la argumentación post inscripción registral también lo tiene en relación a ésta última en la medida que es una argumentación que se realiza fuera del procedimiento y registral y que engloba solo un aspecto de toda la argumentación que realiza el registrador en la fase de la calificación de los títulos. Arribaremos a la conclusión que la argumentación post inscripción registral es una variante de la argumentación jurídica ya que se hace al margen del procedimiento y porque tiene como finalidad la defensa de inscripción y teniendo como trasfondo salvar de cualquier responsabilidad funcional del registrador.Ítem Texto completo enlazado Tutela de los derechos sociales y justicia constitucional dialógica(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-10-26) Torres Altez, Dante Reynaldo; Sosa Sacio, Juan ManuelLa investigación que presento ha sido elegida por la creciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional, respecto de la tutela de los derechos sociales. En nuestro contexto latinoamericano, se está desarrollando un enfoque dialógico que busca, desde la democracia deliberativa, contribuir con la defensa de los derechos fundamentales. Para lograr ese propósito, parto desde el constitucionalismo dialógico para identificar sus características y afrontar mejor las nuevas perspectivas de la función jurisdiccional, y propongo el activismo judicial dialógico como un mecanismo de defensa de los derechos sociales. Asimismo, desarrollo en mi investigación los criterios normativos para un adecuado diálogo jurisdiccional en la defensa de estos derechos: establezco como punto inicial un diagnóstico justificativo del diálogo jurisdiccional, posteriormente, enfoco el trabajo en el diálogo de la justicia constitucional y, finalmente, propongo su implementación a través de las llamadas sentencias estructurales. El enfoque metodológico que utilizo es el enfoque argumentativo, comparativo y de estudios jurisprudenciales. Analizo textos de doctrina nacional y comparada, casos jurisprudenciales relevantes de diferentes Cortes de Vértice y jurisprudencia de nuestro Tribunal Constitucional. También utilizo el método de análisis y síntesis, deductivo e inductivo. Por otro lado, arribo a la conclusión que, para proteger eficazmente los derechos sociales, éstos deben ser judicializados en tanto el poder político no cumpla su función; sin embargo, no se busca un gobierno de los jueces, sino que, desde de las altas cortes y con la participación de todos los actores involucrados en la defensa de estos derechos, se resuelvan los conflictos inter partes y se proyecte la tutela a más personas afectadas, y así evitar futuras demandas judiciales. Los efectos de las sentencias se proyectan a coadyuvar en el diseño, implementación y seguimiento de las políticas públicas encargadas a las autoridades competentes, respetando el Estado Democrático de Derecho y con miras a obtener una justicia constitucional dialógica.