Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales
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Ítem Texto completo enlazado Actividades mineras con impactos transfronterizos: el caso de la Mina Pucamarca en la región fronteriza entre el Perú y Chile en el marco de los instrumentos de gestión ambiental y el derecho ambiental internacional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-27) De las Casas Díaz, César Augusto; Aldana Durán, Martha InésEl incremento de las actividades mineras en el Perú y el mundo se ha producido de modo acelerado en las últimas décadas, como resultado de la dinámica de la economía mundial y el surgimiento de nuevos actores económicos globales como China. Esas actividades se han extendido hasta las líneas de frontera, siendo motivo de preocupación por los eventuales riesgos que dichas operaciones implican y por los impactos y daños que podrían tener en el bienestar de las personas y el ambiente en el territorio del otro país. Por ese motivo, hacemos un análisis de la decisión adoptada en el caso entre Costa Rica y Nicaragua por la Corte Internacional de Justicia y la Opinión Consultiva emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos a pedido de Colombia, a la luz de cuyos criterios analizamos el caso del proyecto minero Pucamarca y la necesidad de ampliar el alcance de los instrumentos de gestión ambiental a las actividades de frontera e impactos en el territorio del otro país.Ítem Texto completo enlazado La afectación directa positiva de la creación de Cordillera Escalera vs el derecho de consulta previa un conflicto sin resolver(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-03-07) Bravo Mego, Sandra Lizeth; Calle Valladares, IsabelLas áreas de conservación regional son áreas naturales protegidas que cuentan con una importancia ecológica significativa. En dichas áreas se permite el aprovechamiento o extracción de recursos, priorizando a la población local. Asimismo, de existir pueblos indígenas en la zona en la que se desee crear un área de conservación regional se deberá realizar la consulta previa de forma anterior a la creación de esta área, a fin de respetar el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados. Sin embargo, a pesar que se conocía que en la zona de creación del área de conservación regional Cordillera Escalera existían pueblos indígenas, el Gobierno Regional de San Martín omitió llevar a cabo el proceso de la consulta previa. Ello, ha generado una afectación directa a los pueblos indígenas, ya que con la finalidad de proteger el área de conservación regional se han restringido la posibilidad de habitar esta zona, así como otras actividades que realizaban estos pueblos con fines netamente de supervivencia. Por ello, este trabajo académico tiene como objetivo (i) reafirmar la importancia de la consulta previa en los procesos de creación de áreas naturales protegidas; y, (ii) demostrar que la incorporación de los pueblos indígenas al proceso de creación de un área natural protegida tiene un impacto positivo. Lo último debido a que existiría una retroalimentación entre la autoridad promotora de la creación del área y estos a fin de determinar el mejor manejo del área.Ítem Texto completo enlazado El alcance de la adecuación de los mecanismos de participación ciudadana al amparo del Decreto Legislativo N° 1500(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-29) Pizarro Breña, Crizia María; Calle Valladares, IsabelEl presente artículo académico analiza el alcance de la adecuación de los talleres participativos y audiencias públicas como MPC obligatorios en la evaluación ambiental de un EIA-D de un proyecto de inversión en infraestructura, cuya ejecución, que era impensable en un escenario no presencial, debió adecuarse a un esquema virtual en un contexto de pandemia por el COVID-19 en el que se dispuso la inmovilización social y la cuarentena focalizada a fin de evitar contagios. Esta adecuación habilita a los titulares de los proyectos a modificar la modalidad de los referidos MPC, aprobados en su respectivo PPC, considerando las particularidades de cada proyecto, los habitantes del AI y del entorno donde éste se ubica, para ejecutarlos a través de medios de comunicación no presenciales, es decir electrónicos, virtuales o similares, de acuerdo a la posibilidad y disponibilidad que la población involucrada tenga en su uso, garantizando siempre el objetivo de la participación ciudadana en el marco de la evaluación ambiental de un EIA-D, siendo que, de no existir las condiciones idóneas para ejecutar los mecanismos participativos a través de medios electrónicos u otros alternativos a la presencialidad en el entorno del proyecto, el proceso de participación ciudadana debería suspenderse hasta el momento en que estos se puedan implementar sin poner en riesgo la salud e integridad de las comunidades del AI del proyecto. En ese contexto, la “virtualización de la participación ciudadana” circunscrita a los mecanismos de participación en este marco de evaluación ambiental, permitiría generar un espacio de intercambio de información y diálogo entre la autoridad ambiental, el titular de un proyecto y los actores sociales del entorno del proyecto; más no así en un escenario de consulta previa, cuya finalidad es la de arribar a acuerdos vinculantes con el Estado en relación a las medidas que podrían vulnerar derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios.Ítem Texto completo enlazado Análisis crítico de los conceptos de daño ambiental real y potencial aplicados por el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA en el subsector minería(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-03-06) Ramírez Torres, Alejandro Jesús; Araujo Meloni, Jean PierreEl presente estudio busca ser una actualización y profundización de los análisis críticos del concepto de daño ambiental que existen en la doctrina peruana, con la finalidad de identificar deficiencias en el concepto de daño ambiental presente en nuestra legislación para mejorar la protección del medio ambiente, sin descuidar la tutela de la seguridad jurídica de los administrados. Con esta finalidad, se identificarán las nociones jurídicas de daño ambiental de la legislación y doctrina comparada –principalmente la española–, así como el concepto de daño existente en la regulación y en la jurisprudencia del Tribunal de Fiscalización Ambiental en el Perú. A partir del análisis y comparación de ambas fuentes, se busca proponer una nueva interpretación del concepto de daño ambiental en nuestro ordenamiento que permita su aplicación, protegiendo al medio ambiente, pero sin poner en riesgo las inversiones privadas en minería.Ítem Texto completo enlazado Análisis de alternativas de proyectos mineros en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental : evaluación y propuestas para su implementación(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-03-02) Contreras Tellez, Lourdes de Fátima; Aldana Durán, Martha InésEl presente trabajo de investigación busca analizar la aplicación del proceso de análisis de alternativas para el desarrollo de las actividades mineras de gran envergadura y comparar su regulación con legislaciones de la región. Se plantea responder si el análisis de alternativas ha sido tomado en cuenta en la etapa de planificación del proyecto por el titular; y, de ser así, si ha sido tomada en cuenta en la etapa de evaluación ambiental, por el evaluador. Los resultados de la investigación son relevantes en tanto permite conocer su relevancia en las etapas de desarrollo y evaluación de proyectos de actvidades mineras. La revisión de una muestra de expedientes, permite concluir que no existe uniformidad al momento de desarrollar las alternativas del proyecto, en los estudios de impacto ambiental y que tampoco ha sido objeto de observación o pronunciamiento por parte del evaluadro. En ese sentido, se recomienda una reforma en el proceso de elaboración de alternativas y desarrollar normas que permitan reconocer su importancia para el desarrollo sostenible y participativo del proyecto de inversión.Ítem Texto completo enlazado Análisis de la necesidad de incorporar el criterio de adaptación y mitigación del cambio climático a los Estudios de Impacto Ambiental Detallados del sector agricultura y riego como medida para enfrentar la vulnerabilidad climática en el Perú, a partir del estudio de una muestra de cuatro EIA-d de proyectos de cultivo y procesamiento de palma aceitera instalados en la región amazónica peruana(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-13) Cruzado Portugal, Lira Sofia; Araujo Meloni, Jean PierreEl presente trabajo tiene como objeto analizar la necesidad de incorporar los criterios de adaptación y mitigación del cambio climático a los Estudios de Impacto Ambiental Detallados (EIA-d) -Los Estudios de Impacto Ambiental previstos para los proyectos de inversión con impactos ambientales significativos- del sector agricultura y riego, que agrupa actividades que generan las mayores emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en el país. Para tales efectos, se evaluará una muestra compuesta por cuatro EIA-d de proyectos de cultivo y procesamiento de palma aceitera instalados en la región amazónica peruana, con el fin de identificar (i) los impactos ambientales asociados al cultivo de la palma aceitera y (ii) las medidas que los titulares de los proyectos han propuesto para mitigar dichos efectos; especialmente, considerando su impacto en la contribución al avance del cambio climático. Tras ello, se hará revisión de la experiencia comparada sobre la materia, tanto en países que incorporan en mencionado criterio en su legislación, así como países que, en contextos similares al peruano, han adoptado buenas prácticas vinculadas al cultivo de palma aceitera, sin que estas sean obligatorias legalmente. A partir de dicho contraste, se propondrán mejoras en la legislación nacional, destinadas a contribuir con reducir la vulnerabilidad climática del país, considerando su conexión con la deforestación causada por el cultivo y procesamiento de palma aceitera.Ítem Texto completo enlazado Análisis de la pérdida de competencias de la DIGESA en los procedimientos de autorización de vertimientos otorgados por la ANA(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-03-11) Torres Mariño, Carlos; Aldana Durán, Martha InésEl presente trabajo es desarrollado con el objetivo de analizar la modificación del artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley No. 29338, así como de sus normas complementarias respecto a la pérdida de competencias de la DIGESA como opinante técnico en los procedimientos de autorización de vertimientos que son otorgados por la ANA. Es así como se analiza si esta “simplificación administrativa” que motivó al legislador modificar la normativa, responde a las necesidades del contexto actual peruano. El trabajo concluye con que esta modificación no ha sido acertada en tanto en la realidad no hay un organismo público que se encargue de evaluar si con un determinado vertimiento se está afectando o poniendo en riesgo la salud de las personas, debido a que, como se demuestra, la ANA no cuenta con competencias ni recursos suficientes para ello.Ítem Texto completo enlazado Análisis de la validez jurídica de la figura del daño potencial empleada por OEFA en el sub sector hidrocarburos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-07-13) Pachas Ortega, Karen Ruth; Calle Valladares, IsabelLa presente investigación tiene como objetivo determinar la validez jurídica de la figura del daño potencial regulado en la Ley General del Ambiente y empleado, para efectos del presente estudio, por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, institución que en el marco de un procedimiento administrativo sancionador atribuye responsabilidad administrativa y sanciona, al advertir que el hecho imputado genera daño potencial a la flora, fauna y a la salud humana. Por ese motivo, se realizó un análisis crítico del marco normativo del daño potencial, advirtiéndose que dicha figura desnaturaliza y desconoce los elementos concurrentes del daño ambiental y constituye una herramienta injustificada de exoneración de la carga de la prueba de OEFA, situación que generaría una vulneración de principios ambientales y administrativos tales como: principio de responsabilidad ambiental, principio de prevención, principio de debido procedimiento, principio de causalidad y el principio de verdad material. Asimismo, y, sin perjuicio de lo antes mencionado, se propone una alternativa intermedia, a fin de que exista una relación armoniosa y congruente entre la protección al ambiente y la seguridad jurídica.Ítem Texto completo enlazado Análisis de las medidas administrativas en la función fiscalizadora del OEFA en el sector minero(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-03-05) Maraví Ricse, Patricia Guadalupe; Aldana Durán, Martha InésEl presente trabajo busca realizar un análisis de las medidas administrativas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, “OEFA”), las cuales deben de responder a la naturaleza de los hallazgos detectados en las supervisiones. En tal sentido, se parte de la hipótesis de que las medidas administrativas no estarían siendo impuestas por la autoridad considerando la naturaleza de los hallazgos, sino que estaría apelando a elementos – en términos de política de gestión – que no responden a lo previamente establecido, generando así la desnaturalización del rol fiscalizador del OEFA. Sin embargo, la información recopilada y entregada por la autoridad no permite la confirmación de la hipótesis, pero sí da lugar a un análisis adicional respecto a la real funcionalidad de las medidas administrativas, identificando problemas y planteando soluciones de mejora, dirigidas a salvaguardar la protección del medio ambiente.Ítem Texto completo enlazado Análisis de los Decretos Legislativos relacionados con los recursos forestales y de fauna silvestre y su vinculación con los pueblos indígenas, principalmente con el derecho a la consulta previa, en el marco de la delegación de facultades legislativas al Poder Ejecutivo, aprobada por el Congreso de la República mediante la Ley N° 29157, para la implementación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-04-10) Corrales Trigoso, Paula Legna Alexandra; Calle Valladares, IsabelLos Decretos Legislativos relacionados con los recursos forestales y de fauna silvestre y su vinculación con los pueblos indígenas, principalmente con el derecho a la consulta previa, en el marco de la delegación de facultades legislativas al Poder Ejecutivo, aprobada por el Congreso de la República mediante la Ley N° 29157, para la implementación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos presentan dos posturas; por un lado, las mejoras en la gestión ambiental y por otro lado, si dichas mejoras a través de los Decretos Legislativos vulneran los derechos de los pueblos indígenas, principalmente el derecho a la consulta previa. Cierto es que se ha cuestionado si las medidas legislativas vulneran los derechos de los pueblos indígenas, es que acaso los derechos legislativos, afectan directamente a los pueblos indígenas, entendida esta afectación como un cambio significativo o relevante en la situación jurídica de los pueblos indígenas. Pues la respuesta dependería del caso en concreto puesto que si la norma es de carácter general, y por ende pretende regular la conducta de todos los ciudadanos peruanos, no se afectaría el derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas. Sin embargo, si los Decretos Legislativos implican una afectación directa a los pueblos indígenas, se vulneraria a todas luces el derecho a la consulta previa.Ítem Texto completo enlazado Análisis de los impactos del Acuerdo de Escazú en la regulación nacional sobre justicia ambiental(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-24) Villanueva Caceres, Gabriela Alejandra; Aldana Durán, Martha InésEl Acuerdo de Escazú constituye un hito ambiental para América Latina y el Caribe. Su objetivo es asegurar el derecho al acceso a la información, participación ciudadana y la justicia en asuntos ambientales. Aunque el Perú suscribió dicho acuerdo, terminó rechazando su ratificación. Uno de los principales argumentos fue la falta de innovación de este tratado, puesto que su contenido ya se encontraría regulado en la legislación nacional. Ante la duda del contenido de las disposiciones de dicho acuerdo, es necesario corroborar los impactos reales, que puede generar en la legislación nacional. De esa manera, se puede determinar la necesidad de contar con dicha ratificación. Uno de los aspectos regulados en el acuerdo es la justicia ambiental. Esta busca que toda persona que sufre impactos ambientales desproporciónales cuente con las herramientas necesarias para reparar los daños sufridos. Considerando que la justicia ambiental es uno de los pilares, este trabajo tiene como objetivo analizar la legislación nacional con relación a la justicia ambiental, a fin de determinar cómo dicho acuerdo podría beneficiar o fortalecerlo. Como resultado, se podrá observar que la regulación actual es una de las más avanzadas de la región. Incorpora gran cantidad de las disposiciones del Acuerdo de Escazú. Además, pueden alcanzarse las exigencias del tratado a través de instrumentos infralegales. En ese sentido, la ratificación del Acuerdo de Escazú, en materia de justicia ambiental, responde a intereses políticos, más que a vacíos o falta de protección de la justicia ambiental.Ítem Texto completo enlazado Análisis del marco legal peruano al respecto de la creación de áreas naturales protegidas en el ámbito marino(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Huanca Arcos, Olenka Zeneth; Capella Vargas, José LuisEl objetivo de este trabajo es evidenciar e identificar los vacíos legales que existen en la legislación peruana de áreas naturales protegidas vigente, en cuanto a las disposiciones específicas para la creación de áreas marinas protegidas. En el primer capítulo se describen los instrumentos a nivel internacional y nacional que justifican la adopción de protección legal del ámbito marino costero, los instrumentos de gestión y planificación disponibles dentro de la legislación nacional vigente y el procedimiento para la creación de áreas naturales protegidas en el ámbito marino costero. En el segundo capítulo, a través del estudio de casos precedentes, se identifican los principales retos evidenciados en la regulación para áreas naturales protegidas, haciendo énfasis en la importancia de los servicios ecosistémicos marinos, en la representatividad de ecosistemas marinos en el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado y en los tipos de zonificación establecidos en la Ley de Áreas Naturales Protegidas sus implicancias y usos permitidos. Finalmente, en el tercer capítulo se desarrollan las propuestas de mejora en base a la comparación de los criterios de zonificación diferenciado para áreas naturales protegidas marino costeras, decantando en lineamientos para la creación de áreas marinas protegidas, así como la necesidad de desarrollar la “Estrategia de la Red de Áreas Naturales Protegidas en el ámbito marino y costero”Ítem Texto completo enlazado Análisis jurídico de la modificación del Estudio de Impacto Ambiental en el proyecto minero Las Bambas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-25) Gutierrez Román, Diana Carolina; Calle Valladares, IsabelEn la región de Apurímac, el proyecto minero Las Bambas presenta un alto índice de conflictividad social desde hace casi una década. Esta situación de desencuentro entre los intereses privados y de las comunidades de las zonas de influencia tiene su génesis en una laxa regulación ambiental que disminuye las posibilidades de llegar a acuerdos entre ambas partes. El análisis del caso Las Bambas se aborda desde dos enfoques: un enfoque legal en torno al marco normativo que dio lugar a las múltiples modificaciones realizadas al estudio de impacto ambiental del proyecto minero, con énfasis en la efectividad del Informe Técnico Sustentatorio (ITS) para evaluar de forma preventiva el desempeño ambiental y social del proyecto en su entorno, así como desde un enfoque político del SEIA que describe la gestión de las instituciones que estuvieron a cargo de su aprobación. Asimismo, se pretende identificar los factores internos y externos que agravaron la situación de conflictividad ocasionada por el impacto de estas modificaciones, por lo que se precisa conocer el contexto empresarial en el que se solicitó las modificaciones, la falta de gobernanza que supuso la omisión de la participación ciudadana de la población a partir de la introducción del ITS al desarrollo del proyecto, y los efectos que tuvo la imprecisión en la regulación sobre el uso intercalado del ITS con la MEIA para el caso en mención.Ítem Texto completo enlazado Análisis jurídico sobre las rutas normativas hacia la formalización minera de pequeña escala y su eficacia en la realidad de los pequeños productores mineros y productores mineros artesanales entre el periodo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-03-02) Giraldez Linares, Sheila Prisca; Calle Valladares, IsabelLa presente investigación, analiza la normativa de las medidas legales adoptadas por el Gobierno en el proceso de formalización minera entre los periodos del 2012 al 2017, con el propósito de poder determinar cuáles son los criterios adoptados por el Estado Peruano en la lucha contra la informalidad en las actividades mineras de pequeña escala y, verificar, si estos mecanismos han contribuido a la efectiva erradicación de la misma. En esa línea, con el Primer Capítulo se busca explorar las diferencias existentes entre cada categoría de clasificación de los productores mineros en el Perú, mediante la evaluación de los criterios de clasificación por el Estado. Luego hará mención al nexo existente entre los pequeños productores mineros y los mineros en proceso de formalización, a fin de determinar la viabilidad de su adscripción a dicha categoría. El Segundo Capítulo, analizará la evolución política y legislativa de la formalización minera, de los periodos contemplados entre el año 2012 al 2017, para luego mencionar a algunos de los principales entes rectores relacionados con la minería de pequeña escala y su rol en el proceso de formalización. El Tercer Capítulo se desarrollará brevemente los instrumentos ambientales suscitados durante el proceso de formalización, acorde a la línea de tiempo de este estudio. Finalmente, el Cuarto Capítulo abarcara los puntos de impactos, beneficios y propuestas de solución a la informalidad minera en nuestro país. En conclusión, los criterios de clasificación aún no han sido establecidos claramente por parte del Estado, y por tanto son ambiguos para determinar una adecuada categorización. La simplificación administrativa aplicada por el Gobierno ha sido positiva en algunos aspectos, ha dejado de lado otros importantes como el ordenamiento territorial en los lugares donde se desarrollan estas actividades, retornando a una gestión sectorial poco beneficiosa para la erradicación de la informalidad minera.Ítem Texto completo enlazado Análisis sobre el marco regulatorio para la promoción de los MERESE de regulación hídrica en el Perú y sus recomendaciones para su fomento(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-03) Sena Carhuamaca, Nathally Yazmín; Araujo Meloni, Jean PierreEl fenómeno del cambio climático se distingue por las elevadas temperaturas y la modificación en las condiciones climáticas, lo cual está ocasionando múltiples repercusiones ecológicas, incluyendo la escasez de agua. Ante esta situación urgente, las Naciones Unidas insta a los paises miembros a gestionar adecuadamente este recurso. En este sentido, países como Perú, que se ha visto fuertemente afectado por la escasez de agua potable y de calidad, ha implementado diversas estrategias, entre ellas, una herramienta financiera llamada Mecanismo de Retribución por Servicios Ecosistémicos - MERESE. Mediante esta herramienta, se busca preservar el agua en sus fuentes naturales como ríos, lagos y lagunas, a través de acuerdos voluntarios entre los que contribuyen y los que reciben los beneficios de este servicio. Desde el año 2014, este mecanismo está regulado por la Ley 30215 - Ley de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos y su reglamento. Sin embargo, hasta el momento, su aplicación a nivel nacional no es amplia debido a obstáculos institucionales. Además, en el caso específico de los MERESE aplicados por las empresas prestadoras de servicios de saneamiento - EPS, surgen problemas relacionados con el cálculo de las tarifas, la identificación de los contribuyentes y beneficiarios de dicho servicio, y la contratación a través de los mecanismos establecidos por el Estado. Estos mecanismos no contemplan la necesidad de un sistema especial para invertir los fondos del MERESE y contratar directamente con las comunidades campesinas, que son los principales contribuyentes. En conclusión, si se resuelven estos obstáculos, existen oportunidades para una aplicación más eficiente de los MERESE hidricos en nuestro país.Ítem Texto completo enlazado Análisis y propuestas sobre los aspectos jurídicos e institucionales de la rectoría del ordenamiento territorial en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-03-02) Ramos Degregori, Elva Victoria; Castro Sánchez Moreno, Jorge Mariano GuillermoEl presente trabajo de investigación busca analizar los instrumentos y la normativa nacional del proceso de Ordenamiento Territorial, a fin de determinar conceptos y establecer avances y retrocesos, los fenómenos institucionales que contribuyeron a su consolidación, su ente rector y el sustento normativo de nuestro ordenamiento jurídico que le otorga ese carácter y el diseño metodológico del proceso para llegar al concepto de Ordenamiento Territorial, así como garantizar que este no se paralice, ya que existe capacidad técnica obtenida e información diagnosticada formada en años, por lo que al discrepar el nuevo ROF del MINAM con otra norma del sistema jurídico peruano, como lo es su Ley de creación, es una de las inconsistencias que debilitan la normativa, y dejan al descubierto las falencias técnico jurídicas y de sistematización de normas que debería tener como norte nuestro ordenamiento, a fin de ser uno sólido e integrado, no dejando espacio para vacíos e incertidumbres, y para que el progreso alcanzado, no quede detenido, es necesario que hasta la creación del nuevo ente con competencias en OT nacional, se aclare y confirme que el MINAM es quien ejerce rectoría en OT por su Ley de creación, la misma que continua vigente. Asimismo la necesidad de un Sistema Funcional para el Ordenamiento Territorial, que interrelaciona diferentes actores en los niveles de gobierno y sectores ministeriales, para organizar las normas y estandarizar metodologías e instrumentos, es así que para poder obtener un producto que sea útil, innovador que pueda armonizar con cada sector y nivel de gobierno, será necesario articular cada aporte normativo, cada proceso metodológico implementado para la obtención del concepto de Ordenamiento Territorial, a fin de buscar encaminarnos como un todo, teniendo un sentido nacional, apoyado indudablemente de conocimiento científico, que lo llevará a encontrar su permanencia y consistencia.Ítem Texto completo enlazado La aplicabilidad del Artículo 87 de la Ley N° 26221, Ley Orgánica que norma las actividades de Hidrocarburos en el territorio nacional en el Oleoducto Norperuano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-20) Rodriguez Giorgio, Brunella Fiamma; Capella Vargas, José LuisEn la presente investigación analizamos la figura de protección del medio ambiente, contenida en el artículo 87 de la Ley N° 26221, Ley Orgánica que norma las actividades de Hidrocarburos en el territorio nacional, bajo ese supuesto encontramos evidencia de la existencia de zonas grises en su implementación ante la falta de un contenido reglamentario, las cuales esperamos exponer y analizar. En relación con lo antes expuesto, dicha norma faculta al Ministerio de Energía y Minas a resolver contratos de actividades de hidrocarburos ante el incumplimiento de disposiciones ambientales. En atención a ello, el objetivo de esta investigación es analizar la viabilidad legal de aplicar el artículo 87 en el Oleoducto Norperuano. Por tal motivo, el presente trabajo parte de analizar el rol del Ministerio de Energía y Minas como entidad contratante, así como las singularidades en torno al Contrato de Concesión Definitiva para el Transporte de Hidrocarburos por el Oleoducto Norperuano. Asimismo, se estudia los alcances de dicha norma en el marco de las competencias del Ministerio de Energía y Minas como entidad contratante y se evalúa la posibilidad de resolver el contrato del Oleoducto Norperuano. Posteriormente, se desarrollan algunas consideraciones para un posible contenido reglamentario del artículo 87. Finalmente, se concluye que no es posible aplicar el artículo 87 debido a que no existen las condiciones legales necesarias para ello.Ítem Texto completo enlazado La aplicación del artículo 17° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, durante los años 2013 y 2017(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-03-11) Sanchez Lozano, Katherine Milagros; Capella Vargas, José LuisEl artículo de investigación visibiliza los criterios aplicados por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental para el ejercicio de la competencia otorgada por el artículo 17° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, desde su entrada en vigencia en el mes de abril de 2013 hasta diciembre de 2017, periodo de tiempo que nos permite analizarlos antes, durante y después que surta efecto la declaración de ilegalidad e inconstitucionalidad de la Resolución de Consejo Directivo N° 031-2014-OEFACD que aprobó reglas jurídicas para la aplicación del artículo 17° de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental en el ámbito de la fiscalización ambiental minera, emitida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República. De la revisión comparativa de las principales resoluciones de 11 procedimientos desarrollados en el periodo de investigación seleccionado, se acredita que la Entidad inobserva lo planteado por el Poder Judicial al reemplazar la figura “grupo económico” por el de “actuación como productor único”, obviando el análisis previo y medular de la instancia judicial: el OEFA debe aplicar la competencia otorgada por el artículo 17° de la Ley N° 29325 respetando de forma irrestricta las competencias de los gobiernos regionales, entre ellas las vinculadas a fiscalizar el cumplimiento de las condiciones habilitantes de los estratos de pequeña minería y minería artesanal.Ítem Texto completo enlazado Aplicación del procedimiento de ejecución subsidiaria por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Angulo Santos, Ana Lucía Franca; Aldana Duran, Martha InesEn el marco del Derecho Administrativo, para enfrentar los casos en los que el administrado no cumpla con aquella obligación impuesta, la Administración Pública tiene la facultad de utilizar los medios de ejecución forzosa previstos en el TUO de la LPAG, tales como la ejecución coactiva, ejecución subsidiaria, multa coercitiva o la compulsión sobre las personas. La ejecución subsidiaria es una herramienta de ejecución forzosa de la Administración Pública como parte de su poder público que permite al Estado ejecutar por sí mismo, directa o indirectamente, el contenido del acto al que estaba obligado el administrado renuente a su cumplimiento, a su costa. Este método de ejecución forzosa generalmente se considera el más ponderado, debido a que no impone ninguna carga o costo adicional al administrado que no estuviera establecido en el acto administrativo primigenio. Se expone un esbozo de propuesta del procedimiento de ejecución subsidiaria a ser ejecutado en el ámbito de la fiscalización ambiental en el Perú, habiéndonos centrado en la definición de principios y garantías que deberán ser incorporados para propiciar la utilización de este mecanismo creado con la finalidad de alcanzar una mayor eficacia en los actos de la autoridad en materia de fiscalización ambiental.Ítem Texto completo enlazado Aportes para establecer un criterio favorable con relación a la aplicación de la retroactividad benigna en el Procedimiento Administrativo Sancionador en caso de modificación del Instrumento de Gestión Ambiental(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-07-13) Lara Soriano, Sheryl; Araujo Meloni, Jean PierreDe acuerdo al contenido de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – Ley N° 27446 y su modificatoria, los instrumentos de gestión ambiental preventivos tienen carácter prospectivo, esto posibilita que durante la ejecución de los proyectos de inversión estas herramientas ambientales puedan requerir modificaciones o ampliaciones que se tramitarán con posterioridad al inicio de las operaciones. Sin embargo, la modificación o actualización de estas herramientas ambientales no es una característica propia de los instrumentos de gestión ambiental preventivos sino también de los instrumentos de gestión ambiental correctivos, estos últimos son instrumentos de gestión ambiental complementarios al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Entonces, partiendo del carácter dinámico de los instrumentos de gestión ambiental de tipo preventivo y correctivo, este trabajo busca aportar con una propuesta de criterio interpretativo a la Autoridad Fiscalizadora que opte por la aplicación del principio de retroactividad benigna con relación a la modificación o ampliación de estos instrumentos. Para lograr el objetivo propuesto, se analizará distintos pronunciamientos emitidos por la Dirección de Fiscalización y Aplicación de Incentivos (en adelante, la “DFAI”) y el Tribunal de Fiscalización Ambiental (en adelante, el “TFA”) del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, “OEFA”) a efectos de analizar los dos criterios esbozados desde el año 2018. Finalmente, a partir del análisis de fuentes normativas, jurisprudenciales y la doctrina, propondremos la adopción de un criterio interpretativo que se muestre acorde a la viabilidad de aplicar la retroactividad benigna en la nueva herramienta de gestión ambiental.