Contrato de Obra, Concesión de Obra, Concesión de Servicio Público: ¿son técnicas intercambiables?

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Acceso al texto completo solo para la Comunidad PUCP

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En el presente artículo, el autor nos plantea la diferenciación entre tres figuras, muy próximas entre sí, pero con diferente planteamiento económico y régimen jurídico como lo son el contrato de obra, la concesión de obra y la concesión de servicio. Para ello describe la naturaleza y el desarrollo histórico de dichas figuras que responden a un mismo fin, el cual es proporcionar infraestructuras de uso general y servicio público, teniendo como centro de referencia de las tres figuras a la obra pública.

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