El contrato bilateral

dc.contributor.authorCastañeda, Jorge Eugenio
dc.date.accessioned2020-12-17T15:20:50Z
dc.date.issued1969-12-01
dc.description.abstractLos derechos humanos, las declaraciones que los consignan y las garantías que la Constitución señala son tres conceptos conexos. Por garantías debemos entender las seguridades o procedimientos tuitivos de la libertad establecidos por la Carta Política para dar efectividad a los derechos constitucionales. La palabra “garantías” puede ser tomada en dos acepciones, lata y estricta. En sentido estricto, son garantías constitucionales los medios de protección de los derechos humanos, consistentes en la posibilidad que tiene el titular de un derecho de poner en movimiento el órgano jurisdiccional para que tutele ese derecho si es conculcado o amenazado de vulneración. En sentido lato, la expresión garantías constitucionales, como sucede en el Perú, es empleada por la Carta Política para enunciar los derechos humanos; de esta manera, se quiere dar a entender que tales derechos no han sido conferidos por el Estado, puesto que son previos a toda organización política, sino simplemente asegurados en su goce, o sea garantizados, por el poder público, el cual se ha constituido precisamente con esa finalidad.es_ES
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.doihttps://doi.org/10.18800/derechopucp.196901.006
dc.identifier.urihttp://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/12825/13391
dc.language.isospa
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editoriales_ES
dc.publisher.countryPE
dc.relation.ispartofurn:issn:2305-2546
dc.relation.ispartofurn:issn:0251-3420
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0*
dc.sourceDerecho PUCP; Núm. 27 (1969)es_ES
dc.subjectDerechoes_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
dc.titleEl contrato bilaterales_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.type.otherArtículo

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