Ser y deber ser en los procesos constitucionales de la libertad

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Acceso al texto completo solo para la Comunidad PUCP

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En este trabajo se justifica los elementos que conforman la esencia o naturaleza jurídica del os procesos constitucionales de la libertad, para a partir de ellos concluir unas generales exigencias a las que se han de sujetar no solamente el legislador cuando decida regularlos, sino también —y principalmente— el Juez a la hora de aplicar los conceptos o categorías jurídicas referidos a tales procesos. De esta forma se asegura más y mejor que los procesos constitucionales de la libertad cumplan con la finalidad de asegurar la plena vigencia del contenido material de la Constitución. Una consecuencia es especialmente destacada: que las demandas constitucionales en defensa de los derechos fundamentales debieran proceder siempre que se encuentre suficientemente justificada la agresión al contenido esencial del derecho fundamental y que tal agresión sea manifiesta. Si se cumpliesen estos dos requi- sitos, no tendría que ser gravada la posición del agredido obligándole irremediablemente a acudir a la vía judicial ordinaria, ni mucho menos obligándole a demostrar que la vía judicial ordinaria no es una vía igualmente satisfactoria.

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Derecho, Procesos Constitucionales, Derechos Fundamentales, Contenido Esencial, Agresión Manifiesta, Vía Igualmente Satisfactoria, Vía Previa

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