Constitucion y poder tributario
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Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
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Una de las calidades inherentes al Estado es su capacidad para establecer tributos (poder tributario), cuyo pago constituye un deber de los contribuyentes. Sin embargo, este poder no puede ser ejercido en forma ilimitada, sin márgenes precisos de referencia, porque ello significaría dejar a los obligados a merced del Estado. Es por esta razón que la propia Carta Fundamental establece, como garantía para los administrados, ciertos principios que regulan dicho poder y que configuran un marco dentro del cual es posible exigir prestaciones tributarias.
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