El deber de gestión del riesgo de corrupción en la empresa emanado de la ley 20393 de Chile: especial referencia a las exigencias de identificación y evaluación de riesgo
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Fecha
2018-11-28
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Editor
Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
Resumen
This article analyzes the criteria to determine when a company has failed to meet it is duty to manage the risks of bribery that arise over the course of it is economic activity. Special emphasis has been placed on the establishment of requirements for identifying such risks with the purpose of being able to adopt measures to counteract them later. The article analyzes comparative experience, both in relation to the technical guidelines that come from compliance studies, as well as the studies of criminology of corporate crime. Those experiences are explored to identify a series of structural and cultural variables that would predict the commission of crimes and, therefore, require their identification by the company.
El presente artículo da cuenta de uno de los principales problemas asociados a la atribución de responsabilidad penal a personas jurídicas por la comisión de un delito de cohecho por parte de uno de sus integrantes, cual es el de otorgar criterios para determinar cuándo tal sujeto de imputación ha infringido su deber de gestionar los riesgos de soborno que genera en el marco del desarrollo de su actividad económica. Se ha puesto especial énfasis en la delimitación de tal deber y, específicamente, en la concreción de las exigencias de identificación de tales riesgos con el propósito de adoptar medidas para poder contrarrestarlos con posterioridad. El artículo analiza la experiencia comparada: tanto en lo relativo a las directrices técnicas que provienen de organismos dedicados al área del compliance, como con respecto al aporte de la criminología del delito corporativo. Esto tiene como objeto identificar una serie de variables, tanto estructurales como culturales, de las organizaciones que harían previsible la comisión de tal clase de delitos y, por ende, exigible su identificación por parte de la empresa.
El presente artículo da cuenta de uno de los principales problemas asociados a la atribución de responsabilidad penal a personas jurídicas por la comisión de un delito de cohecho por parte de uno de sus integrantes, cual es el de otorgar criterios para determinar cuándo tal sujeto de imputación ha infringido su deber de gestionar los riesgos de soborno que genera en el marco del desarrollo de su actividad económica. Se ha puesto especial énfasis en la delimitación de tal deber y, específicamente, en la concreción de las exigencias de identificación de tales riesgos con el propósito de adoptar medidas para poder contrarrestarlos con posterioridad. El artículo analiza la experiencia comparada: tanto en lo relativo a las directrices técnicas que provienen de organismos dedicados al área del compliance, como con respecto al aporte de la criminología del delito corporativo. Esto tiene como objeto identificar una serie de variables, tanto estructurales como culturales, de las organizaciones que harían previsible la comisión de tal clase de delitos y, por ende, exigible su identificación por parte de la empresa.
Descripción
Palabras clave
Responsabilidad penal de personas jurídicas, Cultura organizacional, Gestión de riesgos penales, Identificación y evaluación de riesgos factores de riesgo criminógenos
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